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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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02/10 | RECURSO DE CASACION- VIOLACION DE LA DOCTRINA LEGAL DE LA CORTE DE JUSTICIA.CONFIGURACION; PROCEDENCIA | Adhiriendo a los fundamentos y a la solución propiciada por el Sr. Ministro del primer voto, solo quisiera agregar que, habiendo sentado este Alto Tribunal en Autos Corte Nº 20/08 caratulados “Estado Provincial c/ Olivares Mediterráneos S.A. –s/ Ejecución Fiscal” doctrina legal sobre la cuestión que se ventila y siendo la violación de tal doctrina causal del Artículo 298 del C.P.C.C. habilitante . . . | ||
02/10 | EJECUCION FISCAL- DEFENSAS FUNDADAS EN LA INEXISTENCIA DE DEUDA EXIGIBLE-OBLIGACION DE LOS TRIBUNALES INFERIORES DE TRATAMIENTO Y RESOLUCION: LIMITES-CAUSA DE LA OBLIGACION-CARÁCTER MANIFIESTO DE LA DEFENSAS | Los tribunales inferiores se encuentran obligados a tratar y resolver adecuadamente, en los juicios de apremio, las defensas fundadas en la inexistencia de deudas, siempre y cuando ello no presuponga el examen de otras cuestiones cuya acreditación exceda el limitado ámbito de estos procesos. De ello se colige que, si bien no son válidas las sentencias que omiten absolutamente tratar la defensa . . . | ||
02/10 | ADMINISTRACION PUBLICA-VACACIONES: NATURALEZA- RECONOCIMIENTO DE LICENCIAS NO GOZADAS- RESOLUCION DENEGATORIA DE LA ADMINISTRACION: FUNDAMENTO-INCUMPLIMIENTO DEL ACTOR DEL TRAMITE LEGAL CORRESPONDIENTE-INEXISTENCIA DE ACTO ADMINISTRATIVO QUE SUSPENDA, DENIEGUE O CONCEDA LICENCIAS DEVENGADAS-ACCIONES DE PLENA JURISDICCION E ILEGITIMIDAD: IMPROCEDENCIA | El ordenamiento normativo especifico no sólo reconoce el derecho a gozar de las vacaciones anuales, sino que establece que su concesión y uso importa una obligación, con lo que se recepta la naturaleza de “derecho- deber” que caracteriza a las vacaciones. Del análisis de la Resolución impugnada, extraigo que el primer fundamento que esbozó la Administración para rechazar el reclamo que . . . | ||
02/10 | EMPLEO PUBLICO-CONVERSION EN DINERO DE LICENCIAS NO GOZADAS:REQUISITO-DESVINCULACIÓN TOTAL DEL AGENTE CON EL ESTADO PROVINCIAL- EXTINCION DE LA RELACION LABORAL POR FALLECIMIENTO DEL AGENTE-IMPOSIBILIDAD DE GOCE DE LICENCIAS ORDINARIAS ADEUDADAS- PAGO A LOS DERECHOHABIENTES COMO UNICO MEDIO SUSTITUTIVO-FUNDAMENTO-ENRIQUECIMIENTO ILICITO DE LA ADMINISTRACION-ACCIONES DE PLENA JURISDICCION E ILEGITIMIDAD:PROCEDENCIA-NULIDAD DE LA RESOLUCION MINISTERIAL DENEGATORIA-INTERESES-TASA DE INTERES | Si bien, tal como expresa la Administración, la conversión de licencias en dinero solamente es posible cuando se produce la desvinculación total del agente con el Estado Provincial y que con idéntico fundamento se ha reconocido el pago de licencias adeudadas a otros agentes beneficiarios, en autos, teniendo en cuenta que al momento del dictado de la presente resolución, se ha producido el fallecimiento . . . | ||
02/10 | EJECUCION FISCAL-DEFENSAS SUSTENTADAS EN LA INEXISTENCIA DE DEUDA EXIGIBLE- REQUISITOS PARA SU TRATAMIENTO; INCUMPLIMIENTO; EFECTOS-REPLANTEO DE LA CUESTION EN EL PROCESO ORDINARIO POSTERIOR-MAYOR DEBATE Y PRUEBA-RECURSO DE CASACION: RECHAZO DEL AGRAVIO | "Tratándose de juicios de ejecución fiscal corresponde hacer lugar a las defensas sustentadas en la inexistencia de la deuda con sujeción a que ellas resulten manifiestas, sin necesidad de adentrarse en mayores demostraciones" (CSJN, F 123 XXV, Fisco Nacional [DGI] c/ Establecimientos Recife SACIIFyA s/ Ejecución Fiscal, 4-5-95, Fallos: 317). En el caso, de las constancias agregadas en la causa, . . . | ||
02/10 | PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-ACCION DE PLENA JURISDICCION E ILEGITIMIDAD-EXCEPCION DE INCOMPETENCIA POR FALTA DE AGOTAMIENTO DE LA VIA ADMINISTRATIVA: IMPROCEDENCIA- MINISTRO DE EDUCACION COMO AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE ÚLTIMA INSTANCIA-ACTO DEFINITIVO | Los apoderados del Estado Provincial plantean excepción de incompetencia fundada en que la resolución reclamada no da acción contencioso administrativa, pues no emana de la máxima autoridad de la provincia, sino de un Ministro sin competencia para dirimir en última instancia lo solicitado por el agente, por lo que no se agotó la vía administrativa. Ahora bien, el agotamiento de la vía o . . . | ||
02/10 | EJECUCION FISCAL- MEDIDAS CAUTELARES-EFECTOS INTERRUPTIVOS DEL CURSO DE LA PRESCRIPCION-FUNDAMENTO-EQUIPARACION A LA DEMANDA-OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PRESCRIPTAS: DETERMINACION | Respecto del caso que nos ocupa, vale tener presente que, como obra en la causa una medida cautelar -embargo preventivo-, la misma debe tenerse en cuenta y ser considerada como acto judicial, equiparado a la “demanda”. En efecto, las medidas cautelares, como embargos, inhibiciones, que se promueven antes de la presentación de la demanda, son actos interruptivos de la prescripción porque . . . | ||
02/10 | LEGISLACION PROVINCIAL TRIBUTARIA-DOCTRINA DE CSJN-PRESCRIPCION LIBERATORIA-INTERRUPCION DEL CURSO DE LA PRESCRIPCION-INCONSTITUCIONALIDAD DEL CODIGO TRIBUTARIO: PROCEDENCIA; FUNDAMENTO-EFECTO NO INTERRUPTIVO DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS-APARTAMIENTO DEL CODIGO CIVIL | Conforme a lo dispuesto por la CSJN las normas provinciales que reglamentan la prescripción en forma contraria a lo dispuesto en el Código Civil, resultan inválidas, es que en ese orden, no presenta inconveniente el plazo quinquenal fijado por el Código Tributario al ser idéntico al dispuesto por la ley de fondo. En el caso, sin embargo, el problema se traslada al modo de interrupción . . . | ||
02/10 | ADMINISTRACION PUBLICA-FUNCIONARIO PUBLICO-VACACIONES NO GOZADAS- RECHAZO A LA SOLICITUD DE COMPENSACION DINERARIA POR PROHIBICION LEGAL-ARBITRARIEDAD-RECLAMO ANTERIOR A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY-INAPLICABILIDAD- | El rechazo del planteo formulado por el actor, con fundamento en la aplicación de la Ley 4983, que prohíbe la conversión en dinero de la licencia anual ordinaria no gozada, es una conclusión que resulta al menos arbitraria, atento a que el reclamo fue de fecha anterior a la entrada en vigencia de la citada ley -13/05/99-, constituyendo el derecho vacacional un derecho adquirido que se encuentra . . . | ||
02/10 | EJECUION FISCAL-EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD-PRECEDENTE DE LA CORTE DE JUSTICIA- TRATAMIENTO MEDIANTE RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA; LÍMITES | Cabe referirme en segundo término a la excepción de inconstitucionalidad en el marco de un proceso de ejecución fiscal en tanto el ofendido insiste con este planteo y se agravia por no haberse pronunciado la Alzada sobre el tema. Al respecto interesa señalar, que si bien es cierto que tanto la doctrina como la jurisprudencia, se hallan divididas en torno a la admisión de la excepción de inconstitucionalidad . . . |
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