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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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32/15 | QUERELLA POR INJURIAS Y CALUMNIAS-ABSOLUCIÓN DEL QUERELLADO-RECURSO DE CASACIÓN-CRÍTICA SOBRE CUESTIÓN PÚBLICA-ATIPICIDAD DE LA CONDUCTA-LIBERTAD DE EXPRESIÓN-CUESTIONES VINCULADAS CON EL INTERÉS PÚBLICO | La Cámara en lo Criminal, por unanimidad, absolvió a EAS de los delitos de Calumnias e injurias por los que venía incriminado (art. 109 y 110 del Código Penal). Y no hizo lugar a la acción civil impetrada por MD, con patrocinio letrado en contra EAS. Con costas (art. 536 y cctes. del CPP). Contra esta resolución, el querellante MD, funcionario público, con patrocinio letrado, interpone el . . . | ||
32/15 | QUERELLA POR INJURIAS Y CALUMNIAS-ABSOLUCIÓN DEL QUERELLADO-RECURSO DE CASACIÓN-COSTAS A LA VENCIDA-CRITERIO OBJETIVO DE LA DERROTA-INSUFICIENCIA DEL AGRAVIO-INEXISTENCIA DE MÉRITO PARA EXIMIR AL PERDEDOR | La Cámara en lo Criminal, por unanimidad, absolvió a EAS de los delitos de Calumnias e injurias por los que venía incriminado (art. 109 y 110 del Código Penal). Y no hizo lugar a la acción civil impetrada por MD, con patrocinio letrado en contra EAS. Con costas (art. 536 y cctes. del CPP). Contra esta resolución, el querellante MD, funcionario público, con patrocinio letrado, interpone el . . . | ||
241/15 | PRUEBA PERICIAL CONTABLE-OFRECIMIENTO PO LA ACTORA-OPOSICIÓN-RECHAZO-FUNDAMENTO | PRUEBA PERICIAL CONTABLE-OFRECIMIENTO PO LA ACTORA-OPOSICIÓN-RECHAZO-FUNDAMENTO | ||
Nº 50/20 | PRUEBA DOCUMENTAL OFRECIDA POR EL ACTOR EN OPORTUNIDAD DEL ART. 334 DEL CPCC POR TRATARSE DE HECHOS NO ALEGADOS EN LA DEMANDA | El actor apela el decreto dictado por el juez a quo que ordena devolver la documental ofrecida por él, por encontrarse precluido el momento procesal para ofrecerla, y no haber justificado su incorporación de acuerdo con el art. 335 del CPCC | ||
Nº 20/21 | Prueba de Informes. Caducidad automática | Prueba de Informes. Caducidad automática (art. 402 CPCC). Inapelabilidad en el caso de la “flexibilidad probatoria” prevista para cuestiones de familia por los arts. 709 y 710 del CCCN. | ||
04/10 | PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR-TITULAR REGISTRAL-ACCIDENTE DE TRANSITO-DAÑOS Y PERJUICIOS-OMISION DE DENUNCIA DE VENTA- EXIMICION DE RESPONSABILIDAD CIVIL:FORMA-PRUEBA FEHACIENTE DE LA DESPOSESION Y GUARDA DEL BIEN-APLICACIÓN DEL CONCEPTO AL CONCESIONARIO POR LA VENTA DE AUTOMOVIL 0KM:PROCEDENCIA;FUNDAMENTO | El recurrente-empresa concesionaria codemandada- invoca el vicio de arbitrariedad argumentando esencialmente que en la sentencia que lo condena no se tuvo en cuenta que, con anterioridad al accidente ocurrido el día 19/05/96, se había desprendido de la posesión del vehículo 0 km. como consecuencia del contrato de compraventa suscripto, hecho que es reconocido expresamente por todas las partes del . . . | ||
07/10 | PROHIBICION DEL ANATOCISMO-HIPOTESIS DE EXCEPCION-ANALISIS DE LA REALIDAD ECONOMICA-PRESERVACION DEL CREDITO DEL ACREEDOR-VALORACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS FACTICAS DE CADA CASO SOMETIDO A DECISION JUDICIAL: FUNDAMENTO- FALTA DE IMPUGNACION DIRECTA AL ARGUMENTO CENTRAL DEL FALLO: EFECTOS-IMPOSIBILIDAD DE REVISION MEDIANTE EL RECURSO DE CASACION- | Compartible o no, el examen circunstanciado de la realidad económica aplicada a la situación acontecida en autos que realiza la alzada, para así arribar a una solución que atienda a la capitalización de intereses como modo de integración de un capital desfasado por la inflación, la mora, o por el solo transcurso del tiempo, variable ésta en la que los Sres. Camaristas ponen énfasis -"deuda . . . | ||
18/16 | PROCESOS FALENCIALES- PRÓRROGA DEL PLAZO PARA DICTAR SENTENCIA DE VERIFICACIÓN- COMIENZO DEL PLAZO PARA EL PLANTEO DE REVISIÓN- RECURSO DE CASACIÓN- LEY DE QUIEBRAS- INEXISTENCIA DE VACÍO LEGAL- DOCTRINA DE LOS ACTOS PROPIOS- REQUSITOS- INCUMPLIMIENTO- FALTA DE AFECTACIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA- PROCEDENCIA DEL RECURSO. | - La pretensión de la concursada de que en el caso deban aplicarse las previsiones contenidas en los arts. 133 del C.P.C.C o el inc. 5° del art. 237 de la LCQ lo que supondría la ausencia de normas que prevean el caso, resulta inadmisible, pues la problemática de la presente causa se encuentra subsumida en forma clara, precisa e indubitada en el art. 37 de la LCQ, lo que significa que al juzgador . . . | ||
02/10 | PROCESOS EJECUTIVOS- RECURSOS EXTRAORDINARIOS: LA INADMISIBILIDAD COMO REGLA- EXCEPCION- MANIFIESTA INEXISTENCIA DE DEUDA EXIGIBLE- CONCEPTO ELABORADO POR LA CSJN: LIMITE- ANALISIS DE LA CAUSA DE LA OBLIGACION | La Corte Suprema de la Nación recurrió al concepto de "manifiesta inexistencia de la deuda exigible" para admitir excepcionalmente la procedencia de la vía extraordinaria. En ese orden abre una doble excepción: prescindir del requisito de sentencia definitiva y, pasado el filtro de la admisibilidad, al considerar la cuestión de fondo, tratar una excepción que, por norma procesal resultaría . . . | ||
08/10 | PROCESOS DE EJECUCION-RESOLUCIONES DICTADAS DURANTE EL TRAMITE-NATURALEZA NO DEFINITIVA COMO REGLA-INIMPUGNABILIDAD MEDIANTE RECURSO DE CASACION: EXCEPCION-EJECUCION FISCAL-ALEGACIÓN DE INEXISTENCIA DE DEUDA EXIGIBLE-JURISPRUDENCIA DE LA CSJN-TRATAMIENTO DE LOS AGRAVIOS | En primer término, corresponde me expida sobre la procedencia del recurso impetrado, a fin de determinar su admisibilidad, ya que tratándose el presente de un juicio ejecutivo, la resolución dictada en el mismo, en principio, no es susceptible de ser revisada por medio del recurso de casación, por no ser definitiva, toda vez que el recurrente cuenta con la vía ordinaria posterior. Por lo expresado, . . . |
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