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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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02/18 | Acción de lesividad- Solicitud de declaración de nulidad de un acto administrativo- Rechazo- Reconvención- Pretensión de reparación integral un derecho subjetivo vulnerado por el acto administrativo- Carácter declarativo y constitutivo de la resolución- Solicitud de regulación de honorarios- Carencia de contenido económico- Aplicación del art. 6° de la Ley 3956- | Si bien el sub iudice se tramitó conforme a las normas del contencioso administrativo de plena jurisdicción, que no obstante tratarse de un proceso de conocimiento ordinario no necesariamente debe tener base económica, por diferir sustancialmente en sus efectos con la pretensión anulatoria ejercida ya sea por la administración o por el administrado, la decisión en ese proceso de conocimiento . . . | ||
19/17 | Acción de Lesividad- Solicitud de Declaración Judicial de Nulidad de Disposiciones de la Administración- Encuadramiento de la acción: Art. 32 de Ley 3559- Incumplimiento del Debido Proceso- Vulneración del Derecho de Defensa y de las Garantías reconocidos en la C.N. y Tratados Internacionales- Precedentes Jurisprudenciales- Rechazo de la Acción. | Del voto del Dr. Figueroa Vicario. La acción de lesividad que promueve el Estado Provincial a los fines de obtener la declaración judicial de nulidad de las disposiciones internas D.P.P. y E.R. Nº 033/01; Nº 035/01; Nº 49/01 y Nº 48/01, por las que se realizaron transferencias de parcelas sin previa autorización de la autoridad de aplicación -de la Ley Nº 4086 y su modificación Ley Nº . . . | ||
157/19 | ACCIÓN DE LESIVIDAD. CADUCIDAD DE INSTANCIA. LITIS CONSORCIO PASIVO. IMPROCEDENCIA DE LA CADUCIDAD | Hechos: La codemandada Sra. Johana Noemí Ovejero plantea caducidad de instancia en los presentes autos. Señala que el cómputo del plazo rige desde la resolución que ordena el traslado de la demanda el 17/11/2016 y que a la fecha del presente planteo se ha cumplido en exceso el plazo fijado por el art. 310 inc. 1 del CPCC, sin que la actora instara la causa, por lo que solicita se haga lugar . . . | ||
194/16 | ACCIÓN DE LESIVIDAD. MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CORTE PRIMA FACIE- AUSENCIA DE REGULACIÓN ESPECÍFICA DE LA ACCIÓN INTERPUESTA- APLICACIÓN DE LAS NORMAS DEL CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A LA CUESTIÓN PLANTEADA CORRESPONDIENTES A LA ACCIÓN DE PLENA JURISDICCIÓN (ART. 39 C.P.)- | Corresponde declarar prima facie la jurisdicción y competencia del Tribunal para entender en los presentes autos, pues la materia sobre la que versa la acción interpuesta tiene un corte esencialmente administrativo, ya que persigue la anulación de actos dictados por la propia Administración, instituto legislado por el Art.32 de la Ley 3559 “Código de Procedimientos Administrativos”, . . . | ||
18/15 | Acción de Nulidad c/ SI 120/09 por Cosa Juzgada Írrita-Competencia de la Corte de Justicia-Remisión a Secretaría Contencioso Administrativa. | Acción de Nulidad c/ SI 120/09 por Cosa Juzgada Írrita-Competencia de la Corte de Justicia-Remisión a Secretaría Contencioso Administrativa. | ||
26/15 | ACCIÓN DE NULIDAD Y PLENA JURIDICCIÓN - CONSOLIDACIÓN DE DEUDAS DEL ESTADO PROVINCIAL - EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA | 1) ACCIÓN DE NULIDAD Y PLENA JURIDICCIÓN-ESTADO PROVINCIAL-EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA-RECHAZO-FUNDAMENTO-SUJETO DEMANDADO-AUTOR Y EMISOR DEL ACTO LESIVO. 2) CONSOLIDACIÓN DE DEUDAS DEL ESTADO PROVINCIAL-CESIONARIO-SOLICITUD DE ENTREGA DE BONOS DE CONSOLIDACIÓN-RECHAZO POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS-RECURSO DE RECONSIDERACIÓN-RECHAZO-DECLARACIÓN DE CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO . . . | ||
27/15 | ACCIÓN DE NULIDAD Y PLENA JURIDICCIÓN - CONSOLIDACIÓN DE DEUDAS DEL ESTADO PROVINCIAL - EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA | EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA | ||
48/15 | ACCIÓN DE PLENA JURISDICCIÓN - EMPLEO PÚBLICO - JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA - PRECEDENTE DE LA CSJN | 1- ACCIÓN DE PLENA JURISDICCIÓN-CONFIRMACIÓN DE ADMISIBILIDAD FORMAL-IMPUGNACIÓN-REVOCACIÓN DEL PASE A PLANTA PERMANENTE DE LA ACTORA-EMPLEO PÚBLICO-DERECHO A LA ESTABILIDAD-ESTATUTO PARA EL PERSONAL CIVIL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL-CARÁCTER PROVISIONAL DE LA DESIGNACIÓN-INEXISTENCIA DE DERECHO ADQUIRIDO-FACULTAD REVOCATORIA DE LA ADMINISTRACIÓN DURANTE EL PERÌODO DE PRUEBA-Dr. . . . | ||
03/18 | Acción de Plena Jurisdicción e Ilegitimidad o Anulación- Solicitud de nulidad de Resolución de la Corte de Justicia- Facultades disciplinarias- Inasistencias injustificadas- Sanción de Cesantía- Control de legalidad del acto administrativo- Impertinencia de la Prueba Pericial- Obligaciones del empleado- Incumplimiento- Ausencia de Justificación- Rechazo de la demanda. | Del voto del Dr. Cippitelli.(adhesión del Dr. Cáceres). El ejercicio del poder disciplinario constituye una potestad propia del Poder Administrativo, derivada de la especial sujeción a que se encuentran sometidos los empleados públicos en razón de la naturaleza jurídica del contrato de empleo público, y la razonable ejercitación de las facultades de orden interno, disciplinario o administrativo . . . | ||
03/18 | Acción de Plena Jurisdicción e Ilegitimidad o Anulación- Solicitud de nulidad de Resolución de la Corte de Justicia- Facultades disciplinarias- Inasistencias injustificadas- Sanción de Cesantía- Control de legalidad del acto administrativo- Impertinencia de la Prueba Pericial- Obligaciones del empleado- Incumplimiento- Ausencia de Justificación- Rechazo de la demanda. | Del voto del Dr. Figueroa Vicario. Este Tribunal, haciendo una interpretación literal del certificado médico expedido por la psicóloga tratante no encuentra una justificación para enervar los efectos de los incumplimientos de los deberes de atribuidos al recurrente, esto es la no prestación del servicio en tiempo y forma o no haber presentado el pedido de justificación médica, debiendo destacarse . . . |
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