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Nro SentVocesTextoMateria 
59/22 3- Sin duda la pretensión aquí sustanciada discurre por estas particularidades e impone una interpretación restrictiva, pues sólo cabe pronunciarse por la anulación de las actuaciones procesales cuando exista un derecho o interés legítimo lesionado, de modo que cause un perjuicio irreparable (pass de nullitésansgrief). En este supuesto, al promoverse el incidente no se expresó concretamente . . . Ver
Nº 49/21 4. Incluso advertimos un agravamiento en el contexto, que impone juzgar con perspectiva de género. Sin duda alguna, la progenitora acude a la justicia frente a la necesidad de proveerle a su hija –y a ella misma- un ambiente adecuado y digno pues, a la interposición de la acción de amparo, le precedió su inminente situación de calle. Este prisma de género, impone al sistema judicial intervenir . . . Ver
19/21 4.- Las máximas de la experiencia enseñan que la actitud proactiva es propia de los cargos de jerarquía y es precisamente lo que observo, faltó en este caso, pues no era dable esperar a recibir órdenes como invoca la actora, para corregir los errores que ella misma cometió y cuya única pericia consistía en salvarlos al momento de suscribir la documentación. Su alegación de que el cargo . . . Ver
Nº 8/21Acción autonoma de nulidad Acción autónoma de nulidad-Declaración de nulidad de Escritura Pública-Congruencia del fallo con la traba de la litis-Límites impuestos por el objeto de la demanda-  Ver
59/17ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- RECUSACIÓN CON CAUSA DE UN SECRETARIO DE CORTE- AUSENCIA DE CONFIGURACIÓN DE LAS CAUSALES PREVISTAS EN EL ART. 17 DEL C.P.C.C.- INADMISIBILIDAD- RECHAZO DE LA RECUSACIÓN Al no encontrarse previsto en el Código de Procedimiento el instituto de la recusación para apartar a un secretario de la Corte de Justicia de la actuación que le cabe, la recusación planteada por la demandada resulta inadmisible, pues las razones que se esgrimen en el escrito recusatorio, nada tienen que ver con los supuestos contemplados en los distintos incisos del Art.17, ni poseen aptitud . . . Ver
67/17ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- REQUISITOS- CUMPLIMIENTO- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA- ADMISIBILIDAD FORMAL. Corresponde declarar prima facie la jurisdicción y competencia del Tribunal para entender en autos., pues las acciones administrativas interpuestas por la parte demandada, en contra de la Municipalidad de Santa Maria, por las cuales persigue se declare la nulidad del Decreto que ordena el descuento de haberes de los agentes que adhirieron a la medida de fuerza a partir del 14/Nov/16, pues del . . . Ver
16/17 DEL VOTO DE LA DRA. MOLINA AL QUE ADHIERE LA DRA. SESTO DE LEIVA. ACCIÓN DE AMPARO- ACTO ADMINISTRATIVO- SOLICITUD DE NULIDAD PARCIAL- CARENCIA DE PERSONERÍA- INCUMPLIMIENTO DE LA LEY N° 23551- OMISIÓN DE ACREDITACIÓN DE AUTIZACIÓN POR ESCRITO DE LOS SUPUESTOS REPRESENTADOS- POSIBLE AFECTACIÓN DE DERECHOS DE TERCEROS- DESESTIMACIÓN DE LA ACCIÓN. Corresponde desestimar la acción de amparo interpuesta, pues examinados los antecedentes de la causa, resulta que la Sra. Rita Mónica Agüero Berrondo, no presentó la documentación que acredite el carácter de representante de UDA, por lo que efectivamente carece de personería para promover la presente acción en nombre de esa entidad sindical. Además no menciona el nombre de las personas . . . Ver
32/17MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS- SENTENCIA CONDENATORIA- RECURSO DE CASACIÓN-INOBSERVANCIA O ERRÓNEA APLICACIÓN DE LA SANA CRÍTICA-ADECUADA VALORACIÓN DE LA PRUEBA-RECHAZO DEL AGRAVIO. Corresponde desestimar la crítica efectuada por el recurrente respecto a la inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica en la valoración de la prueba, porque de la reseña efectuada en la sentencia no surge que se le haya atribuido al acusado irregularidades de gestiones anteriores, ya que ha quedado probado que el hecho por el que fue condenado está referido a las . . . Ver
10/17DEL VOTO DE LA DRA. MOLINA. ACCIÓN DE AMPARO- DECRETO DEL EJECUTIVO MUNICIPAL AFECTACIÓN DEL DERECHO A TRABAJAR- ARBITRARIEDAD DE LA BAJA DE LOS TRABAJADORES- ACTO INEXISTENTE- VIGENCIA DE LA ORDENANZA DEL CONCEJO DELIBERANTE- PROCEDENCIA DEL AMPARO. Corresponde hacer lugar al amparo interpuesto, toda vez que examinados los antecedentes de la causa concluyo de igual manera que el Ministro que inaugura el Acuerdo, que concurren en la especie los presupuestos exigidos por la Ley Nº 4642 para la procedencia de la Acción, pues El Decreto cuestionado, Nº 172/2016, por los defectos que contiene y la finalidad que persigue, afecta de un modo evidente . . . Ver
22/17DEL VOTO DEL DR. CÁCERES AL QUE ADHIEREN LOS DRES. CIPPITELLI-SESTO DE LEIVA- MOLINA Y FIGUEROA VICARIO. Sumarios. RECURSO DE CASACIÓN- HOMICIDIO CULPOSO- SENTENCIA CONDENATORIA- FALTA DE ACREDITACIÓN SUFICIENTE DE LOS AGRAVIOS- CORRECTA PONDERACIÓN DEL TRIBUNAL DE LA PRUEBA- RESOLUCIÓN DEBIDAMENTE FUNDADA- ACREDITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL IMPUTADO- RECHAZO DEL RECURSO Corresponde no hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el asistente técnico del imputado, en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado Correccional de Primera Nominación, en la resolvió declararlo culpable como autor penalmente responsable del delito de Homicidio culposo (arts. 165 y 45 del CP), condenándolo a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso, más cinco . . . Ver