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Nro SentVocesTextoMateria 
4/17RECURSO DE QUEJA- QUERELLANTE PARTICULAR- RECURSO DE CASACIÓN CONTRA AUTO QUE DISPONE ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES- IMPUGNACIÓN DEL AUTO DENEGATORIO RECURSO DE CASACIÓN – APLICACIÓN DEL ART. 457 DEL C.P.P.- PROCEDENCIA DE LA QUEJA. Toda vez que de las actuaciones surge el carácter de querellante particular en la causa del presentante de esta queja, resulta claramente de aplicación al caso la norma legal invocada por éste: el art. 457 del CPP; precepto que lo autoriza a interponer el recurso de casación contra la resolución que dispone el archivo de las actuaciones, importando lo así resuelto clausurar definitivamente . . . Ver
35/16PLANTEO DE RECUSACIÓN- APARTAMIENTO DEL JUEZ- ENVÍO DE LA CAUSA AL JUEZ SUBROGANTE- RECHAZO- INTERVENCIÓN Y PRONUNCIAMIENTO DE LA CÁMARA DE APELACIONES EN LO PENAL- IMPROCEDENCIA- COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA PARA RESOLVER LA CUESTIÓN. Tratándose en las presentes de un claro planteo de recusación, y atento que la competencia originaria de esta Corte debe ser interpretada restrictivamente en los casos que expresamente resultan del texto constitucional, y no es susceptible de ser restringida ni modificada por las partes, ni por norma o por Juez o Tribunal alguno, resultaba improcedente la intervención dada a la Cámara de Apelaciones . . . Ver
03/183) RECURSO DE CASACIÓN: REQUISITO FORMAL: ART. 288 CPCC: SENTENCIA DEFINITIVA O EQUIPARABLE A TAL: NO CONFIGURACIÓN. ART. 360 CPCC: DESISTIMIENTO DEL PROCESO NO DEL DERECHO - La sentencia que se recurre por este remedio extraordinario no exhibe el carácter de definitiva como recaudo – art. 288 del C.P.C.- para habilitar esta vía ya que no recae sobre el asunto principal objeto del litigio y al ser incidental, no concluye la litis principal haciendo imposible su prosecución sin alternativa posterior (Del voto del Dr. Figueroa Vicario). - Los planteos en contra . . . Ver
19/22TRATO DIGNO - SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL - GÉNERO 1- La demandada cuestiona esencialmente la gravedad de la injuria. Señala una conducta laboral contradictoria en relación a la falta de baños, en tanto transcurrieron nueve años del vínculo laboral en idénticas condiciones y sin quejas por parte de la trabajadora. Invoca a su favor la existencia de pruebas cuya valoración fue omitida por la magistrada de origen, como la habilitación municipal . . . Ver
Nº 49/21AMPARO – INTERVENCIÓN DE ASESORA DE MENORES –PERSPECTIVA DE GÉNERO 1. En el caso, madre e hijaen forma arbitraria fueron desalojadas de la vivienda que habitaban por el progenitor. La instancia de origen, inicialmente declara la admisibilidad formal del amparo, dicta medidas provisionales para la restitución del hogar. En el devenir procesal la restitución al hogar no se efectiviza, no interviene Asesoría de Menores y luego se dicta sentencia definitiva rechazando . . . Ver
56/22 2- La inactividad del recurrente puede apreciarse claramente a partir del proveído por el cual se ordena notificar la radicación de la causa en esta Alzada a las partes, personalmente o por cédula, sin que tal diligencia fuera cumplida transcurriendo el término previsto en el art. 310, inc.2 del código de rito, omisión ésta, que hace viable el pedido de caducidad efectuado en relación al . . . Ver
16/21 2- La finalidad de todo proceso laboral (mediante las consecuentes indemnizaciones) reside en la obtención de una reparación económica justa para el trabajador frente a aquellos derechos que han sido vulnerados. Por lo tanto, ese fin no se vería cumplido si al momento de dictar la sentencia de condena al empleador su cumplimiento se tornara ilusorio porque la parte demandada fuere insolvente . . . Ver
13/21 2.- En el segundo reparo de la actora objeta que se admita la indemnización del artículo 2 de la ley 25323 sólo en un 25%, cuando a la postre existió un despido, intimación de pago y el trabajador se vio obligado a demandar para que se le reconozcan sus derechos. Al respecto vale reparar que siendo que la juez de primera instancia tiene facultades para efectuar la reducción porcentual e incluso . . . Ver
02/22 2.- Se desestima eficacia probatoria de las fotografías acompañadas, por falta de identificación de qué lugar muestran y falta de reconocimiento de las mismas por los testigos.  Ver
19/22 3- Se trata aquí -también- de una trabajadora que por su condición de género exhibe además una vulnerabilidad tal, que el propio legislador dedicó un capítulo de la Ley de Contrato de Trabajo a contemplarla.Desde este prisma, exponerla a un reclamo persistente por la falta de sanitarios y sancionarla por afrontar condiciones vergonzantes para sortear tal carencia, indudablemente se contrapone . . . Ver