Buscar Sumarios

Opcionalmente, puede ingresar un operador de comparación (<, <=, >, >=, <> or =) al comienzo de cada uno de los valores de búsqueda para especificar cómo debería ser hecha la comparación.

Viendo 2681-2690 de 2708 resultados.
Nro SentVocesTextoMateria 
Nº 2/21SUSPENSIÓN INDEFINIDA DE HABERES Y FUNCIONES POR TRAMITACIÓN DE SUMARIO Corresponde el rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el Estado con fundamento en carecer la Dirección de Inspección Laboral de personalidad jurídica para estar en juicio, pues, en la acción de amparo se requiere informe circunstanciado a la “autoridad” de la que emanó el acto o hecho impugnado, quien posee legitimidad pasiva para ser demandada en este tipo . . . Ver
08/10TELECOMUNICACIONES- SERVICIO FEDERAL - JURISDICCION NACIONAL- DOCTRINA DE LA CSJN-LEY REGULATORIA-EXCENCION IMPOSITIVA SOBRE LA UTILIZACION DEL ESPACIO PUBLICO-ESPÍRITU DE LA LEY-CONSTITUCION NACIONAL-PRINCIPIO DE SUPREMACÍA LEGALCabe señalar en esta instancia, que el servicio de las telecomunicaciones es federal. De acuerdo con la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, las comunicaciones interestatales están sujetas a la jurisdicción nacional, pues ellas constituyen el ejercicio del comercio, forman parte del sistema de correos y tienden a promover la prosperidad, adelanto y bienestar general . . . Ver
08/10TELECOMUNICACIONES-ORDENANZAS MUNICIPALES QUE GRAVAN EL USO DEL ESPACIO DE DOMINIO PUBLICO-CONFRONTACION DE NORMAS-AUTONOMIA MUNICIPAL: LÍMITES - CONSTITUCION NACIONAL-PRINCIPIO DE SUPREMACÍA LEGALLo planteado en autos es una clara confrontación entre una norma local, como lo es la ordenanza municipal que grava la ocupación o utilización del espacio de dominio público (construcción de una base e instalación de una antena, según lo expresado en la demanda que acompaña al título ejecutivo), frente a la norma nacional-Ley 19.798- que rige las telecomunicaciones, cuyo artículo 39 invoca . . . Ver
32/15TEMAS-PROTOCOLO CASACIÓN.TEMAS-PROTOCOLO CASACIÓN.  Ver
47/20Tentativa de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado- Absolución- Recurso de casación interpuesto por Fiscal de Cámara y Querellante Particular- Se hace lugar- Remisión de la causa- Determinación de la pena- Recurso de casación- Inaplicabilidad de los precedentes judiciales expuestos por la defensa- Mero disenso con lo resuelto- Concurso real de delitos- Adecuada determinación de la pena- Fundamentos de la sentencia justificatorios de la sanción penal – Endeblez de los argumentos recursivos- Insuficiencia de los agravios- Rechazo del recurso. Lo dispuesto por esta Corte en S. N° 18/2015, “Rodríguez” que trae a colación el recurrente no es aplicable al caso sub-examine, como aquel parece pretender, pues en dicha causa el tribunal de casación ordenó realizar un nuevo juicio por considerar que la validez de la sentencia impugnada se encontraba irremediablemente afectada en función de que fue construida sobre la base de un testimonio . . . Ver
47/20Tentativa de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado- Absolución- Recurso de casación interpuesto por Fiscal de Cámara y Querellante Particular- Se hace lugar- Remisión de la causa- Determinación de la pena- Recurso de casación- Individualización de la pena- Escala penal aplicable- Circunstancias agravantes y atenuantes Adecuada ponderación del tribunal Proporcionalidad de la pena impuesta- Inexistencia de arbitrariedad- Corrección de la sanción penal aplicada.Los agravios expresados en el recurso presentado por el defensor del condenado referidos a cuestionar la individualización de la pena discernida por el tribunal de sentencia por efecto del reenvío de la causa, es lo único revisable en ésta instancia; en tanto los restantes, relacionados con la fundamentación probatoria de la sentencia, la existencia de los hechos y la participación del acusado . . . Ver
Nº 48/20TÍTULO EJECUTIVO 1- La finalidad del juicio ejecutivo no consiste en lograr un pronunciamiento judicial que declare la existencia o inexistencia de un derecho sustancial incierto sino obtener la satisfacción de un crédito que la ley presume existente en virtud de la peculiar modalidad que reviste el documento que lo comprueba.  Ver
3/11TRABAJO AGRARIO-LEY NACIONAL DE EMPLEO: INAPLICABILIDAD-ARBITRARIEDAD NORMATIVA: CONFIGURACION-ERROR IN IUDICANDO-FALTA DE CUESTIONAMIENTO A LA APLICACIÓN DE LA LEY DE EMPLEO: EFECTOS-LEY VIGENTE-EXCLUSION DE LOS TRABAJADORES AGRARIOS-RECURSO DE CASACION POR ERRONEA APLICACIÓN DE LA LEY Y LA DOCTRINA LEGAL: PROCEDENCIA PARCIAL; EFECTOS-RECHAZO DE LA INDEMNIZACION ESTIMADA PROCEDENTE POR EL AD QUEM-TRATAMIENTO DE LA INTIMACION PREVISTA EN LA LEY ERRONEAMENTE APLICADA-CUESTION INOFICIOSA Es del caso apuntar que el Tribunal de Alzada determinó que el actor cumplía tareas rurales, que su actividad se encontraba regulada por el Régimen Nacional de Trabajo Agrario y que el despido indirecto invocado por aquél no se había configurado, razón por la cual resolvió rechazar las indemnizaciones previstas en el art. 76 incs. a) y b) de la Ley 22.248, haciendo lugar solamente a la indemnización . . . Ver
20/18TRAMITE DEL RECURSO DE APELACION. PROVIDENCIA DE RADICACION DE LOS AUTOS EN CAMARA Y DE AUTOS A DISPOSICION DE LAS PARTES PARA EXPRESION DE AGRAVIOS NOTIFICACION. FORMA DE LA NOTIFICACION. RETIRO DEL EXPEDIENTE. EFECTOS. RECURSO DE CASACIONEl actor interpone recurso de Casación contra de la Sentencia Interlocutoria Nº 132, de fecha ocho de Noviembre de 2.016, dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Minas y del Trabajo de 1ra. Nominación, que rechaza el recurso de reposición interpuesto por el actor, en contra del proveído del mismo tribunal de fs. 473, que dispone tener por extemporánea su presentación . . . Ver
19/22TRATO DIGNO - SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL - GÉNERO 1- La demandada cuestiona esencialmente la gravedad de la injuria. Señala una conducta laboral contradictoria en relación a la falta de baños, en tanto transcurrieron nueve años del vínculo laboral en idénticas condiciones y sin quejas por parte de la trabajadora. Invoca a su favor la existencia de pruebas cuya valoración fue omitida por la magistrada de origen, como la habilitación municipal . . . Ver