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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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04/19 | Accidente de tránsito. Demanda civil en juicio penal- Tercero citado en garantía - Sentencia condenatoria- Recurso de casación.- Culpa de la damnificada- Uso del cinturón de seguridad- Carga de la Prueba- Desestimación del agravio. | Resulta insuficiente para excusar al acusado el hecho de que la damnificada no llevara colocado el cinturón de seguridad al momento del suceso porque si bien de autos surge la relevancia de esa irregularidad en su producción, lo cierto es que esa circunstancia no alcanza para excusar totalmente al imputado, cuya intervención y responsabilidad en el hecho desencadenante del daño no está en . . . | ||
04/19 | Accidente de tránsito. Demanda civil en juicio penal- Tercero citado en garantíaSentencia condenatoria- Recurso de casación.-Culpa de la víctima- Uso del cascoCarga de la Prueba- Incumplimiento- Desestimación del agravio | El agravio de la recurrente fundado en que el Tribunal no consideró que al producirse el hecho, la víctima no tenía colocado el casco contribuyendo con ello a producir el daño, no puede receptarse pues tratándose de un supuesto de responsabilidad objetiva (art. 1113 del CC), la culpa de la víctima debe ser probada por quien la alega, y la recurrente no satisfizo dicha carga, desde que no . . . | ||
3/19 | Accidente de tránsito. Sentencia condenatoria. Homicidio y lesiones culposas agravadas- Concurso ideal- Teoría de los actos propios- Inexistencia de perjuicio concreto- Irrelevancia del agravio- Prescripción de la acción penal- Aplicación analógica de la ley penal- Concurso Ideal-Cuantificación de la pena- Agravantes- Inexistencia de arbitrariedad- Inexistencia de absurdo.-Indemnizaciones | ). Corresponde desestimar la pretensión del recurrente de que se declare la nulidad de la sentencia condenatoria por que el Tribunal no supo explicar el instituto del concurso ideal, pues además de que no se advierte cuál es el perjuicio concreto que la resolución impugnada le ocasiona, las circunstancias invocadas no se encuentran acreditadas en la causa y resultan contrarias a presentaciones . . . | ||
03/19 | Accidente de tránsito. Sentencia condenatoria. Homicidio y lesiones culposas agravadas- Concurso ideal- Teoría de los actos propios- Inexistencia de perjuicio concreto- Irrelevancia del agravio. | Hechos El Juzgado Correccional de Primera Nominación declaró a E.A.K., como autor penalmente responsable de homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de vehículo automotor, todo ello en concurso ideal condenándolo a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, con más inhabilitación para conducir. Contra la sentencia . . . | ||
03/19 | Accidente de tránsito. Sentencia condenatoria. Homicidio y lesiones culposas agravadas- Cuantificación de la pena- Agravantes- Inexistencia de arbitrariedad- Inexistencia de absurdo | Toda vez que la pena impuesta al imputado fue individualizada dentro de los márgenes de la escala punitiva aplicable y se han tomado en cuenta las circunstancias atenuantes para fijarla, no se configura la arbitrariedad alegada por el recurrente y su agravio trasluce una mera discrepancia con el monto de la pena, lo que no habilita la excepcional competencia para controlar el ejercicio de una facultad . . . | ||
03/19 | Accidente de tránsito. Sentencia condenatoria. Homicidio y lesiones culposas agravadas- Indemnizaciones- | 1- Indemnización por daño material de la motocicleta Resulta excesivo el monto de la indemnización fijada por los daños en la motocicleta de la víctima, pues su determinación no se funda en ningún dato objetivo, y por tratarse de un vehículo usado, sin perjuicio de las mejoras que se le hicieron, lo cierto es que la cantidad ordenada por su destrucción dista del precio que tiene en el mercado. . . . | ||
03/19 | Accidente de tránsito. Sentencia condenatoria. Homicidio y lesiones culposas agravadas- Prescripción de la acción penal- Aplicación analógica de la ley penal- Concurso Ideal. | El planteo del recurrente en orden a que el a-quo interpretó erróneamente la norma del art. 67- último párrafo- del C.P. no puede prosperar toda vez que la regulación de la extinción por prescripción de la acción penal exige considerar la pena del delito atribuido y en el supuesto de penas divisibles de prisión de más de tres años de máximo, es el monto temporal de su máximo el que determina . . . | ||
7/15 | ACCIDENTE IN ITÍNERE-CONDENA POR DAÑOS Y PERJUICIOS-EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN-RECHAZO-AGRAVIO SOBRE EL INICIO DEL CÓMPUTO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN-MOTIVACIÓN DEL FALLO -CONOCIMIENTO DEL ACTOR DE LAS CONSECUENCIAS DAÑOSAS DEL ACCIDENTE-CUESTIÓN DE HECHO Y PRUEBA-FACULTAD PRIVATIVA DE LOS JUECES DE GRADO-INEXISTENCIA DE ARBITRARIEDAD-RECURSO DE CASACIÓN:RECHAZO-CONFIRMACIÓN DEL FALLO RECURRIDO. | A) ACCIDENTE IN ITÍNERE-CONDENA POR DAÑOS Y PERJUICIOS-EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN-RECHAZO-AGRAVIO SOBRE EL INICIO DEL CÓMPUTO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN-MOTIVACIÓN DEL FALLO -CONOCIMIENTO DEL ACTOR DE LAS CONSECUENCIAS DAÑOSAS DEL ACCIDENTE-CUESTIÓN DE HECHO Y PRUEBA-FACULTAD PRIVATIVA DE LOS JUECES DE GRADO-INEXISTENCIA DE ARBITRARIEDAD-RECURSO DE CASACIÓN:RECHAZO-CONFIRMACIÓN DEL FALLO RECURRIDO. . . . | ||
98/19 | ACCION DE AMPARO. COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA. PROCEDENCIA FORMAL DE LA ACCION. | Hechos: Edgardo Hernando, incoa acción de amparo en contra de la Administración General de Asuntos Previsionales. Persigue se ordene el cese en la ilegitima liquidación de la asignación complementaria. Manifiesta que, ANSES le otorgo el beneficio jubilatorio según Ley 24241. Luego en los términos de la Ley Provincial Nº 5192 que crea el Régimen de Asignación Mensual, Personal y Complementaria . . . | ||
129/19 | ACCION DE AMPARO. RECURSO DE REPOSICIÓN. RESOLUCIONES SUSCEPTIBLES DE RECURSO. DOCTRINAL LEGAL DE LA CORTE. RECHAZO DEL RECURSO. | Hechos: La parte actora, incoa recurso de reposición en contra de la Sentencia Interlocutoria Nº 60/19, que resuelve declarar formalmente inadmisible la acción de amparo interpuesta, con costas.- Sumario: Resultando de absoluta pertinencia la aplicación de la doctrina de ésta Corte de Justicia en orden a que: “las resoluciones dictadas por este Tribunal no son susceptibles de recurso . . . |
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