Buscar Sumarios
Opcionalmente, puede ingresar un operador de comparación (<, <=, >, >=, <> or =) al comienzo de cada uno de los valores de búsqueda para especificar cómo debería ser hecha la comparación.
Viendo 2521-2530 de 2708 resultados.
Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
---|---|---|---|---|
05/14 | EMPLEO PUBLICO A TITULO PRECARIO-DOCENTE-CESE DE LA SUPLENCIA-IMPUGNACION MEDIANTE ACCION DE AMPARO ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE-FALTA DE MOTIVACIÓN SUFICIENTE DE LA RESOLUCION MINISTERIAL REVOCATORIA-FACULTADES DISCRECIONALES: LIMITES-ESTATUTO DOCENTE-COBERTURA DE CARGOS SUPLENTES E INTERINOS: FORMA | Como principio general y, fundamentalmente, los docentes con nombramientos precarios, tienen un trato especial que surge del propio Estatuto Docente. Analizando el caso concreto y en el ámbito de la educación, esa discrecionalidad prácticamente se abroga, teniendo en cuenta el sistema que establecen los estatutos de casi todas las provincias, y de Catamarca por cierto, en tanto las suplencias . . . | ||
05/14 | EMPLEO PÚBLICO A TITULO PRECARIO-CARGOS SUPLENTES E INTERINOS: DETERMINACIÓN-NOMBRAMIENTO Y CESE DE FUNCIONES: CONDICIONES | El funcionario o empleado “suplente” -o interino- no tiene “estabilidad”. Su designación es temporaria: mientras no se designe “titular” o mientras dure la ausencia del titular del cargo. (CIANFLONE, Antonio, “La suplenza nelle funzioni amministrative”, Pág. 22, 26-27 y 59, citado por MARHIENHOFF, “Tratado de Derecho Administrativo”, T. III-B, Pág. 309). Ahora bien, cabe preguntarse . . . | ||
05/10 | INDIVISION HEREDITARIA-CESE DE HECHO DEL ESTADO DE INDIVISION: CONFIGURACION - PARTICION HEREDITARIA: PRESCRIPCION DE LA ACCION-NATURALEZA EXTINTIVA O ADQUISITIVA: DETERMINACION- TERCERO POSEEDOR-COHEREDERO POSEEDOR-USUCAPION-PRUEBA DE LA INTERVERSION DEL TITULO-ACTOS INEQUÍVOCOS DE POSESION EXCLUSIVA POR EL COHEREDERO | “El estado de indivisión cesa respecto de cualquiera de lo bienes del acervo, cuando uno de los herederos de hecho y obrando como único propietario comience a poseerlo de una manera exclusiva; manteniéndose aquella indivisión, en cambio, respecto de aquellos bienes que no son objeto de dicha posesión -Arts. 3460 y 3461 del CC-.(C.C.C de San Martín, sala II, E.D. 120-577 en Código Civil Comentado- . . . | ||
05/10 | INDIVISION HEREDITARIA-CESE DE HECHO DEL ESTADO DE INDIVISION: CONFIGURACION; ALCANCE-POSESION EXCLUSIVA DEL COHEREDERO COMO UNICO PROPIETARIO DEL BIEN HERDITARIO | “El estado de indivisión cesa respecto de cualquiera de lo bienes del acervo, cuando uno de los herederos de hecho y obrando como único propietario comience a poseerlo de una manera exclusiva; manteniéndose aquella indivisión, en cambio, respecto de aquellos bienes que no son objeto de dicha posesión (Arts. 3460 y 3461). Mucho mas habrá de cesar entonces cuando los herederos deciden inscribir . . . | ||
05/10 | USUCAPION: REQUISITOS ESENCIALES-POSESION-CUMPLIMIENTO DEL PLAZO LEGAL EXIGIDO | La importancia esencial del plazo en la usucapión, es un rasgo fundamental que la jurisprudencia pone en manifiesto cuando expresa que: “La admisión de la acción de usucapión no depende únicamente de la carencia de actos posesorios de los titulares del inmueble o de otro supuesto poseedor, en tanto cobra fundamental importancia que el pretensor acredite que tales actos han sido por él ejercidos . . . | ||
05/10 | USUCAPION-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS-POSESION-PLAZO LEGAL EXIGIDO: FUNDAMENTO- DERECHO DE PROPIEDAD DEL TITULAR ORIGINARIO-INTERES SOCIAL EN LA APLICACIÓN PRODUCTIVA DE LA PROPIEDAD TERRITORIAL- | La doctrina, en forma pacífica, en relación a los elementos constitutivos de la usucapión, tiene dicho que: “De acuerdo al concepto legal (Art. 3948) dos son los elementos básicos de la prescripción adquisitiva: la posesión y el transcurso del tiempo…(la primera) existe toda vez que una persona, por sí o por otro, tenga una cosa bajo su poder con intención de someterla al ejercicio de un . . . | ||
05/10 | PRESCRIPCION ADQUISITIVA POR EL COHEREDERO: REQUISITOS-INTERVERSION DEL TITULO: DETERMINACION; PROCEDENCIA-CESE DE LA INDIVISION HEREDITARIA-SUBDIVISION DEL FUNDO ORIGINARIO- DEFENSA DE PRESCRIPCION DEL TERCERO ADQUIRIENTE POR BOLETO DE COMPRAVENTA: IMPROCEDENCIA POR INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO LEGAL-RECURSO DE CASACION: IMPROCEDENCIA-CONFIRMACION DEL FALLO DE ALZADA ESTIMATIVO DE LA ACCION DE REIVINDICACION POR DISTINTOS FUNDAMENTOS-ECONOMIA PROCESAL-IURA NOVIT CURIA | Contra la sentencia de Cámara que resolvió hacer lugar a la acción de reivindicación a la luz del Art. 3449 del C.C, que establece que si hay varios herederos de una sucesión, la posesión de la herencia por algunos de ellos aprovecha a los otros, y rechazar la defensa de prescripción adquisitiva, recurre en casación la demandada. La cuestión debatida se circunscribe . . . | ||
05/10 | CONFLICTO DE PODERES – CONCEJO DELIBERANTE – ELECCIÓN DE AUTORIDADES – VIOLACIÓN DEL QUÓRUM LEGAL – NULIDAD | Habiendo quedado sin quórum legal la sesión preparatoria, la elección de autoridades efectuada a posteriori deviene en nula, siendo importante señalar que de una totalidad de cinco miembros, la mitad más uno, son cuatro de ellos, “de otro modo se aceptaría incorrectamente la coincidencia de la mayoría simple con la mayoría calificada”. Por ello, se declara la nulidad de la elección . . . | ||
05/10 | ACCION DE PLENA JURISDICCION- DECLARACION DE CADUCIDAD DE LA INSTANCIA- COSTAS A LA ACTORA-APODERADAS DE LA DEMANDADA-REGULACION DE HONORARIOS-INDETERMINACION PECUNIARIA DEL ASUNTO SOMETIDO A LA JURISDICCION-PAUTAS DE REGULACION-MONTO | En la presente Acción de Plena Jurisdicción dirigida en contra de la Provincia de Catamarca -Ministerio de Salud y Acción Social-,las apoderadas del Estado Provincial, contestan demanda y oponen excepción de incompetencia, por no agotamiento adecuado de la vía Administrativa y excepción de prescripción. Posteriormente, el Estado Provincial solicita se declare la caducidad de instancia, al . . . | ||
04/19 | COSTAS. RECURSO DE CASACION. ART. 68 DEL CPCC. PRINCIPIO GENERAL EN MATERIA DE COSTAS. IMPOSICION AL VENCIDO. PRINCIPIO OBJETIVO DE LA DERROTA. EXCEPCIONES A LA NORMA. ADMISIÓN RESTRICTIVA. | Que a fs. 2/13 de los presentes, Los representantes del Estado Provincial interponen Recurso de Casación en contra de la sentencia interlocutoria de la Cámara de Apelaciones de primera nominación, que revocando la sentencia de primera instancia y haciendo lugar a la impugnación planteada por el Estado, a la planilla de liquidación presentada por el actor, impusiera costas por su orden. Considerando . . . |
Ir a página: