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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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25/19 | RECURSO DE CASACIÓN. ADMISIBILIDAD FORMAL. ART 297 DEL C.P.C.C. EL VALOR DEL PLEITO COMO REQUISITO DE ADMISIBILIDAD FORMAL. LA CARGA PROCESAL DE DEMOSTRAR EL VALOR DE LOS TRAIDO A DEBATE ESTÁ A CARGO DEL RECURRENTE | Que la parte actora recurre la Sentencia Definitiva dictada por la Cámara de Apelaciones de Primera Nominación, que resuelve hacer lugar al recurso interpuesto por la demandada, revocando el fallo impugnado en todo lo que fue materia de agravios declarando improponible la demanda deducida.- Que dentro de los requisitos previstos por la ley para habilitar la instancia extraordinaria se encuentra . . . | ||
34/16 | - AMPARO POR MORA- CONSIDERACIÓN DE LA SITUACIÓN REAL EXISTENTE AL MOMENTO DE RESOLVER- OMISIÓN DE AGREGACIÓN DEL INFORME POR LA ADMINISTRACIÓN- FALTA DE CONSUMACIÓN DE LA CONTESTACIÓN AL RECLAMO INTERPUESTO- HACER LUGAR A LA ACCIÓN. | Que llegada la etapa procesal de dictar sentencia, y considerando que, en el amparo por mora se debe estar a la situación real existente al momento de resolver, en la especie a prima facie implicaría, que a tenor del informe producido por la demandada, la causa debería quedar sin materia. -Sin embargo existen motivos que me inducen a compartir la solución anunciada por la Colega preopinante. En . . . | ||
33/19 | RECURSO DE CASACION. ADMISIBILIDAD FORMAL.. INCUMPLIMIENTO DE LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS POR LA ACORDADA Nº 4070/2008. IMPROCEDENCIA | Que llegan estos autos a este Tribunal en virtud de un recurso de casación interpuesto por la parte actora, en contra de la Sentencia Definitiva dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Minas, del Trabajo y de Familia de Tercera Nominación, que no hace lugar al recurso de apelación interpuesto por la misma parte, y en consecuencia, confirma la sentencia dictada por el . . . | ||
09/19 | AMPARO - ACCION DE AMPARO - LEY DE AMPARO 4642 - COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA - ADMIISIBILIDAD FORMAL - OBLIGACION DEL AMPARISTA DOCTRINA LEGAL DE LA CORTE - EXISTENCIA DE VIAS PREVIAS Y PARALELAS | Que tal actividad administrativa impone un examen exhaustivo de actos emitidos en ejercicio de atribuciones propias, en orden a la admisibilidad formal de la acción. De cuyo análisis se observan dos cuestiones dirimentes. En primer orden: que el amparista no cuestiona la aplicación de la Resolución JP Nº 177/18 de pase a situación de disponibilidad por haber cometido falta grave. Sino, el . . . | ||
53/19 | ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. IMPUGNACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE OFICIO DE TRIBUTO. ADMISIBILIDAD FORMAL Y EL PRINCIPIO SOLVE ET REPETE. MORIGERACION DEL PRINCIPIO. CASOS. MEDIDA CAUTELAR. PROCEDENCIA | Que teniendo en cuenta que: se cuestiona la misma naturaleza del tributo que se reclama, el monto del importe determinado, la invocación de doble imposición, y la posibilidad de ejecución fiscal de la deuda (art. 94 del CTMVV), corresponde hacer lugar a la cautelar de no innovar, debiendo el peticionante prestar caución juratoria, dado el daño irreparable invocado que causaría el eventual . . . | ||
35/19 | ACCIÓN DIRECTA DE INCONSTITUCIONALIDAD. PREVISION LEGAL. COMPETENCIA DE LA CORTE. ADMISIBILIDAD FORMAL. NATURALEZA PREVENTIVA. | Que, conforme a la doctrina sustentada por esta Corte de Justicia en diferentes integraciones, elaborada teniendo como parámetro la sentada por la CSJN y tribunales de análoga jerarquía, (Conf.: SI Nº 78/06; SI Nº 144/07; SI Nº Córdoba c Munip. Icaño, SI Nº 109/11; SI Nº 253/12 “Moreno Aguilera c/ Municipalidad de Andalgalá”, entre otras), la acción directa de inconstitucionalidad tiene . . . | ||
02/19 | Amparo. ACCION DE AMPARO. Solicitud de habilitación de feria. MEDIDA CAUTELAR. PROCEDENCIA DE LA HABILITACION DE FERIA. IMPROCEDENCIA DE LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA | Que, en materia específica de tutelas cautelares, debe destacarse que, se exige de una interpretación restrictiva en la determinación de su procedencia y corresponde verificar la existencia y cumplimiento de los requisitos exigidos para su admisibilidad: verosimilitud del derecho, peligro en la demora y contracautela (arts. 195 y 199 del CPCC). Cabe precisar en que la medida cautelar solicitada . . . | ||
47/19 | AMPARO. ACCION DE AMPARO. COMPETENCIA DE LA CORTE.. OBLIGACION DEL AMPARISTA. ADMISIBILIDAD FORMAL Y DOCTRINA LEGAL DE LA CORTE. SUSPENSION SINE DIE | Que, respecto al primer agravio debe señalarse que del análisis fáctico y jurídico de las disposiciones contenidas en el instrumento citado, se evidencia que como investigación de una supuesta actividad resultante de la conducta atribuida al administrado- conforme dan cuenta las actuaciones glosadas al expediente, se emite el instrumento cuestionado que dispone la apertura de la instrucción . . . | ||
49/12 | QUERELLA POR INJURIAS-SOBRESEIMIENTO-COSTAS POR EL ORDEN CAUSADO-RECURSO DE CASACIÓN:INADMISIBILIDAD-INSUFICIENCIA DE LOS AGRAVIOS | QUERELLA POR INJURIAS-SOBRESEIMIENTO-COSTAS POR EL ORDEN CAUSADO-RECURSO DE CASACIÓN:INADMISIBILIDAD-INSUFICIENCIA DE LOS AGRAVIOS | ||
20/14 | QUERELLANTE PARTICULAR-RECURSO DE CASACIÓN- -MODALIDAD DE LA SENTENCIA CONDENATORIA(EJECUCIÓN CONDICIONAL)-FALTA DE LEGITIMACIÓN DEL QUERELLANTE PARA RECURRIR | QUERELLANTE PARTICULAR-RECURSO DE CASACIÓN- -MODALIDAD DE LA SENTENCIA CONDENATORIA(EJECUCIÓN CONDICIONAL)-FALTA DE LEGITIMACIÓN DEL QUERELLANTE PARA RECURRIR |
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