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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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81/21 | HONORARIOS – APELACIÓN DE LA EJECUTADA - TAREA PROFESIONAL – ADMISIÓN DEL RECURSO | 1- La base o quantum para la ponderación de los honorarios profesionales, es sólo una de las variadas pautas a tener en cuenta a la hora de fijar la retribución de los letrados; y tanto puede el juzgador apartarse de ella cuando la misma resulte excesiva –pues bien podrían fijarse honorarios desmedidos en función de la labor cumplida- o, cuando ésta es exigua, determinar honorarios . . . | ||
81/21 | 2- Corresponde observar el trámite autónomo y abreviado que caracteriza a este tipo de procesos, en los cuales la tarea del letrado -en su extensión, mérito y calidad- se reduce por el mínimo grado de complejidad que ofrece su diligencia; y más aún cuando –como en el caso- no se han opuesto excepciones o defensas, lo que per se define su calidad de ganancioso. | |||
81/21 | 3- En el caso bajo análisis, claramente, el porcentual fijado sobre la base considerada como pauta determinante por la instancia de origen, conduce a la fijación de honorarios que no reflejan la realidad de lo acontecido. En síntesis, un examen preliminar de los actos procesales implicados, da cuenta que no revestían una complejidad –tal- que involucre mayor pericia profesional que la . . . | |||
82/10 | RECURSO DE CASACION: INADMISIBILIDAD FORMAL-PLANTEO EXTEMPORÁNEO | En este estadio procesal, corresponde que el Tribunal emita pronunciamiento acerca de la admisibilidad formal del recurso de casación deducido, circunscripto a la verificación de la satisfacción de los requisitos procesales extrínsecos de admisión, establecidos por la Acordada Nº 4070, dictada por esta Corte de Justicia, y el Art. 292, en concordancia con el Art. 299 de la Ley adjetiva, cuya . . . | ||
82/11 | FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-RECHAZO DE LA MEDIDA CAUTELAR-RECURSO DE REPOSICION: INADMISIBILIDAD; FUNDAMENTO-DOCTRINA LEGAL DE LA CORTE DE JUSTICIA SOBRE MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-CARÁCTER RESTRICTIVO-LA INADMISIBILIDAD COMO REGLA | Comparece la parte actora, por intermedio de patrocinante, incoando recurso de reposición en contra de la Sentencia Interlocutoria Nº57/11, punto 2 de la parte resolutiva, que decide rechazar la medida cautelar peticionada. Argumenta que el decisorio se basa en circunstancias fácticas ajenas a la realidad, puesto que se impugna el Decreto Nº1814/10 que rechaza un recurso jerárquico que tramitaba . . . | ||
82/15 | Admisibilidad formal de la Acción. (Mora AGAP 11/14-solicitud de Pago de Deuda generada por desfasaje de plazos de cumplimiento en referencia al beneficio estipulado en la Ley 5331, modificatoria del régimen de retiro voluntario asegurado Ley 5067) | Admisibilidad formal de la Acción. (Mora AGAP 11/14-solicitud de Pago de Deuda generada por desfasaje de plazos de cumplimiento en referencia al beneficio estipulado en la Ley 5331, modificatoria del régimen de retiro voluntario asegurado Ley 5067) | ||
82/21 | AUDIENCIA PRELIMINAR art. 360 del CPCC- NOTIFICACIÓN AL DOMICILIO LEGAL O REAL art. 135- | 1) La parte apelante interpone recurso de apelación en contra del proveído que fija nueva fecha para la realización de la audiencia prevista por el art. 360 del CPCC en razón de no haberse notificado la anterior según constancia de fs. 225, vta. infine. | ||
82/21 | 2) Argumenta que dicho decreto viola los derechos constitucionales del debido proceso, defensa en juicio, y preclusión procesal, ya que en la audiencia fijada anteriormente solo comparece la parte demandada, sin que la actora haya justificado su ausencia, por lo que solicita se haga lugar al apercibimiento de ley, de tener por desistida la demanda. Ello es asi porque la contraria a pesar de . . . | |||
82/21 | 3) LaCámara resuelve rechazar la apelación y confirmar el decreto cuestionado que ordena fijar nueva fecha de audiencia preliminar prevista en el art. 360 del CPCC. Argumentando que la parte actora no concurrió a la audiencia porque nunca se enteró ya que se omitió notificar la providencia que convoca a dicha audiencia, tal como lo establecen los arts. 135, inc.3º y 360 del CPCC. Destacando . . . | |||
83/10 | JURISDICCION Y COMPETENCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-AMPARO CONTRA OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS: ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA ACCION-DERECHO A LA SALUD E INTEGRIDAD FISICA-ESCLEROSIS MULTIPLE-PROVISION DE MEDICAMENTO-EXIGENCIA DE PAGO DE COSEGURO AL AFILIADO-MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA: IMPROCEDENCIA-FUNDAMENTO-IDENTIDAD CON EL OBJETO PRINCIPAL DE LA ACCION | La actora, en su carácter de afiliada voluntaria, inicia acción de amparo en contra de la Obra Social de los Empleados Públicos (O.S.E.P.), solicitando que se deje sin efecto el cobro del co-seguro del 3% que se le obliga a abonar sobre el valor del medicamento que le prescribieran por su enfermedad. Funda la elección de la acción intentada en el Art. 43 de la C.N., Art.39 y 40 de la C.P. y Ley . . . |
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