Buscar Sumarios
Opcionalmente, puede ingresar un operador de comparación (<, <=, >, >=, <> or =) al comienzo de cada uno de los valores de búsqueda para especificar cómo debería ser hecha la comparación.
Viendo 2291-2300 de 2708 resultados.
Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
---|---|---|---|---|
174/16 | ACCIÓN DE AMPARO- FALTA DE DEMOSTRACIÓN CLARA Y MANIFIESTA DE LA ILEGITIMIDAD Y ARBITRARIEDAD E INCONSTITUCIONALIDAD DEL ACTO CUESTIONADO- INCUMPLIMIENTO DE LAS PREVISIONES DE LA LEY 4642- AUSENCIA DE DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA QUE HABILITE EL AMPARO- EXISTENCIA DE VÍAS ALTERNATIVAS PARA CUESTIONAR EL ACTUAR DE LA ADMINISTRACIÓN- INADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN. | Toda vez que la docente amparista incumple claramente con las previsiones contenidas en el Art.5º, Incs. d y e, Ley 4642, puesto que no acredita todas aquellas circunstancias de hecho que le otorgan acción en derecho y le permiten accionar en justicia, exigencia que adquiere decisiva importancia a los fines de este pronunciamiento jurisdiccional que debe guardar estricta congruencia con . . . | ||
19/18 | Acción de Amparo- Empleo Público- Haberes caídos- Reclamo de pago- Procedencia- Cuantía- Momento de su determinación. | Corresponde hacer lugar al amparo deducido por el actor, debiendo reincorporarse al agente en calidad de personal de planta permanente en la categoría de su designación, conforme Decreto Nº 008/17, debiendo diferirse la fijación de la cuantía del daño en la etapa de ejecución de sentencia, pues la sola inferencia del perjuicio no exime a quien lo padece de probar la cuantía, su magnitud o . . . | ||
19/18 | Acción de Amparo- Empleo Público- Cesantía- Carácter excepcional del amparo- Requisitos de procedencia- Afectación de derechos- Idoneidad de la vía- Validez u ejecutoriedad del acto administrativo de designación en planta permanente- Nulidad del decreto adjuntado por el municipio- Inexistencia de Causa- Daño- Cuantía- Diferimiento a la etapa de ejecución- Procedencia de la acción. | Hechos: El actor, quien manifiesta desempeñarse como personal de planta permanente de la Municipalidad, situación dispuesta por decreto N° 008/17, introduce acción de amparo solicitando que se deje sin efecto el decreto N° 111/17 dictado por el ejecutivo municipal, donde se dispone su cesantía. Habida cuenta que la acción interpuesta resulta formalmente admisible, y tomando en consideración . . . | ||
19/18 | Acción de Amparo- Empleo Público- Cesantía- Carácter excepcional del amparo- Requisitos de procedencia- Afectación de derechos- Idoneidad de la vía- Acreditación de la designación en planta permanente- Finalización del período de prueba- Estabilidad del empleado- Ley 3276- Art. 14- Inexistencia de causa en el decreto de cesantía-Procedencia de la acción- | Si bien la acción de amparo tiene un carácter de vía excepcional o subsidiaria, en este supuesto particular en el que el actor ha quedado sin su fuente laboral en forma "sorpresiva", la vía elegida es la más eficaz para la tutela de los derechos afectados.- (Del voto del Dr. Cáceres). Para que sea admisible la pretensión actora, en orden a la existencia de una relación de empleo público . . . | ||
05/18 | Acción de amparo- Empleados municipales- Cesantía- Pedido de reincorporación a planta permanente- Competencia del Tribunal- Insuficiente acreditación de los hechos- Escasa prueba documental- Graves deficiencias en la demanda- Rechazo de la acción. Costas soportadas por el letrado- | Si bien ésta Corte de Justicia resulta competente para entender en la acción interpuesta por un grupo de empleados municipales en contra de la Municipalidad de Pozo de Piedra, departamento Belén, solicitando que se revoque y deje sin efectos el decreto que los dejó cesantes y su reincorporación laboral como empleados de planta permanente del Municipio denunciado, cargo que alegan ostentaban hasta . . . | ||
04/18 | Acción de amparo- Derecho a la salud- Denegación de tratamiento por la obra social Admisibilidad formal- Medida cautelar- Requisitos- Insuficiencia de la documental acompañada- Rechazo- Solicitud de informe a la obra social. | No obstante que en el caso se encuentran acreditados los requisitos necesarios para declarar la procedencia formal de la acción impetrada, por cuanto el proceder de autoridad pública -prima facie valorada- restringiría derechos reconocidos explícitamente por el ordenamiento constitucional: a la vida, salud e integridad física de la actora, no resulta procedente hacer lugar a la medida cautelar . . . | ||
60/16 | ACCIÓN DE AMPARO- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EXTRÍNSECOS- ADMISIBILIDAD FORMAL DE LA ACCIÓN. | Corresponde declarar formalmente procedente la acción de amparo interpuesta, pues a diferencia de los casos tramitados por Exptes. N° 005/16, 020/16 y 013/16, en los que la Mayoría de éste Cuerpo resolvió denegar la procedencia formal de las acciones incoadas con fundamento en las deficiencias incurridas por la representación técnica de los amparistas , en el caso se encuentra justificada la . . . | ||
06/17 | ACCIÓN DE AMPARO- CUESTIONES OPINABLES O QUE REQUIEREN MAYOR DEBATE Y PRUEBA AJENOS A LA ACCIÓN DE AMPARO-EJERCICIO DEL IUS VARIANDI –PRESUNCIÓN DE LEGITIMIDAD Y EJECUTORIEDAD DE LOS ACTOS EMANADOS DEL PODER ADMINISTRADOR-EXISTENCIA DE VÍAS JUDICIALES PARALELAS PARA LA DISCUSIÓN DE LA CUESTIÓN- INADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN. | Corresponde declarar inadmisible la acción de amparo interpuesta con la finalidad de que se deje sin efecto la Resolución dictada por la autoridad administrativa de Vialidad Provincial, en la que se dispone el cambio de horarios en la prestación de servicios de los amparistas, por considerarla arbitraria e inconstitucional, pues el Poder Administrador se encuentra facultado para fijar las . . . | ||
15/18 | Acción de Amparo- Condiciones- Extemporaneidad de la presentación- Contrato de empleo público- Estabilidad- Inocuidad del transcurso del tiempo para adquirirla- Cuestiones de excepción- Ausencia en el caso- Rechazo del recurso- Costas por el orden causado. | Reexaminadas la admisibilidad y la procedencia del amparo interpuesto por el profesional de la medicina en contra del Ministerio de Salud de la Provincia, cuyo objeto que se lo reincorpore al sistema de guardias que como médico cirujano cumplía, manifestando haber adquirido estabilidad, pues el contrato firmado en 2011, que se fue renovando automáticamente, excede largamente el máximo de un año . . . | ||
11/18 | Acción de Amparo- Competencia de la Corte - Empleo Público: Supervisor- Cargo fuera del Escalafón- Inexistencia de un derecho al cargo- Potestades de la Administración- Razones de mérito, oportunidad y conveniencia- Falta de subsunción del hecho en derechos de superior jerarquía- Improcedencia de la acción. | No obstante que éste Tribunal resulta competente para entender en el caso, la acción de amparo interpuesta a los fines de que se declare la nulidad absoluta e insanable del Decreto G y J Nº 1228/17, que a su vez deja sin efecto el Decreto por el cual se designó al accionante en el cargo de Supervisor en Asesoría General de Gobierno, por razones de orden funcional resulta improcedente, pues según . . . |
Ir a página: