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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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02/18 | Recurso de Casación- Beneficios laborales- Denuncia penal contra el trabajador- Persona denunciante: empleador o tercero- Suspensión del trabajador- Pago de salarios caídos- Distinción entre sobreseimiento por prescripción y absolución- Norma aplicable- Improcedencia del pago de salarios caídos- Procedencia del recurso. | La suspensión preventiva, en los términos del artículo 224 de la L.C.T., requiere una denuncia penal efectuada por el empleador, por terceros ó de oficio, por la comisión de delitos lo suficientemente graves y con la virtualidad necesaria como para afectar la continuidad del contrato de trabajo, caso contrario no habría razones para suspender preventivamente al trabajador, de allí es que, . . . | ||
04/10 | VENTA DE AUTOMOVIL O KM-FALTA DE INSCRIPCION EN EL RNPA-PROPIEDAD DEL BIEN ANTES DE LA REGISTRACION-VACÍO LEGAL EN EL REGIMEN REGISTRAL DEL AUTOMOTOR-INSCRIPCION INCIAL EN EL REGISTRO-OBLIGACION A CARGO DEL PRIMER ADQUIRIENTE-ACCIDENTE DE TRANSITO-DAÑOS Y PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD CIVIL DEL CONCESIONARIO:IMPROCEDENCIA-FUNDAMENTO- RECURSO DE CASACION:PROCEDENCIA PARCIAL- | La venta del automóvil 0 km. al público genera obligaciones para ambas partes contratantes. Desde que hay adquirente, se abre un “período de inscripción”, siendo el comprador el que debe peticionar la inscripción inicial; entonces cabe interrogarse ¿no parece excesivo cargar sobre las espaldas de la concesionaria las consecuencias dañosas de un accidente del que ha sido totalmente ajena?. . . . | ||
10/08 | AMPARO – VÍA INADECUADA – PRECLUSIÓN | La vía del amparo no es el procedimiento idóneo, en este caso, para obtener el restablecimiento del derecho conculcado pero habiéndose declarado su viabilidad formal, ha precluido la etapa para que tal argumento sea fuente del rechazo de la acción. | ||
28/18 | RECURSO DE CASACION. VIABILIDAD FORMAL DEL RECURSO- REQUISITOS DEL MEMORIAL DE AGRAVIOS- DISPOSICIONES DE LA ACORDADA 4070/ 08- | La viabilidad del recurso exige que el memorial de agravios se baste a sí mismo, es decir su sola lectura debe resultar suficiente para la comprensión del caso y de los temas propuestos a debate; el recurrente ha efectuado una reseña esquemática, parcializada de hechos omitiendo la sentencia que se pretende impugnar y la decisión precedente. Respecto al requiso de fundamentación autónoma, . . . | ||
52/20 | Abuso sexual agravado- Sentencia condenatoria- Recurso de casación- Violencia de Género- Víctima: mujer menor de edad- Perspectiva de Género- Normativa nacional e internacional aplicable- Modificación de la fecha del hecho- Argumentación recursiva repetida- Principio de congruencia- Derecho de defensa- Inexistencia de vulneración- Precedentes de la Corte- Falta de acreditación del perjuicio- Desestimación de la nulidad solicitada- | La violencia contra la mujer constituye una violación de derechos humanos y en el caso se trata de una víctima de abuso sexual infantil, doblemente vulnerable, por su condición de niña y de mujer, circunstancias que imponen al Tribunal analizar y resolver la cuestión incorporando la perspectiva de género como pauta hermenéutica constitucional insoslayable. Asimismo, además de la doctrina . . . | ||
100/17 | ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- SOLICITUD DE NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS- NECESIDAD DE AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA PREVIA- INOBSERVANCIA- IMPROCEDENCIA FORMAL DE LAS ACCIONES INTERPUESTAS. | Las acciones contencioso administrativas incoadas por la actora en contra de la Municipalidad de Valle Viejo, persiguiendo la declaración de nulidad del Decreto CET y D Nº 129/16 –notificado el 31/Mar/16-, que ordena instrucción de sumario administrativo y de la Resolución SCE y D Nº 187/16, de fecha 14/Jul/16, -notificado el 29/Jul/16-, por la que no se hace lugar al planteamiento de incompetencia, . . . | ||
25/10 | LEY DE EMERGENCIA ECONOMICA-ADHESION MUNICIPAL-INCUMPLIMIENTO DE LOS DESCUENTOS SALARIALES DISPUESTOS- JUICIO DE CUENTAS- ACORDADA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS-MULTA-CONDENA SOLIDARIA A LAS AUTORIDADES DEL CONCEJO DELIBERANTE-ACCION DE ILEGITIMIDAD O ANULACION: IMPROCEDENCIA, FUNDAMENTO-FALTA DE IMPUGNACION SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA ORDENANZA DE ADHESION: EFECTOS- SIMPLES REPAROS FORMALES: EFECTOS-REVISION DEL ACTO ADMINISTRATIVO: IMPROCEDENCIA | Las actoras promueven acción contencioso administrativa de ilegitimidad o anulación en contra de la Acordada del Tribunal de Cuentas Nº5994/06, de fecha 16/8/06, y la declaración de nulidad e ilegalidad manifiesta de la Ordenanza Municipal N°773/00, fundamento de la Acordada impugnada. El Tribunal de Cuentas, mediante la Acordada cuya nulidad se pretende, condena a las actoras en su carácter . . . | ||
68/11 | JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA: PROCEDENCIA-MATERIA ADMINISTRATIVA - EMPLEADOS PUBLICOS - AGRUPAMIENTO PROFESIONAL - ADICIONALES DE REMUNERACION-ERROR ADMINISTRATIVO EN LA LIQUIDACION-DEVOLUCION DE SUMAS PERCIBIDAS MEDIANTE DESCUENTO DE HABERES-ACCION DE AMPARO: INADMISIBILIDAD FORMAL; FUNDAMENTO-NECESIDAD DE MAYOR AMPLITUD DE DEBATE Y PRUEBA-FALTA DE DEMOSTRACION DE PERJUICIO IRREPARABLE-EXISTENCIA DE OTRAS VIAS DE DISCUCION | Las actoras, invocando el carácter de agentes de la Administración Pública, incoan acción de amparo en contra del Estado Provincial -Oficina de Control de Gastos- con el objeto de que se declare la nulidad por arbitrariedad e ilegalidad manifiesta de las vías de hecho incurridas por la Administración Pública en el descuento de haberes a partir de enero/2011 y se ordene suspender el mismo hasta . . . | ||
20/16 | Código Civil y Comercial (Ley nº 26.994) - Inaplicabilidad- | Las consecuencias producidas consumadas, no se encuentran afectadas por las nuevas leyes, excepto retroactividad, pues respecto de ellas existe el llamado consumo jurídico (Art. 7 del Código Civil y Comercial). Consecuentemente, los presentes deberán ser analizados conforme las disposiciones del Código Civil sustituido y las leyes complementarias vigentes al momento de la producción del hecho . . . | ||
14/12 | CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA- FACULTAD PRIVATIVA DE LOS JUECES DE LAS INSTANCIAS ORDINARIAS PARA SU DETERMINACION-LA IRREVISABILIDAD COMO REGLA MEDIANTE RECURSO DE CASACION- EXCEPCION-ABSURDO | Las cuestiones de hecho y apreciación de la prueba son privativas de los Jueces de la Instancia Ordinaria, irrevisables en principio, en casación, salvo supuesto de absurdo” (SCBs. As., 5/3/85, DJBA, t.129, p. 707). En esa inteligencia la existencia o inexistencia de un daño moral resarcible, es una más de estas inconfundibles cuestiones exclusivas de los Jueces de grado y si bien, en este caso, . . . |
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