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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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29/08 | PROCESO CIVIL Y COMERCIAL DE SEGUNDA INSTANCIA-APARTAMIENTO DE LA FISCAL DE CAMARA: INCIDENTE DE OPOSICIÓN: PROCEDENCIA-ADELANTO DE OPINIÓN: IMPROCEDENCIA | La Fiscal de Cámara Civil y Comercial decide apartarse en la causa devolviendo los autos para que sean remitidos a la otra Fiscal de igual grado y fuero, en razón de haber emitido opinión en su dictamen como fiscal de Cámara en el expediente principal. La fiscal que recibe los autos se opone al apartamiento de la funcionaria, por cuanto el dictamen al que alude está referido a un tema diferente . . . | ||
05/10 | USUCAPION: REQUISITOS ESENCIALES-POSESION-CUMPLIMIENTO DEL PLAZO LEGAL EXIGIDO | La importancia esencial del plazo en la usucapión, es un rasgo fundamental que la jurisprudencia pone en manifiesto cuando expresa que: “La admisión de la acción de usucapión no depende únicamente de la carencia de actos posesorios de los titulares del inmueble o de otro supuesto poseedor, en tanto cobra fundamental importancia que el pretensor acredite que tales actos han sido por él ejercidos . . . | ||
42/20 | Delito de robo- Sentencia condenatoria- Recurso de Casación- Inimputabilidad del acusado- Agravio no incluido en el caso como eximente de responsabilidad- Falta de acreditación del retraso mental alegado- Rechazo de los agravios | La imposibilidad de comprender la criminalidad de sus actos y dirigir sus acciones por el consumo de alcohol y estupefacientes que invoca el recurrente no se compadece con el desarrollo de los hechos en sus diversos tramos, el modo en que tuvo lugar, ni con lo declarado por la víctima, lo que muestra un grado de complejidad y detalle indicativo de un actuar voluntario, deliberado y consciente del . . . | ||
09/10 | CONTRATOS CON LA ADMINISTRACION PUBLICA-FALTA DE CAPACIDAD O IDONEIDAD DE LOS FUNCIONARIOS INTERVINIENTES- DEBER INEXCUSABLE DE COLABORACION DE LOS ADMINISTRADOS | La incapacidad o falta de idoneidad que pudieran tener los funcionarios intervinientes, no excusa el deber de colaboración que asiste siempre al administrado cuando se vincula o celebra contratos con la Administración. “La idea del particular como colaborador de la autoridad administrativa, se traduce en la proyección de efectos jurídicos que, por un lado, integran la esfera de derechos del . . . | ||
68/10 | OBLIGACIONES FISCALES-SOLVE ET REPETE-LEGITIMIDAD: ALCANCES-CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD: REQUISITOS-EXCESIVA INCIDENCIA FISCAL SOBRE ACTUACIONESJUDICIALES CONFIGURANTE DE DENEGACION DE JUSTICIA-ALEGACION Y PRUEBA DE LADESPROPORCION DEL TRIBUTO-INEXISTENCIA INCULPABLE DE CAPACIDAD ECONOMICA DELCONTRIBUYENTE-INCIDENTE DE INCONSTITUCIONALIDAD:IMPROCEDENCIA- DOCTRINA LEGAL DE LA CORTE DE JUSTICIA- PAGO PREVIO COMO REQUISITO DE ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA-CUMPLIMIENTO DEL DEPOSITO DEL TRIBUTO-EXCLUSION DE MULTAS E INTERESES-EMPLAZAMIENTO-APERCIBIMIENTO DE INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA | La incidencia fiscal sobre las actuaciones judiciales y la obligación del pago previo de tributos son legítimas dentro de nuestro sistema institucional, en tanto convivan adecuadamente con el funcionamiento de las garantías constitucionales de acceso a la justicia y defensa en juicio. Y en sentido contrario, carecen de valor jurídico cuando impiden el ejercicio efectivo del derecho de defensa. . . . | ||
184/09 | OBLIGACIONES FISCALES-SOLVE ET REPETE:LEGITIMIDAD;ALCANCE-CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD:REQUISITOS-EXCESIVA INCIDENCIA FISCAL SOBRE ACTUACIONES JUDICIALES CONFIGURANTE DE DENEGACION DE JUSTICIA-ALEGACION Y PRUEBA DE LA DESPROPORCION DEL TRIBUTO-INEXISTENCIA INCULPABLE DE CAPACIDAD ECONOMICA DEL CONTRIBUYENTE-INCIDENTE DE INCONSTITUCIONALIDAD:IMPROCEDENCIA | La incidencia fiscal sobre las actuaciones judiciales y la obligación del pago previo de tributos son legítimas dentro de nuestro sistema institucional, en tanto convivan adecuadamente con el funcionamiento de las garantías constitucionales de acceso a la justicia y defensa en juicio. Y en sentido contrario, carecen de valor jurídico cuando impiden el ejercicio efectivo del derecho de defensa. . . . | ||
9/12 | CARRERA POLICIAL-ESTADO POLICIAL-DIFERENCIAS CON EL RÉGIMEN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA-SOMETIMIENTO A SUS NORMAS DE FONDO Y DE FORMA-CARACTERES:SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA Y DISCIPLINA;ALCANCES:REGIMEN DE ASCENSOS Y RETIROS- ALCANCES-FACULTADES DISCRECIONALES DE LOS ÓRGANOS POLICIALES-PREVALENCIA DE CRITERIOS TÉCNICOS | La incorporación a la carrera policial supone un sometimiento voluntario a las normas que rigen a la institución, es decir, que quien ingresa o desea ser promovido acepta espontáneamente que la demandada acceda a su privacidad en la medida necesaria para evaluar sus aptitudes. El Estado Policial presupone el sometimiento a las normas de fondo y de forma que estructuran la Institución Policial . . . | ||
9/12 | CARRERA POLICIAL-ESTADO POLICIAL-DIFERENCIAS CON EL RÉGIMEN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA-SOMETIMIENTO A SUS NORMAS DE FONDO Y DE FORMA-CARACTERES:SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA Y DISCIPLINA;ALCANCES:REGIMEN DE ASCENSOS Y RETIROS- ALCANCES-FACULTADES DISCRECIONALES DE LA COMISIÓN SUPERIOR EVALUADORA -ACTO IRREVISABLE JUDICIALMENTE-ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA DE ILEGITIMIDAD Y DE PLENA JURISDICCIÓN:IMPROCEDENCIA | La incorporación a la carrera policial supone un sometimiento voluntario a las normas que rigen a la institución, es decir, que quien ingresa o desea ser promovido acepta espontáneamente que la demandada acceda a su privacidad en la medida necesaria para evaluar sus aptitudes. El Estado Policial presupone el sometimiento a las normas de fondo y de forma que estructuran la Institución Policial . . . | ||
26/16 | Cesión de derechos – Art. 954 Código Civil: Desproporción en las prestaciones - Configuración- | La indeterminación de prestaciones coloca al cesionario como amo y señor de la relación jurídica porque no está sujeto a ningún plazo para el pago del precio, ni se encuentra sujeto a término alguno para iniciar el juicio de prescripción, pudiendo manipular la relación jurídica según su conveniencia y en forma manifiestamente unilateral. Las circunstancias lesivas que vician el contrato . . . | ||
23/10 | PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO-SILENCIO DE LA ADMINISTRACION-OPCIONES DEL ADMINISTRADO-AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION:FINALIDAD-OBLIGACION DE LA ADMINISTRACION AL DICTADO DEL ACTO EXPRESO | La indicación efectuada por el Organismo requerido en su informe respecto a lo que debió realizar el administrado como consecuencia de su propio silencio, es facultad exclusiva y opcional del interesado. En ese orden la acción de amparo por mora es la antítesis del silencio administrativo, en tanto la primera procura un acto expreso y por el segundo el particular trata de desentenderse . . . |
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