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Nro SentVocesTextoMateria 
137/19S/ DECLARAR DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIAS/ DECLARAR DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA  Ver
137/17ACCIÓN DE AMPARO- SOLICITUD DE REINCORPORACIÓN- REQUISITOS EXTRÍNSECOS- CUMPLIMIENTO- MATERIA CONTENCIOSOADMINISTRATIVA- COMPETENCIA DE LA CORTE- ANÁLISIS PRIMA FACIE DE LA CUESTIÓN PLANTEADA- VULNERACIÓN DE DERECHOS CONSTITUCIONALES - PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN. Corresponde declarar la procedencia de la acción de amparo interpuesta por el actor en contra del Estado Provincial, quien pretende por ésta vía su reincorporación a las tareas de médico cirujano de guardia que venía desempeñando en el Hospital Interzonal San Juan Bautista desde su contratación el 07/Jul/11, hasta el 04/ Abr/17, fecha en que se le notifica que su guardia se encontraba cubierta . . . Ver
137/15ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN. (MORA: 07/2014-Reclamo. Irresolución de recurso de reconsideración.)ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN. (MORA: 07/2014-Reclamo. Irresolución de recurso de reconsideración.)  Ver
136/19S/ REGULACION DE HONORARIOSS/ REGULACION DE HONORARIOS  Ver
136/17CORTE DE JUSTICIA: COMPETENCIA ORIGINARIA – COMPETENCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA: CRITERIO JURISPRUDENCIAL- OBJETO DE LA DEMANDA: INCOMPETENCIA. HECHOS La Sra. Juez del Juzgado Civil de Tercera Nominación declinó su competencia para entender en la presente causa, en la cuál, la Municipalidad de Valle Viejo interpuso acción preventiva de daños en los términos del Art.1712 del Código Civil y Comercial, en contra de Industrial y Constructora S.A., Coarco S.A. -UTE-, encargada de la ejecución de la obra denominada "Sistema de Desagües . . . Ver
136/15ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN ( ARTS. 1,3, 5, 7 y 13 CCA).( Impugnación: Nulidad Res. Nº36/14 Corte de Justicia-Sanción multa 20 % remuneración-Inconstitucionalidad art. 25 RDCJ).ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN ( ARTS. 1,3, 5, 7 y 13 CCA).( Impugnación: Nulidad Res. Nº36/14 Corte de Justicia-Sanción multa 20 % remuneración-Inconstitucionalidad art. 25 RDCJ).  Ver
135/19ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA.Hechos: Que el Sr. Walter Eduardo Ibarra, incoa sendas acciones contencioso administrativo en contra de la Provincia de Catamarca, persigue se declare la nulidad de los Decretos GyJ (SSD) Nº 306/19, notificado el 29/abr/19, que rechaza el recurso jerárquico interpuesto en contra de la Resolución Interna UTP Nº 256/15 y Nº 249/19, y se ordene a la demandada a incorporar con retroactividad . . . Ver
135/15JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-MATERIA ADMINISTRATIVA-ORDEN DE INCIAR TRÁMITE DE SUMARIO ADMINISTRATIVO-IMPUGNACIÓN-ACCIONES DE ILEGITIMIDAD Y PLENA JURISDICCIÓN-ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE-CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DEL CCA.(Impugnación: Iniciación de Sumario Administrativo).JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-MATERIA ADMINISTRATIVA-ORDEN DE INCIAR TRÁMITE DE SUMARIO ADMINISTRATIVO-IMPUGNACIÓN-ACCIONES DE ILEGITIMIDAD Y PLENA JURISDICCIÓN-ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE-CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DEL CCA.(Impugnación: Iniciación de Sumario Administrativo).  Ver
134/19CONTRACAUTELA. MEJORA DE LA CONTRACAUTELA. CAUCION JURATORIA. INSUFICIENCIAHechos: La demandada Municipalidad de Valle Viejo, solicita la mejora de la contracautela ordenada en Sentencia Interlocutoria Nº 53 (fs. 80/82 y vta.). Sostiene que la caución juratoria no resulta suficiente garantía en la presente causa. Indica que las Empresas actoras, con domicilio fuera de la provincia, esgrimen, pasar por dificultades económicas y que el contrato de concesión de la . . . Ver
134/15ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN ( ARTS. 1,3, 5, 7 y 13 CCA).( ilegitimidad del acto ficto de denegatoria tácita del recurso interpuesto ante la Corte de Justicia, con el objeto de que en el cálculo del adicional por antigüedad que integra sus haberes normales y habituales de Defensor General Nº2, se computen los once años que trabajó bajo relación de dependencia en la Caja Nacional de Ahorro y Seguro.)ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN ( ARTS. 1,3, 5, 7 y 13 CCA).( ilegitimidad del acto ficto de denegatoria tácita del recurso interpuesto ante la Corte de Justicia, con el objeto de que en el cálculo del adicional por antigüedad que integra sus haberes normales y habituales de Defensor General Nº2, se computen los once años que trabajó bajo relación . . . Ver