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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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88/21 | NULIDAD DE LA SENTENCIA POR FALTA DE FUNDAMENTOS | NULIDAD DE LA SENTENCIA Se declara nula la resolución dictada en autos, porque el fallo prescinde de analizar planteos oportunamente introducidos, remitiéndose a la instancia de origen a fin de que la jueza titular del tribunal dicte un nuevo pronunciamiento, garantizando la doble instancia. En este caso puntual, no se dispone el apartamiento de la juez firmante del fallo impugnado . . . | ||
89/21 | Nulidad de prueba documental. Improcedencia del planteo por extemporáneo. | |||
Nº 14/21 | REMOCION DEL SINDICO PORQUE SE DISPUSO LA SANCIÓN DE REMOCIÓN EN OTRO CONCURSO-NO PROCEDE- art. 255 de la LCQ | Para ello la Cámara entendió que lo decidido en el Expte. Cámara Nº 087/18 13 Frontera de Oeste S.A. s/Quiebra de Digis S.A. en el cual, se dispuso mantener la sanción de remoción, e imponer una multa equivalente a la remuneración bruta asignada al cargo de juez de primera instancia con 10 años de antigüedad en la provincia de Catamarca, y dejar sin efecto la inhabilitación para el . . . | ||
175/16 | ACCIÓN DE AMPARO- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA (Art.204 de la Constitución Provincial-, jurisprudencia de este Tribunal, y reforma del Art.4 de la Ley de Amparo por Ley 4998)- CUESTIÓN QUE IMPLICA MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS INTRÍNSECOS DE ADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN- VULNERACIÓN DE DERECHOS CONSTITUCIONALES DE LOS AMPARISTAS- PROCEDENCIA FORMAL DE LA ACCIÓN. | Por imperio de expresas normas constitucionales -Art.204 de la Constitución Provincial-, jurisprudencia de este Tribunal, y reforma del Art.4 de la Ley de Amparo por Ley 4998, al implicar materia contencioso administrativa la cuestión planteada corresponde declarar la jurisdicción y competencia de la Corte de Justicia para entender en autos, y dado que el acto administrativo objeto . . . | ||
Nª 51/20 | Procedencia de la aplicación de astreintes ante el incumplimiento de un mandato judicial (terapia psicológica familiar), cuando debe priorizarse el interés de los hijos menores en la comunicación y relación con el progenitor no conviviente | |||
Nº 124/19 | MEDIDAS PARA MEJOR PROVEER- NOTIFICACION POR NOTA | Realizado un cotejo de la causa, señala la Alzada, que no obstante que el decreto de fs…, que establece una medida para mejor proveer es de las que deben notificarse por cedula, encuentra suficientes razones para sostener que ello no es necesario en la causa. | ||
94/21 | Recurso de reposición “in extremis” planteado en la Alzada. Expresión agravios extemporánea que determina la deserción del recurso | |||
04/17 | DEL VOTO DE LA MAYORÍA (con la disidencia de los Dres. Cáceres y Figueroa Vicario). RECURSO DE CASACIÓN- ERRÓNEA APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DEL ART. 80 L.C.T- APRECIACIONES DEL AD QUEM QUE NO SOBREPASAN LA ESFERA DE SU COMPETENCIA- INEXISTENCIA DE RAZONAMIENTO ABSURDO- ARBITRARIEDAD DE SENTENCIA- AUSENCIA DE ACREDITACIÓN Y FALTA DE FUNDAMENTACIÓN DE LAS CAUSALES INVOCADAS- CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA AJENAS AL RECURSO IMPETRADO- NO ACREDITACIÓN DE LOS VICIOS ATRIBUIDOS AL FALLO IMPUGNADO- INADMISIBILIDAD FORMAL DEL RECURSO. | Refiriéndose la cuestión sometida a examen a las exigencias que debe contener la documentación a fin de dar cumplimiento con el Art. 80 de la LCT., y toda vez que los fundamentos dados por el Ad quem tendientes a garantizar la protección de los derechos del trabajador no sobrepasan la esfera de su competencia material, ni la causal de arbitrariedad señalada se encuentra debidamente fundamentada . . . | ||
05/17 | VOTO DE LA DRA. SESTO DE LEIVA AL QUE ADHIEREN LOS DRES. CIPITELLI,MOLINA; CÁCERES Y FIGUEROA VICARIO. RECURSO DE CASACIÓN-CONTRA SENTENCIA QUE DISPONE-AGARVIOS: CULPABILIDAD Y PENA DE PRISIÓN- INOBSERVANCIA O ERRÓNEA APLICACIÓN DE LAS REGLAS DE LA SANA CRÍTICA EN LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA (Art.454 inc. 2° del C.P.P.)- INSUFICIENCIA DE LOS FUNDAMENTOS INVOCADOS PARA MODIFICACAR DE LA SENTENCIA IMPUGNADA- FALTA DE ESPECIFICACIÓN DEL RECURRENTE ACERCA DE LA SUPUESTA PARCIALIDAD DEL TRIBUNAL AL ANALIZAR LAS PRUEBAS -INSOSTENIBLES CRÍTICAS DEL RECURRENTE RESPECTO DE LA ACTUACIÓN DEL FISCAL- CALIFICACIÓN LEGAL SUBSISTENTE A LO LARGO DEL PROCESO CONSENTIDA POR LA DEFENSA- FALTA DE OPOSICIÓN A LA ELEVACIÓN DE LA CAUSA A JUICIO- TEORÍA DE LOS ACTOS PROPIOS- INEXISTENCIA DE RESTRICCIÓN O CERCENAMIENTO DEL DERECHO DE DEFENSA EN JUICIO- INEXISTENCIA DE ACUSACIÓN INFUNDADA- CARENCIA DE RELEVANCIA DE LOS CUESTIONAMIENTOS DEL RECURRENTE RESPECTO DE LAS TESTIMONIALES Y PERICIALES- INEXISTENCIA LEGAL DE REQUISITOS QUE CONFORMEN EL PERFIL DEL CONDENADO POR DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL- APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO- NECESIDAD DE PROTECCIÓN DE LOS MENORES.- RECHAZO DEL RECURSO. | Resultan insuficientes los agravios que expone el recurrente, tendientes a descalificar la motivación de la sentencia condenatoria que apuntan a discutir la intervención que en los hechos de la causa le es reprochada a Armas, en tanto no logran desvirtuar los fundamentos que sustentan lo resuelto sobre el punto, pues omite especificar en qué consiste la parcialidad que denuncia y de qué . . . | ||
182/16 | AMPARO POR MORA- INCUMPLIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE SENTENCIA DEFINITIVA FIRME PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA- SOLICITUD DE ASTREINTES- JUSTIFICACIÓN DE LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES CONMINATORIAS ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE LA MANDA JUDICIAL- IMPOSICIÓN DE MULTA A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN. | Resultando facultad privativa de este Tribunal merituar si en el caso concreto concurren las razones que justifican la imposición de sanciones conminatorias, de indiscutible naturaleza procesal para obtener el efectivo cumplimiento del mandato judicial que ordenó pronunciarse sobre lo peticionado por la actora, se estima prudente imponer una multa diaria de pesos cien ($100), por cada día . . . |
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