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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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05/10 | USUCAPION-ELEMENTOS CONSTITUTIVOS-POSESION-PLAZO LEGAL EXIGIDO: FUNDAMENTO- DERECHO DE PROPIEDAD DEL TITULAR ORIGINARIO-INTERES SOCIAL EN LA APLICACIÓN PRODUCTIVA DE LA PROPIEDAD TERRITORIAL- | La doctrina, en forma pacífica, en relación a los elementos constitutivos de la usucapión, tiene dicho que: “De acuerdo al concepto legal (Art. 3948) dos son los elementos básicos de la prescripción adquisitiva: la posesión y el transcurso del tiempo…(la primera) existe toda vez que una persona, por sí o por otro, tenga una cosa bajo su poder con intención de someterla al ejercicio de un . . . | ||
11/14 | UNIFICACIÓN DE LAS CONDENAS- RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL POR EXCESO EN EL MONTO DE LA CONDENA:IMPROCEDENCIA-FALTA DE CUESTIÓN FEDERAL-RESPETO DE LOS MÁRGENES LEGALES DE LAS PENAS APLICABLES-CONSTITUCIONALIDAD DE LA VALORACIÓN DE LA REINCIDENCIA- CRITERIO FAVORABLE DE LA C.S.J.N EN FUNCIÓN DEL ART. 50 DEL CÓDIGO PENAL | UNIFICACIÓN DE LAS CONDENAS- RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL POR EXCESO EN EL MONTO DE LA CONDENA:IMPROCEDENCIA-FALTA DE CUESTIÓN FEDERAL-RESPETO DE LOS MÁRGENES LEGALES DE LAS PENAS APLICABLES-CONSTITUCIONALIDAD DE LA VALORACIÓN DE LA REINCIDENCIA- CRITERIO FAVORABLE DE LA C.S.J.N EN FUNCIÓN DEL ART. 50 DEL CÓDIGO PENAL | ||
14/16 | TUTELA JUDICIAL EFECTIVA- DERECHO AL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS O RESOLUCIONES JUDICIALES FIRMES-FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE LA CORTE DE JUSTICIA PARA HACER CUMPLIR SUS SENTENCIAS-AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACIÓN-SENTENCIA ESTIMATORIA-CARÁCTER CONDENATORIO-DOCTRINA LEGAL DE LA CORTE DE JUSTICIA | TUTELA JUDICIAL EFECTIVA- DERECHO AL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS O RESOLUCIONES JUDICIALES FIRMES-FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE LA CORTE DE JUSTICIA PARA HACER CUMPLIR SUS SENTENCIAS-AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACIÓN-SENTENCIA ESTIMATORIA-CARÁCTER CONDENATORIO-DOCTRINA LEGAL DE LA CORTE DE JUSTICIA | ||
105/15 | TRIBUTOS-INGRESOS BRUTOS-TARJETA DE CRÉDITO- ACCIÓN DE PLENA JURISDICCIÓN:PROCEDENCIA PARCIAL-RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL:INADMISIBILIDAD FORMAL-SENTENCIA DEBIDAMENTE MOTIVADA-NORMAS DE DERECHO PÚBLICO PROVINCIAL-FUNDAMENTO NO CONTROVERTIDO POR EL RECURRENTE. | TRIBUTOS-INGRESOS BRUTOS-TARJETA DE CRÉDITO- ACCIÓN DE PLENA JURISDICCIÓN:PROCEDENCIA PARCIAL-RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL:INADMISIBILIDAD FORMAL-SENTENCIA DEBIDAMENTE MOTIVADA-NORMAS DE DERECHO PÚBLICO PROVINCIAL-FUNDAMENTO NO CONTROVERTIDO POR EL RECURRENTE. | ||
70/09 | TRIBUTOS-IMPUESTO SOBRE INGRESOS BRUTOS-LIQUIDACION DE DEUDA-AMPARO CONTRA ADMINISTRACION GENERAL DE RENTAS: INADMISIBILIDAD FORMAL-FALTA DE ILEGALIDAD O ARBITRARIEDAD MANIFIESTAS-NECESIDAD DE MAYOR DEBATE Y PRUEBA-PRECEDENTE DE LA CSJN | La acción de amparo es un instituto excepcional, para las delicadas y extremas situaciones en las que, por falta de otros medios legales, peligra la salvaguarda de derechos fundamentales, que “sólo procede cuando el acto impugnado adolece de arbitrariedad o ilegitimidad manifiesta y en la medida en que se demuestre la existencia de un daño concreto y grave, que sólo pueda ser reparado eventualmente . . . | ||
04/19 | TRIBUNALES EN FERIA JUDICIAL. COMPETENCIA DE ORDEN PÚBLICO. CARÁCTER EXCEPCIONAL. HABILITACION DE FERIA. | Hechos. Paula Ramona Figueroa, solicita la habilitación de feria judicial para resolver la medida cautelar peticionada en la acción de amparo promovida, cuya demora acarrearía graves riesgos a su salud. Relata que padece de Hipertensión Arterial Pulmonar severa y pretende se ordene como medida cautelar la provisión de los medicamentos necesarios para tratar su dolencia: Treprostinil Remodulin . . . | ||
5/16 | TRIBUNALES DE SEGUNDA INSTANCIA-CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA-INTERVENCIÓN EN LA APELACIÓN DE UNA MEDIDA CAUTELAR DENEGADA EN PRIMERA INSTANCIA-APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PREVENCIÓN-FUNDAMENTO-VINCULACIÓN DIRECTA DE LA CUESTIÓN INCIDENTAL CON LA CUESTIÓN PRINCIPAL DEL LITIGIO-INCIDENTE DE OPOSICIÓN-PROCEDENCIA-REMISIÓN DE LA CAUSA AL TRIBUNAL PREVINIENTE | TRIBUNALES DE SEGUNDA INSTANCIA-CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA-INTERVENCIÓN EN LA APELACIÓN DE UNA MEDIDA CAUTELAR DENEGADA EN PRIMERA INSTANCIA-APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PREVENCIÓN-FUNDAMENTO-VINCULACIÓN DIRECTA DE LA CUESTIÓN INCIDENTAL CON LA CUESTIÓN PRINCIPAL DEL LITIGIO-INCIDENTE DE OPOSICIÓN-PROCEDENCIA-REMISIÓN DE LA CAUSA AL TRIBUNAL PREVINIENTE | ||
41/11 | TRIBUNAL DE FALTAS MUNICIPAL-COBERTURA DEL CARGO DE JUEZ DE FALTAS:FORMA-DESIGNACION POR EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL CON ACUERDO DEL CONCEJO DELIBERANTE-CARTA ORGANICA MUNICIPAL-SOMETIMIENTO VOLUNTARIO A UN RÉGIMEN JURIDICO:EFECTOS-FALTA DE IMPUGNACION-OBLIGACION LEGAL DE CONSIDERAR LOS CURRICULUM DE TODOS LOS ASPIRANTES AL CARGO:INEXISTENCIA-MEDIDA DE NO INNOVAR :INADMISIBILIDAD-INSUFICIENCIA DE VEROSIMILITUD DEL DERECHO ALEGADO-ORDENANZAS MUNCIPALES-LEYES EN SENTIDO FORMAL Y MATERIAL-PRESUNCION DE LEGITIMIDAD | Comparece la Dra. M.I.R., por derecho propio, solicitando medida cautelar de no innovar en contra del Municipio de Valle Viejo. Expresa que, ante el temor de ser desplazada en sus derechos a ser tenida en cuenta como postulante para el cargo de Juez de Faltas Nº2 del citado Municipio, solicita tutela cautelar a efectos de que se ordene la suspensión del tratamiento por el Concejo Deliberante del . . . | ||
19/22 | TRATO DIGNO - SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL - GÉNERO | 1- La demandada cuestiona esencialmente la gravedad de la injuria. Señala una conducta laboral contradictoria en relación a la falta de baños, en tanto transcurrieron nueve años del vínculo laboral en idénticas condiciones y sin quejas por parte de la trabajadora. Invoca a su favor la existencia de pruebas cuya valoración fue omitida por la magistrada de origen, como la habilitación municipal . . . | ||
20/18 | TRAMITE DEL RECURSO DE APELACION. PROVIDENCIA DE RADICACION DE LOS AUTOS EN CAMARA Y DE AUTOS A DISPOSICION DE LAS PARTES PARA EXPRESION DE AGRAVIOS NOTIFICACION. FORMA DE LA NOTIFICACION. RETIRO DEL EXPEDIENTE. EFECTOS. RECURSO DE CASACION | El actor interpone recurso de Casación contra de la Sentencia Interlocutoria Nº 132, de fecha ocho de Noviembre de 2.016, dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Minas y del Trabajo de 1ra. Nominación, que rechaza el recurso de reposición interpuesto por el actor, en contra del proveído del mismo tribunal de fs. 473, que dispone tener por extemporánea su presentación . . . |
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