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Viendo 1911-1920 de 2708 resultados.
Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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4/14 | JURISDICION Y COMPETENCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-CORRECTO AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA PREVIA-CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA DEMANDA | La actora reclama el uso de la licencia profiláctica negada por la Administración con fundamento en que la tarea prestada por la profesional, no reúne la segunda condición que establece la norma para este beneficio, al no ser efectuada en lugar con internación a pacientes psiquiátricos. Ante el rechazo de la licencia requerida, la actora interpuso los recursos pertinentes en tiempo y forma . . . | ||
6/11 | JURISPRUDENCIA DE LA CSJN-REVOCACION DE SENTENCIAS: ALCANCE-INCLUSION DE DECISIONES ACCESORIAS-COSTAS Y HONORARIOS- REGULACION DE HONORARIOS NO FIRME-EJECUCION BAJO FIANZA-REVOCACION DE LA REGULACION EJECUTADA MEDIANTE RECURSO DE CASACION PRECEDENTE: EFECTOS-CUESTION ABSTRACTA- RECHAZO DEL RECURSO | En el caso, cabe citar los precedentes de nuestro Máximo Tribunal de la Nación, en los que se expresa y se sostiene : “… jurisprudencia del Tribunal según la cual la descalificación de una sentencia implica la de las decisiones accesorias a ella, carácter que asiste a lo atinente en materia de costas y honorarios, la que deben seguir la misma suerte, de manera que al variar -como consecuencia . . . | ||
02/10 | LEGISLACION PROVINCIAL TRIBUTARIA- PRESCRIPCION DE DEUDAS-INCONSTITUCIONALIDAD-REGIMEN JURIDICO APLICABLE- DOCTRINA DE LA CSJN-SEGUIMIENTO-PRECEDENTE DE LA CORTE DE JUSTICIA- CODIGO CIVIL-PLAZO; COMPUTO- CURSO DE LA PRESCRIPCION-INTERRUPCION: FORMA-SUSPENSIÓN: FORMA | Como los jueces no pueden pronunciarse en abstracto sobre un problema tan delicado como es la invalidez constitucional de las leyes y siendo el motivo del recurso el rechazo de la excepción de prescripción opuesta por el demandado en una ejecución fiscal, corresponde establecer primero el régimen normativo de prescripción aplicable para finalmente poder determinar si los Impuestos de Sellos e . . . | ||
02/10 | LEGISLACION PROVINCIAL TRIBUTARIA-DOCTRINA DE CSJN-PRESCRIPCION LIBERATORIA-INTERRUPCION DEL CURSO DE LA PRESCRIPCION-INCONSTITUCIONALIDAD DEL CODIGO TRIBUTARIO: PROCEDENCIA; FUNDAMENTO-EFECTO NO INTERRUPTIVO DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS-APARTAMIENTO DEL CODIGO CIVIL | Conforme a lo dispuesto por la CSJN las normas provinciales que reglamentan la prescripción en forma contraria a lo dispuesto en el Código Civil, resultan inválidas, es que en ese orden, no presenta inconveniente el plazo quinquenal fijado por el Código Tributario al ser idéntico al dispuesto por la ley de fondo. En el caso, sin embargo, el problema se traslada al modo de interrupción . . . | ||
02/10 | LEGISLACION PROVINCIAL TRIBUTARIA-DOCTRINA DE CSJN-PRESCRIPCION LIBERATORIA: COMPUTO DEL PLAZO-INCONSTITUCIONALIDAD DEL CODIGO TRIBURARIO: PROCEDENCIA; FUNDAMENTO APARTAMIENTO DEL CODIGO CIVIL | Conforme a lo dispuesto por la CSJN, las normas provinciales que reglamentan la prescripción en forma contraria a lo dispuesto en el Código Civil resultan inválidas, es que, en ese orden, no presenta inconveniente el plazo quinquenal fijado por el Código Tributario al ser idéntico al dispuesto por la ley de fondo. En el caso, sin embargo, el problema se traslada al cómputo de la prescripción. . . . | ||
02/10 | LEGISLACION TRIBUTARIA PROVINCIAL Y MUNICIPAL- PRESCRIPCION DE DEUDAS TRIBUTARIAS-REGIMEN JURIDICO APLICABLE-CODIGO CIVIL: ALCANCE-DOCTRINA LEGAL DE LA CSJN-SEGUIMIENTO | Por la sujeción debida al Código Civil, la prescripción debe ser en la provincia y municipalidades de cinco años (art. 4027 inc. 3); ese plazo debe comenzar a ser computado desde la fecha de la obligación (art. 3956); las causales de interrupción son el reconocimiento del deudor (art. 3989) o la demanda judicial (art. 3986, primer párrafo), y la suspensión, por un año y por una sola vez, . . . | ||
36/17 | Lesiones Culposas Calificadas. Recurso de Casación- Admisibilidad Formal- Delitos con Pena de Inhabilitación- Improcedencia de la Suspensión de Juicio a Prueba-Reglas de Interpretación de las leyes Planteo de Inconstitucionalidad del Art. 76 bis- del C.P.: Improcedencia- Doctrina de la Corte de Justicia- Rechazo del Recurso. | Del voto del Dr. Cippitelli, al que adhieren los Dres. Cáceres, Sesto de Leiva, Molina y Figueroa Vicario.. El recurso interpuesto por el asistente técnico del imputado en contra del auto interlocutorio dictado por el Juzgado Correccional de Segunda Nominación resolvió denegar el pedido de suspensión de juicio a prueba del encausado por resultar improcedente (art. 76 bis y ccdtes del CPP . . . | ||
21/20 | Lesiones graves calificadas- Sentencia condenatoria- Recurso de casación- Incapacidad laboral- Gravedad de las lesiones- Eficacia de la prueba- Prueba no desvirtuada por el recurrente- Inidoneidad de los agravios- Rechazo del recurso. | Hechos: La Cámara en lo Criminal de 3ª. Nominación, por mayoría de votos, declaró a M.D.C. autor del delito de lesiones graves calificadas por mediar una relación de pareja, condenándolo a la pena de tres años de prisión, con costas. Contra el fallo dictado, el defensor del acusado interpone recurso de casación, fundando el reclamo en las previsiones contenidas . . . | ||
2/15 | LESIONES GRAVES CULPOSAS-ACCIDENTE DE TRANSITO- SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA RECHAZADO-RECURSO DE CASACIÓN:IMPROCEDENCIA-PENA DE INHABILITACIÓN- ANTECEDENTES PARLAMENTARIOS-DOCTRINA DE LA CSJN | El Juzgado Correccional resolvió no hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba formulada por la imputada por lesiones graves culposas. Contra esa resolución, el defensor de la imputada interpone el presente recurso de casación. Plantea como agravio la errónea aplicación de la ley sustantiva. En innumerables oportunidades esta Corte se expidió en planteos similares, en los que se cuestionaba . . . | ||
2/15 | LESIONES GRAVES CULPOSAS-ACCIDENTE DE TRANSITO- SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA RECHAZADO-RECURSO DE CASACIÓN:IMPROCEDENCIA-PENA DE INHABILITACIÓN-PRECEDENTES DEL TRIBUNAL-DOCTRINA DE LA CSJN | El Juzgado Correccional resolvió no hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba formulada por la imputada por lesiones graves culposas. Contra esa resolución, el defensor de la imputada interpone el presente recurso de casación. Plantea como agravio la errónea aplicación de la ley sustantiva. La denegación aparece sustentada en el criterio interpretativo seguido por este Tribunal, en . . . |
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