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Nro SentVocesTextoMateria 
161/19BENEFICIOS LABORALES. ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. INADMISIBILIDAD FORMAL DE LA ACCION. FALTA DE AGOTAMIENTO DE LA VIA ADMINISTRATIVA.Hechos: La parte actora Dr. Jairo Emanuel Reynoso Indica haber celebrado contrato de locación de obra por 5 meses con el Director de la UPE, Inclusión Laboral perteneciente al Ministerio de Obras Públicas de Catamarca y Director Provincial de Acción Cooperativa y Mutual dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia desempeñándose como Coordinador General de Capacitaciones. Culminado . . . Ver
53/17BENEFICIOS LABORALES- RECURSO DE CASACIÓN- REQUISITOS- INCUMPLIMIENTO- INEXISTENCIA DE ARBITRARIEDAD- INVIABILIDAD DEL RECURSO- RECHAZO. Corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto en contra de la Sentencia Definitiva dictada por la Cámara de Apelaciones, que revoca la sentencia del juez de grado y declara que las partes del litigio no estuvieron unidas por una relación de carácter laboral, pues además de incumplir con las disposiciones contenidas en la Acordada N° 4070/08, dictada por éste Tribunal, el recurso . . . Ver
57/17BENEFICIOS LABORALES- RECURSO DE CASACIÓN- CUESTIONES DE HECHO AJENAS AL RECURSO- ARGUMENTACIÓN INSUFICIENTE PARA IMPUGNAR LA SENTENCIA DE CÁMARA – INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LA ACORDADA 4070/08- FALTA DE FUNDAMENTACIÓN AUTÓNOMA- RECHAZO DEL RECURSO. Corresponde rechazar el recurso de casación incoado en contra de la sentencia definitiva dictada por la Cámara de Apelaciones que confirma lo resuelto por la Sra. Juez de primera instancia que hace lugar parcialmente a la demanda promovida, que condena a los demandados al pago solidario de una suma de dinero en concepto de haberes, SAC por los periodos detallados en la misma, Integración – Preaviso . . . Ver
16/16BENEFICIOS LABORALES- DESPIDO INDIRECTO-RELACIÓN LABORAL-RECURSO DE CASACIÓN- CUESTIONES DE HECHO Y PRUEBA AJENAS A LA NATURALEZA DEL RECURSO- EXCEPCIÓN- DETERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL- EXISTENCIA DE CONTRATO DE TRABAJO- PROCEDENCIA DEL RECURSO. Debe hacerse lugar al recurso intentado y revocar la sentencia de Cámara pues si bien en principio, las cuestiones de hecho y prueba resultan ajenas a la excepcional naturaleza del recurso de casación, tal principio debe ceder cuando la valoración jurídica realizada por los magistrados de grado no guarda correspondencia con el contenido factual de la causa traída a decisión. En tal sentido, . . . Ver
31/17BENEFICIO DEL INDULTO- ATRIBUCIÓN DEL GOBERNADOR- NECESIDAD DEL INFORME PREVIO MOTIVADO DE LA CORTE DE JUSTICIA- ART.149-INC.7 C.P.- EJECUCIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD- FINALIDAD- NORMATIVA NACIONAL E INTERNACIONAL APLICABLE- INOPORTUNIDAD E INCONVENIENCIA DEL OTORGAMIENTO DEL INDULTO. El indulto o conmutación de la pena es una de las atribuciones conferidas constitucionalmente al Gobernador de la Provincia, previo informe motivado y favorable de la Corte de Justicia (Art. 149,inc.7° Constitución Provincial). En el presente caso, atento a que se encuentra plenamente vigente el régimen que regula la ejecución de la pena privativa de libertad, respetuoso de las normas internacionales . . . Ver
99/19BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS. INCOMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA. DOCTRINA LEGAL.Hechos: Que llegan las presentes actuaciones a esta Corte de Justicia con motivo de la declaración de incompetencia de la Sra. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Familia de la Quinta Circunscripción, para entender en la demanda de beneficio de litigar sin gastos, con fundamento en el art.6, inc.5º, del CPCC, conforme proveído que obra a fs. 17 de autos. A fs. 18 el actor . . . Ver
80/16BASE ECONÓMICA PARA REGULACIÓN DE HONORARIOS- DESESTIMACIÓN DE LA APELACIÓN- RECURSO DE CASACIÓN- INCUMPLIMIENTO DE LA ACORDADA 4070/08 QUE FIJA LOS RECAUDOS FORMALES DE ADMISIBILIDAD- INOFICIOSIDAD DE LA PRESENTACIÓN. RECHAZO DEL RECURSO Que tratándose de un recurso de casación interpuesto por la representante legal de los herederos de la sucesión, en contra de la sentencia interlocutoria dictada por la cámara de apelaciones que desestima el recurso planteado por la misma parte, confirmando el decisorio del juez de grado que establece la base económica para la regulación de honorarios en la causa principal, conforme el . . . Ver
2/11BANCO PROVINCIAL-ENTIDAD AUTARQUICA CONSTITUIDA COMO EMPRESA DEL ESTADO- DESEMPEÑO DE FUNCIONES DE DIRECCION O CONDUCCION EJECUTIVA-FUNCIONARIOS PUBLICOS-AGENTES DE INFERIOR JERARQUIA DE LAS EMPRESAS ESTATALES-RELACION LABORAL REGIDA POR EL DERECHO PRIVADO-SUBTIPO DE LA LCT-INAPLICABILIDAD DEL REGIMEN DE EMPLEO PUBLICOEn el caso, la solución que propongo no puede seguir la línea argumental que plantea el recurrente y que gira en torno al vínculo de dependencia que tenía el Banco de Catamarca con el Estado Provincial, el que hacía nacer en los agentes del mismo la condición de ser empleados públicos- con derecho a la estabilidad absoluta-, más tratándose según afirma, de una entidad autárquica constituida . . . Ver
2/11BANCO PROVINCIAL-ENTIDAD AUTARQUICA CONSTITUIDA COMO EMPRESA DEL ESTADO- AGENTES DE INFERIOR JERARQUIA DE LAS EMPRESAS ESTATALES-RELACION LABORAL REGIDA POR EL DERECHO PRIVADO-SUBTIPO DE LA LCT-INAPLICABILIDAD DEL REGIMEN DE EMPLEO PUBLICO- DEMANDA LABORAL ORDINARIA- CONDUCTA CONTRADICTORIA- ALEGACION DE RELACION DE EMPLEO PUBLICO: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE CASACION:IMPROCEDENCIADescartada la premisa de la que parte el recurrente de calificar la relación como de derecho público y de la pretensión de aplicar principios propios del mismo, vuelvo una vez más sobre la contradicción que he marcado al comienzo de este voto, para señalar lo inaceptable que encuentro accionar en función de un plexo normativo de derecho privado, donde la estabilidad es impropia o relativa, en . . . Ver
37/20Auto interlocutorio- Recurso de casación- Resolución no definitiva- Improcedencia de la quejaCorresponde no hacer lugar a la Queja que la apoderada de la madre de la víctima interpuso contra el auto interlocutorio dictado por el Juzgado de Ejecución Penal Nº 1, que deniega el recurso de casación intentado contra la resolución por la cual se resolvió conceder en forma provisoria, la prisión domiciliaria del interno penado Kotler, toda vez que el auto impugnado no tiene el carácter de . . . Ver