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Viendo 1861-1870 de 2708 resultados.
Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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16/21 | : ACCIDENTE DE TRÁNSITO – CRUCE EN “T” – CONCAUSA –FALTA DE CASCO PROTECTOR – TASA DE INTERÉS | 1.- Se revoca la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda y se hace lugar parcialmente a la misma. La Cámara concluye que hubo concausa del accidente, acaecido al ingresar las actoras, en un cruce en “T”, a la vía por la que circulaba el demandado. Se trataba de dos calles con doble sentido de circulación. | ||
16/21 | 2.- Se distribuye la responsabilidad en un 40% a cargo de las actoras que se conducían en una motocicleta y un 60% a cargo del demandado que manejaba una camioneta, por su falta de atención y control en el manejo del rodado, que lo llevó a embestir a las accionantes. | |||
16/21 | 3.- Se receptan parcialmente los reclamos de indemnización por incapacidad física sobreviniente, gastos de asistencia médica - farmacológica y daño moral. Se aplica la tasa activa promedio del Banco de la Nación Argentina a los montos de condena. | |||
16/21 | EMBARGO – CRÉDITO LABORAL FIRME - ADMISIBILIDAD DEL RECURSO | 1-Es inasequible admitir que, por vía de una caducidad administrativa de una orden de pago, se infiera la revocación de la medida cautelar oportunamente ordenada. Más aún cuando el organismo estatal oficiado fue quien consignó la existencia de pagos pendientes que, aún caducos, podían prorrogarse por orden judicial. | ||
16/21 | 2- La finalidad de todo proceso laboral (mediante las consecuentes indemnizaciones) reside en la obtención de una reparación económica justa para el trabajador frente a aquellos derechos que han sido vulnerados. Por lo tanto, ese fin no se vería cumplido si al momento de dictar la sentencia de condena al empleador su cumplimiento se tornara ilusorio porque la parte demandada fuere insolvente . . . | |||
16/21 | 3- Subsiste la posibilidad de que ingresen al organismo oficiado otros créditos a favor de la accionada, a cuyo efecto perdura la cautela ya ordenada, notificada al organismo y ampliada sobre montos consentidos y firmes, en cuya razón no es admisible revocarla por una eventual caducidad administrativa circunscripta a determinados saldos o pagos pendientes a favor de la demandada. | |||
16/21 | 4- Sin perjuicio de la subsistencia de la cautelar,ante la posibilidad de una elongación superior a la estimada para el cumplimiento efectivo, en atención a que los plazos de la administración pública se sujetan a procedimientos presupuestarios y legales ineludibles (art. 187de la Const. Prov.) su espera, teniendo a disposición la posibilidad de oficiar a otras entidades para el cumplimiento . . . | |||
16/20 | Fraude a la administración pública- Sentencia condenatoria- Recurso de casación- Inadecuada valoración de la prueba- Inobservancia de la ley sustantiva- Admisibilidad formal del recurso- Procedencia. | Hechos: El abogado defensor de la imputada como partícipe primaria del delito de fraude en perjuicio de la administración pública en concurso ideal con uso de instrumento público adulterado, y condenada a la pena de dos años de prisión en suspenso, interpone recurso de casación contra la sentencia dictada por la Cámara Penal de 3ª. Nom. por entender que no están probados los extremos necesarios . . . | ||
16/20 | Inhibición del Dr. Figueroa Vicario – Art. 56 inc. 3º del CPP – Ha lugar | Inhibición del Dr. Figueroa Vicario – Art. 56 inc. 3º del CPP – Ha lugar | ||
16/19 | S/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL SR. RODOLFO SANTILLAN, EN SU CARÁCTER DE INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCASTI Y LOS SRES/AS. VILMA DE LAS NIEVES LEIVA Y OTRO/AS | S/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL SR. RODOLFO SANTILLAN, EN SU CARÁCTER DE INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCASTI Y LOS SRES/AS. VILMA DE LAS NIEVES LEIVA Y OTRO/AS |
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