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167/15ADMISIBILIDAD DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN-MORA-SUBSECRETARÍA DE TRABAJO DE LA PROVINCIA-( recurso articulado en contra de la Disposición Nº151/14)ADMISIBILIDAD DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN-MORA-SUBSECRETARÍA DE TRABAJO DE LA PROVINCIA-( recurso articulado en contra de la Disposición Nº151/14)  Ver
166/15ADMISIBILIDAD DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN-MORA-MINISTERIO DE SALUD- (pedido de regularización en la liquidación de haberes y situación laboral) FECHA: 2015.ADMISIBILIDAD DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN-MORA-MINISTERIO DE SALUD- (pedido de regularización en la liquidación de haberes y situación laboral) FECHA: 2015.  Ver
165/15ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN.( IMPUGNACIÓN: C/ nulidad del Decreto G yJ Nº 833/15, de fecha 04/Jun/15, que rechaza el recurso jerárquico deducido en contra de las Resoluciones Internas JP Nº595/12 y Nº878/12, disponiendo su pase obligatorio definitivo por invalidez. PERSONAL POLICIAL.ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN.( IMPUGNACIÓN: C/ nulidad del Decreto G yJ Nº 833/15, de fecha 04/Jun/15, que rechaza el recurso jerárquico deducido en contra de las Resoluciones Internas JP Nº595/12 y Nº878/12, disponiendo su pase obligatorio definitivo por invalidez. PERSONAL POLICIAL.  Ver
164/15ADMISIBILIDAD DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN-MORA AGAP 11/12/14- Pedido de regularización en la liquidación del haber provisional.ADMISIBILIDAD DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN-MORA AGAP 11/12/14- Pedido de regularización en la liquidación del haber provisional.  Ver
163/15EXCUSACIÓN DR. CÁCERES-ADMISBILIDAD- Art.17, inc. 9º Y Art. 30 del CPCC-.EXCUSACIÓN DR. CÁCERES-ADMISBILIDAD- Art.17, inc. 9º Y Art. 30 del CPCC-.  Ver
162/15PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-PROCURADORA GENERAL SUBROGANTE-EXCUSACIÓN POR AMISTAD-CONFIGURACIÓN; INADMISIBILIDAD-APLICACIÓN SUPLETORIADEL CPCC.1) PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-PROCURADORA GENERAL SUBROGANTE-EXCUSACIÓN POR AMISTAD-CONFIGURACIÓN; INADMISIBILIDAD-APLICACIÓN SUPLETORIADEL CPCC. 2) PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-PROCURADORA GENERAL SUBROGANTE-EXCUSACIÓN POR MOTIVOS GRAVES DE DECORO O DELICADEZA- INADMISIBILIDAD-FUNDAMENTO-APLICACIÓN SUPLETORIADEL CPCC.  Ver
161/19BENEFICIOS LABORALES. ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. INADMISIBILIDAD FORMAL DE LA ACCION. FALTA DE AGOTAMIENTO DE LA VIA ADMINISTRATIVA.Hechos: La parte actora Dr. Jairo Emanuel Reynoso Indica haber celebrado contrato de locación de obra por 5 meses con el Director de la UPE, Inclusión Laboral perteneciente al Ministerio de Obras Públicas de Catamarca y Director Provincial de Acción Cooperativa y Mutual dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia desempeñándose como Coordinador General de Capacitaciones. Culminado . . . Ver
161/15PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-PROCURADORA GENERAL SUBROGANTE-EXCUSACIÓN POR AMISTAD-CONFIGURACIÓN; INADMISIBILIDAD-APLICACIÓN SUPLETORIADEL CPCC.1) PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-PROCURADORA GENERAL SUBROGANTE-EXCUSACIÓN POR AMISTAD-CONFIGURACIÓN; INADMISIBILIDAD-APLICACIÓN SUPLETORIADEL CPCC. 2) PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-PROCURADORA GENERAL SUBROGANTE-EXCUSACIÓN POR MOTIVOS GRAVES DE DECORO O DELICADEZA- INADMISIBILIDAD-FUNDAMENTO-APLICACIÓN SUPLETORIADEL CPCC.  Ver
160/19DECLARANDO PERENCION DE INSTANCIA.DECLARANDO PERENCION DE INSTANCIA.  Ver
160/15ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN.( IMPUGNACIÓN: C/ PODER EJECUTIVO nulidad del Decreto GyJ Nº434/15, que rechaza el recurso de reconsideración interpuesto en contra del Decreto GyJ Nº1968/14 que deniega el reconocimiento del pago de diferencias de haberes desde la fecha en que fuera promovido en ascenso).ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Y DE LA ACCIÓN.( IMPUGNACIÓN: C/ PODER EJECUTIVO nulidad del Decreto GyJ Nº434/15, que rechaza el recurso de reconsideración interpuesto en contra del Decreto GyJ Nº1968/14 que deniega el reconocimiento del pago de diferencias de haberes desde la fecha en que fuera promovido en ascenso).  Ver