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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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64/19 | AMPARO. ACCION DE AMPARO. IMPROCEDENCIA | Hechos: Claudia Inés Bernardez, invocando la calidad de docente, interpone acción de amparo en contra del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. Persigue se ordene cesar las vías de hecho dispuestas por la accionada consistente en la falta de liquidación de las remuneraciones en sede administrativa de manera ilegitima y arbitraria.- Sumario: El basamento de la impugnación reside . . . | ||
65/19 | ACCION DE AMPARO. EJERCICIO DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES DEL PODER ADMINISTRADOR EN MATERIA EDUCATIVA. IMPROCEDENCIA FORMAL DEL AMPARO | Hechos: La parte actora: Sres, Cecilia del Valle Villafañe, Silvia Marcela Vazquez, y, interponen acción de amparo en contra del Estado Provincial, Poder Ejecutivo y Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Catamarca, persigue se declare la inconstitucionalidad e ilegalidad de la Resolución Ministerial ECyT Nº 934, de fecha 01/Nov/18, publicada en el Boletín Oficial . . . | ||
66/19 | RECURSO EXTRAORDINARIO. INADMISIBILIDAD FORMAL .FALTA DE DEFINITIVIDAD DE LA SENTENCIA RECURRIDA. | Hechos: La parte actora, interpone, recurso extraordinario en los términos del art. 14 inc. 2º de la Ley 48, en contra de la Sentencia Interlocutoria Nº 84/18, dictada por la Corte de Justicia, que resolvió: “…2) Declarar formalmente improcedente la acción de amparo colectivo interpuesta, con costas.”- Sumario: Que la simple lectura de la Sentencia Interlocutoria Nº 84 dictada en . . . | ||
67/19 | S/ EXCUSACIÓN FORMULADA POR EL SEÑOR MINISTRO, DR. JOSÉ RICARDO CÁCERES | S/ EXCUSACIÓN FORMULADA POR EL SEÑOR MINISTRO, DR. JOSÉ RICARDO CÁCERES | ||
68/19 | DAÑOS Y PERJUICIOS. INCOMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA.- | Hechos: Llegan las actuaciones a esta Corte de Justicia, tras la declaración de incompetencia resuelta por la titular del Juzgado Civil de 3ra. para entender en la demanda de daños y perjuicios instaurada por el Sr. Marcelo Ricardo Garribia en contra de la Municipalidad de Valle Viejo y el Sr. Nelson Dario Sachetti, dependiente de dicho organismo. El actor reclama el pago de la suma de pesos . . . | ||
68/19 | RESPONSABILIDAD DEL ESTADO. RESPONSABILIDAD CIVIL. NORMATIVA APLICABLE CONNSIDERANDO LA FECHA DEL HECHO DAÑOSO | Que en cuanto a la Ley Nacional de Responsabilidad del Estado -Ley 26944-, a pesar de encontrarse vigente desde el año 2014, su ámbito de aplicación es federal, por lo que no integra el denominado Derecho Común Nacional de aplicación uniforme en todo el país, en consecuencia no es aplicable al caso de autos. Tampoco resulta aplicable, la Ley Provincial Nº 5536 -que adhiere al sistema de . . . | ||
69/19 | S/ PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE DEUDA | S/ PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE DEUDA | ||
70/19 | AMPARO. ACCIÓN DE AMPARO. PLAZO PARA INTERPONER LA ACCION INADMISIBILIDAD FORMAL. | Hechos: Que comparece la parte actora: Sres. Juana Elizabeth Fernández, Víctor Hugo Luna, Maria Alejandra Pons Bazán y Maria Teresita del Valle Colombo, invocando la calidad de Diputados Provinciales, e interpone acción de amparo en contra del Estado Provincial y Cámara de Diputados, persigue se deje sin efecto el acto de poder público, que reputa manifiestamente arbitrario e ilegal por . . . | ||
71/19 | S/ EXCUSACIONES.- | S/ EXCUSACIONES.- | ||
72/19 | AMPARO. ACCIÓN DE AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACIÓN. EL SILENCIO DE LA ADMINISTRACIÓN. PLAZO PARA INTERPONER LA ACCION. | Hechos: Viviana del Valle Cruzado, promueve Acción de Amparo por Mora de la Administración, en contra del Tribunal de Cuentas. Invoca el carácter de peticionante en gestión administrativa respecto al recurso de revisión interpuesto en contra de Acordada TC Nº 10418/17 que impone sanciones en contra de su persona, que tramita en Expte. Nº 11463-JC-2015. Manifiesta que con fecha 14 de junio . . . |
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