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Nro SentVocesTextoMateria 
58/19AMPARO. ACCION DE AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION. COMPETENCIA DE LA CORTE. LEGITIMACIÓN ACTIVA Y PASIVA.Para iniciar la Acción de Amparo por Mora, se encuentra legitimado, quien es parte en un procedimiento administrativo, es decir, quien ostente un derecho subjetivo o un interés administrativo. Se entiende, quien es parte en ese procedimiento tiene un derecho subjetivo a que la Administración dictamine, informe y resuelva. (“Amparo por Mora de la Administración Pública” -Creo Bay- Edición . . . Ver
58/19AMPARO. ACCION DE AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION. COMPETENCIA DE LA CORTE. LEGITIMACIÓN ACTIVA Y PASIVA ADMISIBILIDAD FORMAL. ESTADO DE MORA OBJETIVA.Asimismo, para la admisibilidad debe existir un estado objetivo de mora administrativa y el procedimiento administrativo debe encontrarse vigente. De las constancias de autos, surge que el planteo esgrimido por la amparista, se encuentra inmerso en la vía reclamativa, es decir, se trata de una petición en procedimiento administrativo vigente, con lo que se encontraría acreditado el presupuesto . . . Ver
59/19S/ HOMOLOGACION DE CONVENIOS/ HOMOLOGACION DE CONVENIO  Ver
60/19AMPARO ACCIÓN DE AMPARO. COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA.Hechos: Sergio Abrahan Contreras y Pedro Roberto Ogas,, interponen acción de amparo en contra del Poder Ejecutivo Provincial. Se persigue la declaración de arbitrariedad e ilegalidad de los actos de autoridad pública: Decretos Acuerdos del PEP Nº 1313/15, de fecha 21/Ago/15 y Nº 2359/17, de fecha 27/Dic/16. Sendos actos administrativos lesionan las garantías laborales del derecho al salario . . . Ver
60/19AMPARO ACCIÓN DE AMPARO. COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA. IMPROCEDENCIA DE LA ACCION.Que en el sub lite los actos impugnados, Decretos Acuerdos del PEP Nº 1313/15, de fecha 21/Ago/15 y Nº 2359/17, de fecha 27/Dic/16 guardan absoluta correspondencia con el ordenamiento constitucional vigente, y la hipotética lesión a derechos constitucionales no exhiben el daño o lesión actual o inminente exigido por el rito. Evidenciando que como cuestión jurídica opinable claramente excede . . . Ver
61/19AMPARO. ACCION DE AMPARO. COMPETENCIA DE LA CORTE.Hechos: José Eduardo RIVAS CHEHIN, interpone acción de amparo en contra del Poder Ejecutivo Provincial, persiguiendo se revoque la Resolución Secretaria de Estado del Ambiente y Desarrollo Sustentable Nº 173, de fecha 02/Oct./18, en razón de que la misma revoca ilegitima, arbitraria y en forma tácita en sede administrativa, alegando la existencia de la concesión precaria del derecho, la . . . Ver
61/19AMPARO. ACCION DE AMPARO. COMPETENCIA DE LA CORTE. OBLIGACION DEL AMPARISTYA. PROCEDENCIA FORMAL DE LA PRETENSION IMPROCEDENCIA DE LA ACCION RAZONES DE MÉRITO, OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA, PROPIAS DEL EMISOR DEL ACTO.-Que dentro de las características intrínsecas de este proceso abreviado de la acción de amparo, ……….se impone como correlato de la actividad jurisdiccional en el mérito de la admisibilidad formal de la acción, que el amparista demuestre sin mayor esfuerzo el cercenamiento a sus derechos fundamentales, asimismo que de modo claro y manifiesto ponga evidencia en donde reside la ilegitimidad, . . . Ver
61/19PROCEDENCIA FORMAL DE LA PRETENSION. IMPROCEDENCIA DE LA ACCION RAZONES DE MÉRITO, OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA, PROPIAS DEL EMISOR DEL ACTO.-Ahora bien, ingresando a la consideración de la procedencia formal de la acción, se coligen dos cuestiones fundamentales a los fines de la procedencia formal de la pretensión, primero: que el amparista tenía pleno conocimiento que el derecho le fue discernido expresamente a titulo precario al momento de la notificación de la autorización conferida, por un plazo determinado, sin reconocerle . . . Ver
62/19ACCION DE AMPARO. EJERCICIO DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES DEL PODER ADMINISTRADOR EN MATERIA EDUCATIVA. IMPROCEDENCIA FORMAL DEL AMPARO.Hechos: Sres/as. Mabel del Valle Bustamante, Cintia Natalia Santillán, Nelly del Valle Mayoguisa, y otros, invocando la calidad de docentes, interponen acción de amparo en contra del Estado Provincial, Poder Ejecutivo y Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Catamarca, persigue se declare la nulidad de la Resolución Ministerial ECyT Nº 934, de fecha 01/Nov/18, . . . Ver
63/19ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. ADMISIBILIDAD FORMAL. IMPROPONIBILIDAD FORMAL DE LA ACCIÓN. IMPROCEDENCIA.Hechos: María Gabriela Tapia, interpone acción contencioso administrativa en contra de la Cámara de Diputados de la Provincia de Catamarca. Persigue se dejen sin efecto: los Decretos P.C.D.A. Nº 0062, de fecha 29/ene/2018 (fs. 20) y Decreto P.C.D.A. Nº 0486 de fecha 16/ago/2018 (fs. 21) que rechazan la solicitud de ingreso a la categoría Superior Técnico, prevista para el personal profesional . . . Ver