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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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46/18 | Acción de amparo- Ley 4642- Falta de provisión de medicamento por la obra social- Afectación de derechos constitucionales y supranacionales- Medida cautelar- Requisitos- Verosimilitud del derecho y peligro en la demora- Procedencia de la acción y de la medida solicitada. | Resulta formalmente la acción de amparo deducida por la afiliada de la Obra Social de los Empleados Públicos, pues lo que aparece como, “prima facie” vulnerado por la falta de provisión del medicamento para atender la enfermedad crónica y agresiva que padece, cuya provisión es indispensable para frenar su avance, es el derecho a la salud, comprendido dentro del derecho a la vida, que goza . . . | ||
184/09 | SOLVE ET REPETE Y DEFENSA EN JUICIO-DOCTRINA DE LA CSJN-TRATADOS INTERNACIONALES-CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD: REQUISITOS | Resulta congruente precisar que desde el caso “Microómnibus Barrancas de Belgrano” en adelante , la C.S.J.N. ha dejado en claro que cabe otorgarle al Art.8º, inc.1º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos –llamada “Pacto de San José de Costa Rica"- a la que el Art.75, inc.22, de la Constitución Nacional otorga jerarquía constitucional, un alcance equivalente al dado a la regla . . . | ||
14/18 | Recurso de Casación- Recaudos formales- Acordada 4070/08- Incumplimiento- Ausencia de requisitos básicos de viabilidad- Inoficiosidad de la presentación- Costas a la recurrente. | Resulta claramente inviable el recurso interpuesto por carecer de los requisitos básicos que debe contener el memorial de agravios, conforme lo exigido por la Acordada 4070/08 dictada por el Tribunal, por cuanto no se observó el número de reglones establecido como límite para cada página, no se ha precisado cuál es la norma erróneamente aplicada y cuál es la que pretende que rija el caso, . . . | ||
4/11 | FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- SOLICITUD DE CADUCIDAD DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO MEDIANTE ACCION DE AMPARO: IMPROCEDENCIA-FUNDAMENTO- ESFERA DE DECISIÓN DE OTRO PODER DEL ESTADO | Resulta absolutamente improcedente la acción de amparo que tiene por objeto la declaración de caducidad del Expediente Administrativo, por el cual tramita la solicitud del Sr. Jefe de Policía del pase a retiro obligatorio del actor y se lo desafecta preventivamente del servicio, pues, de admitirse, importaría el ejercicio de competencias que se encuentran en la esfera de decisión propia de otro . . . | ||
2/11 | EMPLEADO BANCARIO-DEMANDA LABORAL ORDINARIA- CONDUCTA CONTRADICTORIA- ALEGACION DE RELACION DE EMPLEO PÚBLICO: REQUISITOS- INVOCACION DE NORMAS DE DERECHO ADMINISTRATIVO- VIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA | Resulta palmaria la contradicción que comete el recurrente de al proponer una demanda invocando las normas de la ley 20.744 y echando mano a un procedimiento laboral regido por la ley 4799 para luego aducir, sin más, que se encontraba vinculado a la demandada mediante una relación de empleo público, pues en tal caso debió invocar las normas del derecho administrativo y recurrir a la vía contencioso . . . | ||
12/10 | FALTA DE REGISTRACION LABORAL-INTIMACION FEHACIENTE AL EMPLEADOR-EXIGENCIA DE REMISION DE COPIA A LA AFIP: IMPROCEDENCIA-FUNDAMENTOS-INAPLICABILIDAD DE LA REFORMA A LA LEY NACIONAL DE EMPLEO-IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY-INAPLICABILIDAD DEL REQUISITO PARA LA DUPLICACION DE LAS INDEMNIZACIONES-INDEMNIZACION DUPLICADA: IMPROCEDENCIA-FUNDAMENTO-DESPIDO POSTERIOR AL PLAZO PREVISTO EN LA NORMA-RECURSO DE CASACION: IMPROCEDENCIA | Respecto del reclamo por la indemnización del Art. 15 de la Ley Nº24.013, la Alzada confirma también el fallo de Primera Instancia que desestima dicha indemnización, con idéntico fundamento que en la anterior petición, es decir que el actor no procedió a remitir a la Administración Federal de Ingresos Públicos copia de la intimación realizada al empleador, conforme lo estable Art.47 de la . . . | ||
02/10 | EJECUCION FISCAL- MEDIDAS CAUTELARES-EFECTOS INTERRUPTIVOS DEL CURSO DE LA PRESCRIPCION-FUNDAMENTO-EQUIPARACION A LA DEMANDA-OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PRESCRIPTAS: DETERMINACION | Respecto del caso que nos ocupa, vale tener presente que, como obra en la causa una medida cautelar -embargo preventivo-, la misma debe tenerse en cuenta y ser considerada como acto judicial, equiparado a la “demanda”. En efecto, las medidas cautelares, como embargos, inhibiciones, que se promueven antes de la presentación de la demanda, son actos interruptivos de la prescripción porque . . . | ||
24/17 | Amparo por Mora de la Administración- Cuestión devenida Abstracta- Necesidad de promover acción del actor- Costas a la parte demandada. | Respecto de las costas discrepo con el primer voto y adhiero a la mayoría porque considero que deben ser impuestas a la parte demandada, por cuanto no obstante que la cuestión principal devino abstracta, en el caso cabe aplicar el principio general consagrado en la primera parte del Art.14 de la ley 4795, en razón de que la parte demandada al pronunciarse con posterioridad al requerimiento del . . . | ||
63/10 | DERECHO PUBLICO PROVINCIAL- VIABILIDAD DE LA ACCION DIRECTA O AUTONOMA DE INCONSTITUCIONALIDAD-FALTA DE LEGISLACION PROCESAL ESPECÍFICA-CUMPLIMIENTO DE LA MADA DEL ART. 39 DE LA CONSTITUCION PROVINCIAL-APLICACIÓN DEL PROCESO PREVISTO PARA LA ACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE PLENA JURISDICCION | Respecto al procedimiento que debe imprimirse al litigio –acción de inconstitucionalidad-, ante la ausencia de norma y en cumplimiento de la manda constitucional de que los jueces deben arbitrar las normas necesarias a fin de poner en movimiento el procedimiento que garantice los derechos de los habitantes de la provincia -Art.39 de la Constitución Provincial-, corresponde que se apliquen las normas . . . | ||
04/14 | ACCION DECLARATIVA O ABSTRACTA DE INCONSTITUCIONALIDAD-MEDIDAS PRECAUTORIAS- REQUISITOS; CUMPLIMIENTO; ADMISIBILIDAD; FUNDAMENTO | Respecto a la medida precautoria: Ampliando los fundamentos expuestos en el voto de la Dra. Sesto, respecto a la medida precautoria debo expresar que, como principio general, tales medidas son viables en cualquier tipo de juicio y, por lo tanto, aplicables a la acción declarativa de inconstitucionalidad o a cualquier otra acción de naturaleza abstracta; no pudiendo ser excluidas por ese motivo. Este . . . |
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