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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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20/19 | Ley de Estímulo Educativo- Denegación del pedido de aplicación- Recurso de Casación- Goce de Libertad Asistida- Declarar sin materia el recurso. | Hechos: El Juzgado de Ejecución Penal no hizo lugar al planteo de la defensa técnica del interno penado para la aplicación de la ley de estímulo educativo previsto en el art. 140 de la ley 24.660. Contra dicha resolución, la Defensora Oficial, interpuso recurso de casación por considerar que lo resuelto desconoce indebidamente el ámbito de aplicación del mencionado artículo que se aplica también . . . | ||
46/19 | ACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. ADMISIBILIDAD FORMAL PRIMA FACIE. | Hechos: Nadia Soledad Romero, incoa sendas acciones contencioso administrativas en contra de la Municipalidad de Valle Viejo. Persigue se deje sin efecto el Decreto CEDyT Nº 174/18 de fecha 31/05/2018, que dispone el pase a disponibilidad y posterior cesantía como personal de gabinete del Sistema de Educación municipal de Valle Viejo. Relata que era personal docente de planta permanente del . . . | ||
47/19 | AMPARO. ACCION DE AMPARO. COMPETENCIA DE LA CORTE | Hechos: Sr. Cristian Marcelo Fernández, interpone acción de amparo en contra de la Municipalidad de Valle Viejo. Persigue se deje sin efecto el Decreto del Departamento Ejecutivo OP Nº 322/18 -de fecha 17/Set/18, que dispone la instrucción de sumario administrativo al agente, que reviste en planta permanente Categoría 19, la suspensión sin limite de tiempo y retención de haberes. Y se condene . . . | ||
47/19 | AMPARO. ACCION DE AMPARO. COMPETENCIA DE LA CORTE.. OBLIGACION DEL AMPARISTA | Que dentro de las características intrínsecas de este proceso abreviado de la acción de amparo, …………se impone como correlato de la actividad jurisdiccional en mérito de la admisibilidad formal de la acción, que el amparista, mediante la alegación de los hechos y aportación de las pruebas pertinentes, demuestre sin mayor esfuerzo el cercenamiento de sus derechos fundamentales, asimismo . . . | ||
47/19 | AMPARO. ACCION DE AMPARO. COMPETENCIA DE LA CORTE.. OBLIGACION DEL AMPARISTA. ADMISIBILIDAD FORMAL Y DOCTRINA LEGAL DE LA CORTE. SUSPENSION SINE DIE | Que, respecto al primer agravio debe señalarse que del análisis fáctico y jurídico de las disposiciones contenidas en el instrumento citado, se evidencia que como investigación de una supuesta actividad resultante de la conducta atribuida al administrado- conforme dan cuenta las actuaciones glosadas al expediente, se emite el instrumento cuestionado que dispone la apertura de la instrucción . . . | ||
47/19 | AMPARO. ACCION DE AMPARO. COMPETENCIA DE LA CORTE.. OBLIGACION DEL AMPARISTA. ADMISIBILIDAD FORMAL Y DOCTRINA LEGAL DE LA CORTE. SUSPENSION SINE DIE | Ahora bien, y en orden a que el acto en crisis se escinde perfectamente en dos artículos como se ha señalado, se impone el examen del segundo agravio de parte, en tanto se refiere a “la suspensión sine die de haberes a partir del 03/Set/18”, con las consecuencias que ello trae aparejado. De lo que resulta, que hasta tanto la administración no decida culminar con el sumario, mantiene al . . . | ||
48/19 | AMPARO .ACCIÓN DE AMPARO POR MORA" .COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA | Hechos: Eduardo A. Depetris promueve Acción de Amparo por Mora de la Administración. Invoca el carácter de peticionante junto a 15 vecinos más en gestión administrativa presentada ante la demandada con fecha día 24/01/2017 que dio origen al Expte. Nº PC 00505 D- 17 en el que se refleja que la causa lleva 679 días de trámite sin resolver el planteo efectuado. Que ante el constante silencio . . . | ||
48/19 | AMPARO .ACCIÓN DE AMPARO POR MORA" .COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA. LEGITIMACION ACTIVA Y LEGITIMACION PASIVA. | Para iniciar la Acción de Amparo por Mora, se encuentra legitimado, quien es parte en un procedimiento administrativo, es decir, quien ostente un derecho subjetivo o un interés administrativo. Se entiende, quien es parte en ese procedimiento tiene un derecho subjetivo a que la Administración dictamine, informe y resuelva. (“Amparo por Mora de la Administración Pública” -Creo BayEdición . . . | ||
48/19 | AMPARO .ACCIÓN DE AMPARO POR MORA" .COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA. LEGITIMACION ACTIVA. LEGITIMACION PASIVA Y LEGITIMACION PASIVA. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD FORMAL | Asimismo, para la admisibilidad debe existir un estado objetivo de mora administrativa y el procedimiento administrativo debe encontrarse vigente. Corresponde entonces, distinguir la situación jurídica que se genera ante el silencio de la administración según se trate de la vía reclamativa o recursiva.- | ||
48/19 | AMPARO .ACCIÓN DE AMPARO POR MORA" .COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA. LEGITIMACION ACTIVA Y LEGITIMACION PASIVA. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD FORMAL COMPUTO DE LOS PLAZOS. VIA RECLAMATIVA. VIA RECURSIVA. | En la vía reclamativa, frente a una petición del administrado, el mero transcurso del plazo de noventa días corridos -art.165 Constitución Provincial-, no convierte al silencio en denegatoria tácita, ni son computables los plazos del art.118 CPA que solo rige en la vía recursiva. Es decir, el reclamante conserva el derecho de obtener un pronunciamiento expreso de la administración, a través . . . |
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