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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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194/15 | Regulación de Honorarios-J s/ M-Apoderadas del Estado Pcial- Art. 6º incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11. | Regulación de Honorarios-J s/ M-Apoderadas del Estado Pcial- Art. 6º incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11. | ||
193/15 | Regulación de Honorarios-J s/ M-Apoderadas del Estado Pcial- Art. 6º incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11. | Regulación de Honorarios-J s/ M-Apoderadas del Estado Pcial- Art. 6º incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11. | ||
192/15 | Regulación de Honorarios-J s/ M-Apoderadas del Estado Pcial- Art. 6º incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11. | Regulación de Honorarios-J s/ M-Apoderadas del Estado Pcial- Art. 6º incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11. | ||
191/16 | ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- RECURSO DE REPOSICIÓN- AUSENCIA DE SENTENCIA QUE DETERMINE LA EXISTENCIA O NO DEL DERECHO DE RECOMPOSICIÓN DE LA PENSIÓN RECLAMADA- IRRELEVANCIA DE LA PRUEBA PERICIAL CONTABLE EN LA INSTANCIA PROCESAL EN CURSO- RECHAZO DEL RECURSO. | Corresponde rechazar el recurso de reposición interpuesto por la actora, ya que el resultado del contradictorio en curso y -en su caso- la procedencia de la recomposición del haber de pensión impetrada, objeto de la prueba pericial sub discussio, dependerá en definitiva del análisis y fallo de la cuestión sustancial traída a conocimiento de este Máximo Tribunal. Ergo, de la procedencia . . . | ||
191/15 | Regulación de Honorarios-J s/ M-Apoderadas del Estado Pcial- Art. 6º incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11. | Regulación de Honorarios-J s/ M-Apoderadas del Estado Pcial- Art. 6º incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11. | ||
190/15 | Regulación de Honorarios-J s/ M-Apoderadas del Estado Pcial- Art. 6º incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11. | Regulación de Honorarios-J s/ M-Apoderadas del Estado Pcial- Art. 6º incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11. | ||
19/22 | TRATO DIGNO - SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL - GÉNERO | 1- La demandada cuestiona esencialmente la gravedad de la injuria. Señala una conducta laboral contradictoria en relación a la falta de baños, en tanto transcurrieron nueve años del vínculo laboral en idénticas condiciones y sin quejas por parte de la trabajadora. Invoca a su favor la existencia de pruebas cuya valoración fue omitida por la magistrada de origen, como la habilitación municipal . . . | ||
19/22 | 2- Es de tener en cuenta que cada suspensión (más allá de sus motivos) implica una conducta que desestabiliza la autoestima de la trabajadora y su posición social frente a la empresa y a sus compañeros. El reclamo de la empleada impone analizar la conducta patronal en los términos del art. 65 de la LCT pues, en el ejercicio de sus facultades de dirección, sus órdenes deben atender tanto . . . | |||
19/22 | 3- Se trata aquí -también- de una trabajadora que por su condición de género exhibe además una vulnerabilidad tal, que el propio legislador dedicó un capítulo de la Ley de Contrato de Trabajo a contemplarla.Desde este prisma, exponerla a un reclamo persistente por la falta de sanitarios y sancionarla por afrontar condiciones vergonzantes para sortear tal carencia, indudablemente se contrapone . . . | |||
19/21 | APELACIÓN EN SUBSIDIO – NO SE REQUIERE NUEVA EXPRESIÓN DE AGRAVIOS- RECHAZO DEL RECURSO | APELACIÓN EN SUBSIDIO – NO SE REQUIERE NUEVA EXPRESIÓN DE AGRAVIOS- RECHAZO DEL RECURSO |
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