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Nro SentVocesTextoMateria 
13/19ACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. DECRETO MUNICIPAL QUE DISPONE CESANTIA. COMPETENCIA. ADMISIBILIDAD FORMAL. PREPARACION DE LA VIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. MEDIDA CAUTELAR. REQUISITOS DE PROCEDENCIA.En cuanto a la petición de medida cautelar efectuada por el actor, de reingreso a su puesto de trabajo, conforme a la pacifica jurisprudencia de este Tribunal, en sus diferentes integraciones, las medidas tendientes a suspender los efectos de leyes o actos administrativos debe juzgarse con criterio sumamente restricto en atención a la presunción de legitimidad y ejecutoriedad que ampara a los . . . Ver
14/19ACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. RECURSO DE RECONSIDERACION. IMPROCEDENCIA.Hechos: Comparece la parte actora interponiendo recurso de reconsideración en contra del proveído de fs.479, que tiene por cumplido y contestado su pedido de ampliación de pericia contable. Argumenta que la providencia impugnada conlleva denegación al derecho a verter dicha probanza, pues la pericia no dictaminó respecto a todos los actores sino solamente respecto a uno de ellos, como lo . . . Ver
15/19S/ EXCUSACIÓN FORMULADA POR EL SR. MINISTRO, DR. CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIOS/ EXCUSACIÓN FORMULADA POR EL SR. MINISTRO, DR. CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO  Ver
16/19S/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL SR. RODOLFO SANTILLAN, EN SU CARÁCTER DE INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCASTI Y LOS SRES/AS. VILMA DE LAS NIEVES LEIVA Y OTRO/ASS/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL SR. RODOLFO SANTILLAN, EN SU CARÁCTER DE INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ANCASTI Y LOS SRES/AS. VILMA DE LAS NIEVES LEIVA Y OTRO/AS  Ver
18/19AMPARO. ACCIÓN DE AMPARO COLECTIVO. COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIAHechos: La parte actora, usuarios del servicio de energía eléctrica interponen acción de amparo colectivo en contra del Ente Regulador de Servicios Públicos y Otras Concesiones de la provincia de Catamarca Persiguen se declare la nulidad absoluta e insanable de la Resolución EN.RE. Nº 008/18 de fecha 25/Ene/18, notificada el 27/Feb/18 día de publicación en el Boletín Oficial, que aprueba . . . Ver
18/19AMPARO. ACCIÓN DE AMPARO COLECTIVO. COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. OBLIGACION DEL AMPARISTA. INCUMPLIMIENTO.Que dentro de las características intrínsecas de este proceso abreviado de la acción de amparo, que tiende a la comprobación fácil y rápida de los intereses difusos conculcados, se impone como correlato de la actividad jurisdiccional en mérito de la admisibilidad formal de la acción, que el amparista demuestre sin esfuerzo el cercenamiento de sus derechos fundamentales, asimismo que de . . . Ver
19/19AMPARO. ACCIÓN DE AMPARO POR MORA. COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA.Hechos: Comparece el Dr. Luis Eduardo Tomassi en representación de la Sra. María Eugenia Madueño, y promueve acción de Amparo por Mora de la Administración. Invoca el carácter de peticionante de su mandante en gestión administrativa respecto al reclamo administrativo que tramita en Expte. Nº 2705, Letra “M” Folio 689 ingresado en fecha 19/03/2018 donde solicita el reintegro de sumas . . . Ver
19/19AMPARO. ACCIÓN DE AMPARO POR MORA. COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA. LEGITIMACION ACTIVA Y LEGITIMACION PASIVA.Para iniciar la Acción de Amparo por Mora, se encuentra legitimado, quien es parte en un procedimiento administrativo, es decir, quien ostente un derecho subjetivo o un interés administrativo. Se entiende, quien es parte en ese procedimiento tiene un derecho subjetivo a que la Administración dictamine, informe y resuelva. (“Amparo por Mora de la Administración Pública” -Creo Bay- Edición . . . Ver
19/19AMPARO. ACCIÓN DE AMPARO POR MORA. COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA. LEGITIMACION ACTIVA. LEGITIMACION PASIVAY LEGITIMACION PASIVA. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD FORMAL.Asimismo, para la admisibilidad debe existir un estado objetivo de mora administrativa y el procedimiento administrativo debe encontrarse vigente. Corresponde entonces, distinguir la situación jurídica que se genera ante el silencio de la administración según se trate de la vía reclamativa o recursiva.-  Ver
19/19AMPARO. ACCIÓN DE AMPARO POR MORA. COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA. LEGITIMACION ACTIVA Y LEGITIMACION PASIVA. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD FORMAL COMPUTO DE LOS PLAZOS. VIA RECLAMATIVA. VIA RECURSIVA.En la vía reclamativa, frente a una petición del administrado, el mero transcurso del plazo de noventa días corridos -art.165 Constitución Provincial-, no convierte al silencio en denegatoria tácita, ni son computables los plazos del art.118 CPA que solo rige en la vía recursiva. Es decir, el reclamante conserva el derecho de obtener un pronunciamiento expreso de la administración, a través . . . Ver