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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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199/15 | ADMISIBILIDAD FORMAL DE LA ACCIÓN-(Objeto: se declare ilegal, arbitraria e inconstitucional la Resolución Interna Nº 411/15, de fecha 12/Mar/15, dictada por el Jefe de Policía de la Provincia, en Expte. Letra “D” Nº 5230/15, cuya parte dispositiva resuelve: solicitar la baja de la actora de las filas de la institución y disponer preventivamente y hasta tanto quede firme la resolución, la suspensión de sus haberes. el acto y/o hecho del agente policial que sirve de fundamento al mismo, ha sido objeto de investigación penal y resuelto mediante Sentencia Nº001/15 -fs.13/14vta.- dictada por el Juez de Garantia de Tercera Nominación, disponiendo: el sobreseimiento total y definitivo de la actora-amparista por el hecho que se le atribuía.). | ADMISIBILIDAD FORMAL DE LA ACCIÓN-(Objeto: se declare ilegal, arbitraria e inconstitucional la Resolución Interna Nº 411/15, de fecha 12/Mar/15, dictada por el Jefe de Policía de la Provincia, en Expte. Letra “D” Nº 5230/15, cuya parte dispositiva resuelve: solicitar la baja de la actora de las filas de la institución y disponer preventivamente y hasta tanto quede firme la resolución, la . . . | ||
198/16 | HONORARIOS- BASES PARA SU REGULACIÓN- RECURSO DE REPOSICIÓN- CUESTIÓN LIBRADA AL PRUDENTE ARBITRIO JUDICIAL- RECHAZO DE LA REPOSICIÓN. | El recurso de reposición interpuesto por el profesional en contra de la sentencia en la que se regulan sus honorarios, por considerarlo exiguos en relación a la tarea desempeñada traducida en la calidad, extensión, éxito obtenido y monto del asunto o proceso., debe ser rechazado en función de que en los juicios con valor patrimonial, sobre la base proporcionada del contenido económico, debe . . . | ||
198/15 | ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN, COMPETENCIA Y LA ACCIÓN(Impugnación: nulidad del Decreto GyJ Nº(SES) Nº 2036/14, ratificado por Decreto GyJ (SES) Nº 44/15, que rechaza la solicitud se pago retroactivo de haberes como Sub Comisario, conforme a la antigüedad reconocida al momento de su ascenso). | ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN, COMPETENCIA Y LA ACCIÓN(Impugnación: nulidad del Decreto GyJ Nº(SES) Nº 2036/14, ratificado por Decreto GyJ (SES) Nº 44/15, que rechaza la solicitud se pago retroactivo de haberes como Sub Comisario, conforme a la antigüedad reconocida al momento de su ascenso). | ||
197/16 | MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA AUTOSATISFACTIVA- CARÁCTER RESTRICTIVO- PRESUNCIÓN DE LEGITIMIDAD Y EJECUTORIEDAD DE LOS ACTOS EMANADOS DE LOS PODERES PÚBLICOS REQUISITOS PROPIOS- INCUMPLIMIENTO- IMPROCEDENCIA- DESETIMACIÓN. | La cautelar solicitada por la peticionante no resulta de recibo, porque además de que existen diferencias entre la medida cautelar autosatisfactiva y la medida cautelar autónoma, es pacifica la jurisprudencia de éste Superior Tribunal en el sentido de considerar que las medidas tendientes a suspender los efectos de leyes o actos administrativos debe juzgarse con criterio sumamente restrictivo . . . | ||
197/15 | ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN, COMPETENCIA Y LA ACCIÓN-(Impugnación: ilegitimidad del acto de denegatoria tácita, respecto del pedido formulado el 31/Oct/13, a efectos de que se liquide y pague las sumas de dinero que se le adeudan en concepto de adicionales establecidos por los Arts.16,17, 18 y 20 de la Ley 5333.) | ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN, COMPETENCIA Y LA ACCIÓN-(Impugnación: ilegitimidad del acto de denegatoria tácita, respecto del pedido formulado el 31/Oct/13, a efectos de que se liquide y pague las sumas de dinero que se le adeudan en concepto de adicionales establecidos por los Arts.16,17, 18 y 20 de la Ley 5333.) | ||
196/17 | Acción de Amparo- Requisitos- Solicitud de cobertura de medicamento- Derechos a la vida y la salud- Medidas Cautelares- Recaudos exigidos- Cumplimiento- Procedencia de la acción de cautelar peticionados | Corresponde hacer lugar a la acción entablada en contra de la OSEP, a los fines de que la obra social brinde al afiliado la cobertura total del medicamento que le resulta imprescindible para atender la patología que padece, pues se encuentran acreditados los requisitos necesarios para declarar la procedencia formal de la acción, por cuanto el proceder de autoridad publica -prima facie valorada- . . . | ||
196/16 | CONFLICTO LABORAL- DECLINACIÓN DEL JUZGADO LABORAL- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD –INCUMPLIMIENTO- AUSENCIA DE AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA PREVIA- EXTEMPORANEIDAD DE LA PRESENRTACIÓN- DEMANDA FORMALMENTE INADMISIBLE. | Tratándose de la declinación de competencia efectuada por el Juzgado de Trabajo de Primera Instancia y Tercera Nominación, resuelta mediante Sentencia Interlocutoria, para entender en la demanda instaurada por el actor en contra de la Municipalidad de Capayán, persiguiendo el pago de diferencias salariales derivadas de la relación de empleo público y la fijación de indemnización derivada . . . | ||
196/15 | ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN, COMPETENCIA Y LA ACCIÓN-(Impugnación: ilegitimidad del acto de denegatoria tácita, respecto del pedido formulado el 31/Oct/13, a efectos de que se liquide y pague las sumas de dinero que se le adeudan en concepto de adicionales establecidos por los Arts.16,17, 18 y 20 de la Ley 5333.) | ADMISIBILIDAD PRIMA FACIE DE LA JURISDICCIÓN, COMPETENCIA Y LA ACCIÓN-(Impugnación: ilegitimidad del acto de denegatoria tácita, respecto del pedido formulado el 31/Oct/13, a efectos de que se liquide y pague las sumas de dinero que se le adeudan en concepto de adicionales establecidos por los Arts.16,17, 18 y 20 de la Ley 5333.) | ||
195/16 | CONFLICTO DE PODERES- EXIGUIDAD DE PLAZOS- REPOSICIÓN IN EXTREMIS-CREACIÓN PRETORIANA-PROCEDENCIA EXCEPCIONAL Y RESTRINGIDA- IMPROCEDENCIA DE LOS AGRAVIOS- TEORÍA DE LA REPRESENTACIÓN APLICABLE AL CASO CONCRETO Y A LAS COSTAS RECHAZO DE LA REPOSICIÓN IN EXTREMIS INTERPUESTA. COSTAS AL APODERADO POR ACTUACIÓN NEGLIGENTE. | La reposición “in extremis” es un recurso que tiene el carácter excepcional y restrictivo, pues se trata de un remedio extremo originariamente generado para impedir injusticias flagrantes producidas por resoluciones irrecurribles dictadas, en principio, por tribunales de máxima instancia, luego extendidas a los de grado, tendiente a remediar los yerros judiciales groseros que ocasionan gravámenes . . . | ||
194/16 | ACCIÓN DE LESIVIDAD. MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CORTE PRIMA FACIE- AUSENCIA DE REGULACIÓN ESPECÍFICA DE LA ACCIÓN INTERPUESTA- APLICACIÓN DE LAS NORMAS DEL CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A LA CUESTIÓN PLANTEADA CORRESPONDIENTES A LA ACCIÓN DE PLENA JURISDICCIÓN (ART. 39 C.P.)- | Corresponde declarar prima facie la jurisdicción y competencia del Tribunal para entender en los presentes autos, pues la materia sobre la que versa la acción interpuesta tiene un corte esencialmente administrativo, ya que persigue la anulación de actos dictados por la propia Administración, instituto legislado por el Art.32 de la Ley 3559 “Código de Procedimientos Administrativos”, . . . |
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