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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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2/11 | AGENTE MUNICIPAL-BAJA DEL AGENTE-AMPARO:PLAZO DE INTERPOSICION:COMPUTO-INEXISTENCIA DE NOTIFICACION FORMAL-TOMA DE CONOCIMIENTO DEL ACTO LESIVO:ALCANCES-PLANTEO EXTEMPORÁNEO-RECHAZO DE LA ACCION | Corresponde precisar, antes de entrar al tratamiento de la cuestión de fondo, si esta acción ha sido deducida en tiempo oportuno. Dicha cuestión asume especial significación, pues se sabe que una acción como la impetrada debe interponerse en un plazo breve de caducidad, por lo que constituyendo éste un presupuesto de admisibilidad de la acción, se justifica su tratamiento prioritario. Consecuentemente . . . | ||
2/11 | EMPLEADO BANCARIO-DEMANDA LABORAL ORDINARIA- CONDUCTA CONTRADICTORIA- ALEGACION DE RELACION DE EMPLEO PÚBLICO: REQUISITOS- INVOCACION DE NORMAS DE DERECHO ADMINISTRATIVO- VIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA | Resulta palmaria la contradicción que comete el recurrente de al proponer una demanda invocando las normas de la ley 20.744 y echando mano a un procedimiento laboral regido por la ley 4799 para luego aducir, sin más, que se encontraba vinculado a la demandada mediante una relación de empleo público, pues en tal caso debió invocar las normas del derecho administrativo y recurrir a la vía contencioso . . . | ||
2/11 | EMPLEO BANCARIO-NATURALEZA DE LA RELACION LABORAL CON EL BANCO PROVINCIAL-LEY PROVINCIAL-REMISION A LA LCT Y AL CCT QUE RIGE LA ACTIVIDAD-APLICACIÓN SUBSIDIARIA-REGIMEN JURIDICO DEL EMPLEO PÚBLICO: INAPLICABILIDAD | Cabe apuntar, en relación a la naturaleza pública de la relación que vinculara al actor con el Banco demandado, la expresa remisión que efectúa la ley 4313, en cuanto dispone que, para todo aquello que no se encontrare previsto en esa ley, será de aplicación subsidiaria el régimen general de la ley de contrato de trabajo y la convención colectiva de trabajo que rige la actividad bancaria. De . . . | ||
2/11 | DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO-TRABAJO BANCARIO-SUBTIPO CONTRACTUAL ESPECIAL-REGIMEN JURIDICO-ESTABILIDAD PROPIA: DEROGACION-REFORMA LEGISLATIVA: FINALIDAD-LEGISLACION PROVINCIAL POSTERIOR –MANTENCION DEL REGIMEN DE ESTABILIDAD-DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD EN LAS INSTANCIAS DE GRADO-FUNDAMENTO-PRECEDENTE DE LA CSJN-REGIMEN DE ESTABILIDAD ABSOLUTA - CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD: EFECTOS- | Se ha llegado a decir que en nuestro derecho individual del trabajo uno de los subtipos contractuales particulares o especiales era el del trabajo bancario, como se lo denominaba con precisión en el art. 3 de la ley 12.637, la que creó un sistema que subsistió hasta ser definitivamente eliminado a partir de la sanción de la ley 22.425, que persiguió como uno de sus propósitos racionalizar y . . . | ||
2/11 | SOLUCIONES LEGISLATIVAS- CONTROL JUDICIAL DEL ACIERTO ERROR MERITO O CONVENIENCIA: LA IMPROCEDENCIA COMO REGLA | “El acierto o error, el mérito o la conveniencia de las soluciones legislativas, no son puntos sobre los que al Poder Judicial quepa pronunciarse. Sólo casos que trascienden ese ámbito de apreciación para internarse en el campo de lo irrazonable, inicuo o arbitrario habilitan la intervención de los jueces”. (fallos Corte: 308:1361) | ||
2/11 | BANCO PROVINCIAL-ENTIDAD AUTARQUICA CONSTITUIDA COMO EMPRESA DEL ESTADO- DESEMPEÑO DE FUNCIONES DE DIRECCION O CONDUCCION EJECUTIVA-FUNCIONARIOS PUBLICOS-AGENTES DE INFERIOR JERARQUIA DE LAS EMPRESAS ESTATALES-RELACION LABORAL REGIDA POR EL DERECHO PRIVADO-SUBTIPO DE LA LCT-INAPLICABILIDAD DEL REGIMEN DE EMPLEO PUBLICO | En el caso, la solución que propongo no puede seguir la línea argumental que plantea el recurrente y que gira en torno al vínculo de dependencia que tenía el Banco de Catamarca con el Estado Provincial, el que hacía nacer en los agentes del mismo la condición de ser empleados públicos- con derecho a la estabilidad absoluta-, más tratándose según afirma, de una entidad autárquica constituida . . . | ||
2/11 | BANCO PROVINCIAL-ENTIDAD AUTARQUICA CONSTITUIDA COMO EMPRESA DEL ESTADO- AGENTES DE INFERIOR JERARQUIA DE LAS EMPRESAS ESTATALES-RELACION LABORAL REGIDA POR EL DERECHO PRIVADO-SUBTIPO DE LA LCT-INAPLICABILIDAD DEL REGIMEN DE EMPLEO PUBLICO- DEMANDA LABORAL ORDINARIA- CONDUCTA CONTRADICTORIA- ALEGACION DE RELACION DE EMPLEO PUBLICO: IMPROCEDENCIA - RECURSO DE CASACION:IMPROCEDENCIA | Descartada la premisa de la que parte el recurrente de calificar la relación como de derecho público y de la pretensión de aplicar principios propios del mismo, vuelvo una vez más sobre la contradicción que he marcado al comienzo de este voto, para señalar lo inaceptable que encuentro accionar en función de un plexo normativo de derecho privado, donde la estabilidad es impropia o relativa, en . . . | ||
2/11 | JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- IMPUGNACION DE TRIBUTOS- SENTENCIA QUE ORDENA EL PAGO PREVIO COMO REQUISITO DE ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA- RECHAZO DEL PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS NORMAS LOCALES-RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL POR EXCESIVO RIGORISMO FORMAL: INADMISIBILIDAD FORMAL- FUNDAMENTO-AGRAVIOS GENERICOS-INEXISTENCIA DE CUESTION FEDERAL SUFICIENTE | Comparece la parte actora por intermedio de apoderados incoando recurso extraordinario federal en los términos del Art.14 de la Ley Nº48, alegando arbitrariedad por excesivo rigorismo formal, en contra de la Sentencia Interlocutoria Nº68/10 dictada por esta Corte de Justicia, que resuelve no hacer lugar al planteo de inconstitucionalidad del Art.8 del CCA y del Art.113 de la Ley Nº5022. La recurrente . . . | ||
2/11 | JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- IMPUGNACION DE TRIBUTOS- SENTENCIA QUE ORDENA EL PAGO PREVIO COMO REQUISITO DE ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA- RECHAZO DEL PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS NORMAS LOCALES-RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL: INADMISIBILIDAD FORMAL-FUNDAMENTO-RESPETO DEL DERECHO DE ACCESO A LA JURISDICCION Y DE DEFENSA EN JUICIO-RESOLUCION SOBRE CUESTIONES DE DERECHO PROCESAL LOCAL-INSUFICIENCIA DE LOS GRAVIOS- | Comparece la parte actora por intermedio de apoderados incoando recurso extraordinario federal en los términos del Art.14 de la Ley Nº48, alegando arbitrariedad por excesivo rigorismo formal, en contra de la Sentencia Interlocutoria Nº68/10 dictada por esta Corte de Justicia, que resuelve no hacer lugar al planteo de inconstitucionalidad del Art.8 del CCA y del Art.113 de la Ley Nº5022. El . . . | ||
199/16 | RECURSO DE APELACIÓN- DECLINACIÓN DE COMPETENCIA DE TRIBUANL INFERIOR DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN- DEFICIENCIAS FORMALES DE LA DEMANDA- IMPROCEDENCIA- IMPROPONIBILIDAD OBJETIVA DE LA PRESENTACIÓN- RECHAZO IN LIMINE. | Corresponde rechazar “in limine” la demanda interpuesta ante un tribunal de inferior jerarquía y de extraña jurisdicción que declinó su competencia y ordenó la remisión de las actuaciones, las que quedaron radicadas en ésta Corte, toda vez que si bien involucra cuestiones de derecho público, derecho administrativo estricto sensu, por lo que en principio sería de competencia de este . . . |
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