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Nro SentVocesTextoMateria 
31/18Acción de amparo promovida por la omisión de la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) en la entrega de medicación oncológica. Medida cautelar ordenando que la Obra Social de los Empleados Públicos suministre medicamentos. Medida de mejor proveer. Informe circunstanciado. La acción de amparo es particularmente pertinente en materias relacionadas con la preservación de la salud y la integridad física. Se ratifica doctrina del Tribunal cimero, que es atendible e imprescindible ejercer la medida excepcional para la salvaguarda del fundamental derecho a la vida y a la salud.- Se acoge la acción. Costas a la accionada .(art.17 Ley Nº 4642).Acción de amparo promovida por la omisión de la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) en la entrega de medicación oncológica. Medida cautelar ordenando que la Obra Social de los Empleados Públicos suministre medicamentos. Medida de mejor proveer. Informe circunstanciado. La acción de amparo es particularmente pertinente en materias relacionadas con la preservación de la salud y la integridad . . . Ver
32/18Acción de Amparo por Mora en contra de la Subsecretaria de Recursos Humanos. Amparista, víctima de accidente de trabajo, reclama el pago de intereses en relación a la suma ya abonada por el Estado con carácter indemnizatorio.-La agente presenta reclamo administrativo ante la Subsecretaria de Recursos Humanos y posterior Pronto Despacho, sin que la Administración se haya expedido. Trámite de catorce meses sin dar respuesta positiva o negativa a la petición de la ocurrente. Corresponde declarar la mora objetiva de la Administración una vez transcurrido un plazo razonable, que habilita esta acción. Con costas a la demandada art.13 de la Ley 4795.-Acción de Amparo por Mora en contra de la Subsecretaria de Recursos Humanos. Amparista, víctima de accidente de trabajo, reclama el pago de intereses en relación a la suma ya abonada por el Estado con carácter indemnizatorio.-La agente presenta reclamo administrativo ante la Subsecretaria de Recursos Humanos y posterior Pronto Despacho, sin que la Administración se haya expedido. Trámite de catorce . . . Ver
33/18Acción de Amparo por Mora en contra del Ministerio de Educación - Docente de música es puesto en disponibilidad por cambios en la estructura curricular en el año 2013-Interpone reclamo administrativo ante el Ministerio del área. La Administración requerida no resolvió el reclamo interpuesto por el accionante, ni tampoco se dignó a evacuar el informe requerido por esta Corte. Conforme Art. 11 de la Ley 4795. se declara sin más la mora de la Administración –Se considera acreditada la Existencia una situación objetiva de demora administrativa en cumplir con el deber de expedirse en un plazo razonable. Art 2° Ley Nº 4795. Se hace lugar al Amparo por Mora interpuesto. Costas a la demandada.Acción de Amparo por Mora en contra del Ministerio de Educación - Docente de música es puesto en disponibilidad por cambios en la estructura curricular en el año 2013-Interpone reclamo administrativo ante el Ministerio del área. La Administración requerida no resolvió el reclamo interpuesto por el accionante, ni tampoco se dignó a evacuar el informe requerido por esta Corte. Conforme Art. 11 . . . Ver
34/18Acción de amparo en contra de la Municipalidad de La Puerta de San José (Dpto. Belén) por haberse dispuesto la suspensión preventiva de la agente, sin goce de sueldo, hasta la culminación del sumario.-Informe circunstanciado. La procedencia de esta acción se configura por haber transcurrido un tiempo extremadamente prolongado sin resolver la situación de la actora, que provoca un daño. La suspensión sine die de un agente sin haber resuelto la situación en un plazo razonable, es una conducta arbitraria e ilegal. La reclamación de los haberes dejados de percibir desde la suspensión en funciones expuesto en el punto I, del escrito de demanda y no reiterado en la petición, ello no es procedente.- Por su objeto, el amparo no es la vía correcta para dilucidar cuestiones salariales adeudadas por existir y estar obligados a ventilarlas por las vías ordinarias.- Por mayoría de votos se hace lugar a la Acción interpuesta ordenándose reintegrar a la actora a sus funciones y cargo con anterioridad a la notificación del inicio del sumario y suspensión de funciones y haberes. Con costas a la demandada (art.17 Ley Nº 4642).-Acción de amparo en contra de la Municipalidad de La Puerta de San José (Dpto. Belén) por haberse dispuesto la suspensión preventiva de la agente, sin goce de sueldo, hasta la culminación del sumario.-Informe circunstanciado. La procedencia de esta acción se configura por haber transcurrido un tiempo extremadamente prolongado sin resolver la situación de la actora, que provoca un daño. La . . . Ver
35/18Acción de Amparo en contra de la Policía de la Provincia de Catamarca. Acto lesivo: orden del día que, desafecta de un servicio y ordena la prestación de otro en forma obligatoria. Afectación del derecho a la salud, procreación y familia. La normativa legal de esta acción, exige que el acto provoque o genere una lesión o amenaza, actual o inminente, pero concreta. Ausencia de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta. El estado Policial presupone el sometimiento a las normas de fondo y de forma que estructura la institución Policial. La denominada “relación de especial sujeción” Se rechaza la acción por mayoría de votos.Acción de Amparo en contra de la Policía de la Provincia de Catamarca. Acto lesivo: orden del día que, desafecta de un servicio y ordena la prestación de otro en forma obligatoria. Afectación del derecho a la salud, procreación y familia. La normativa legal de esta acción, exige que el acto provoque o genere una lesión o amenaza, actual o inminente, pero concreta. Ausencia de arbitrariedad . . . Ver
36/18Amparo por Mora de la Administración, en contra de Municipalidad. Trabajador procura que Ente Municipal emita pronunciamiento sobre la reincorporación a sus tareas habituales.- Amparo por mora: finalidad y naturaleza jurídica. Negación material de tareas. Mero informe verbal. Vías de hecho. Impugnación de las vías de hecho: Ley Nacional Nº 19549; Ley Provincial Nº 3959 (CPA)- Acogimiento de la acción.-Amparo por Mora de la Administración, en contra de Municipalidad. Trabajador procura que Ente Municipal emita pronunciamiento sobre la reincorporación a sus tareas habituales.- Amparo por mora: finalidad y naturaleza jurídica. Negación material de tareas. Mero informe verbal. Vías de hecho. Impugnación de las vías de hecho: Ley Nacional Nº 19549; Ley Provincial Nº 3959 (CPA)- Acogimiento . . . Ver
37/18Acción Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción en contra del Estado Provincial- Solicitud de Nulidad de Decreto que revoca incorporación a Planta Permanente.- Excepción de Incompetencia.-El agotamiento de la vía administrativa, como condición inexcusable para habilitar la Competencia revisora de la Corte.- Su fundamento en la división de poderes. Procedimiento para agotar la vía administrativa. Acto que causa estado - Acto firme o consentido. Distinción. Acogimiento de la Excepción opuesta. Rechazo de la acción.-Acción Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción en contra del Estado Provincial- Solicitud de Nulidad de Decreto que revoca incorporación a Planta Permanente.- Excepción de Incompetencia.-El agotamiento de la vía administrativa, como condición inexcusable para habilitar la Competencia revisora de la Corte.- Su fundamento en la división de poderes. Procedimiento para agotar la vía . . . Ver
38/18Acción de amparo contra (OSEP) por omisión de pronunciamiento a reclamo de cobertura de la provisión de un medicamento que no se produce ni comercializa en el país.Acción de amparo contra (OSEP) por omisión de pronunciamiento a reclamo de cobertura de la provisión de un medicamento que no se produce ni comercializa en el país.  Ver
38/18Admisibilidad formal. Rechazo de Medida Cautelar. Informe circunstanciado de antecedentes del caso. Informe de resolución denegatoria del reclamo, previa a la promoción de la acción en plazo razonable. Falta de concurrencia de las razones fundantes de la acción. La vía elegida, no resulta hábil. Rechazo de la acción por mayoría de votos.Admisibilidad formal. Rechazo de Medida Cautelar. Informe circunstanciado de antecedentes del caso. Informe de resolución denegatoria del reclamo, previa a la promoción de la acción en plazo razonable. Falta de concurrencia de las razones fundantes de la acción. La vía elegida, no resulta hábil. Rechazo de la acción por mayoría de votos.  Ver
39/18AMPARO. ACCION DE AMPARO. DEMANDA DE COBERTURA A OBRA SOCIALLos actores, en nombre y representación de su hijo menor promueven Acción de Amparo en contra de la OSEP para, que se provea urgente al menor "la cobertura asistencial integral de implante coclear y la cobertura de la cirugía necesaria para su implante quien padece hipoacusia neurosensorial bilateral profunda. Que de una interconsulta realizada se concluyó que el único tratamiento para el menor . . . Ver