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Nro SentVocesTextoMateria 
196/17Acción de Amparo- Requisitos- Solicitud de cobertura de medicamento- Derechos a la vida y la salud- Medidas Cautelares- Recaudos exigidos- Cumplimiento- Procedencia de la acción de cautelar peticionadosCorresponde hacer lugar a la acción entablada en contra de la OSEP, a los fines de que la obra social brinde al afiliado la cobertura total del medicamento que le resulta imprescindible para atender la patología que padece, pues se encuentran acreditados los requisitos necesarios para declarar la procedencia formal de la acción, por cuanto el proceder de autoridad publica -prima facie valorada- . . . Ver
23/17Acción Contencioso Administrativa- Cuestionamientos a las evaluaciones psicológicas- Procedencia del retiro por invalidez- Principio de Irrevisibilidad de los actos administrativos- Inexistencia de excepciones- Aplicación del Principio de Buena Fe – No afectación de derechos y garantías constitucionales de la actora- Rechazo de la acción.Corresponde el rechazo de la Acción Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción interpuesto por la actora por medio de la cual solicita se declare la nulidad del Decreto del Poder Ejecutivo GyJ Nº 428/14 por el que se rechaza el Recurso Jerárquico en contra de la Resolución de Jefatura de Policía Nº 1548/12 y se dispone su retiro obligatorio por invalidez , cuestionando en su presentación . . . Ver
31/15OMISIÓN DE LA SECRETARÍA DE ACTUACIÓN-INCUMPLIMIENTO DE LA FIRMA DEL ACTA DE DEBATE POR LAS PARTES-OBLIGACIÓN PRESCRIPTA BAJO SANCIÓN DE NULIDAD-LLAMADO DE ATENCIÓNCorresponde destacar el error en el que ha incurrido la Secretaria de Actuación de la Cámara Penal Nº 1, en cuanto a la omisión de hacer firmar a las partes el Acta de Debate, vulnerando así lo prescripto bajo sanción de nulidad en el art. 398 CPP. Y si bien, también se constata que las partes han consentido los efectos de dicho acto procesal, la magnitud del error señalado no puede soslayarse . . . Ver
34/20Homicidio en ocasión de robo- Planteo de inconstitucionalidad- Rechazo- Recurso de casación- Principios de igualdad, resocialización y progresividad- Inexistencia de vulneración- Planteo de inconstitucionalidad- Escasa fundamentación - Inexistencia de arbitrariedad en la sentencia- Mera discrepancia con lo resuelto- Rechazo del recurso,Corresponde desestimar el cuestionamiento acerca de la constitucionalidad del art. 56 bis, de la Ley 24.660 (reformada por Ley 25.948/04) que la defensa técnica del imputado realiza en razón de que la mencionada norma impide el otorgamiento de los beneficios del periodo de prueba a quienes fueron condenados por el delito de homicidio en ocasión de robo (art. 165 del CP), que es el atribuido a . . . Ver
22/18Recurso de Casación- Recaudos formales- Acordada 4070/08- Incumplimiento- Deficiencia en el memorial de agravios- Insuficiente argumentación- Falta de fundamentación autónoma- Inexistencia de arbitrariedad- Inoficiosidad del recurso planteado.Corresponde declarar inoficioso el recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia interlocutoria dictada por la Cámara de Apelaciones de Segunda Nominación, que revoca el decisorio del juez de grado y declara que debe admitirse el planteo de descubrimiento de la Mina Sincera I –del Sr. López Acuña- ubicada en el departamento de Antofagasta de la Sierra, por considerarla arbitraria . . . Ver
22/19Incidente de nulidad de la notificación- Denegación- Recurso de casación- InadmisibilidadCorresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por el asistente técnico del imputado, pues por un lado la decisión recurrida en casación que deniega la nulidad de la cédula que notifica el contenido del auto interlocutorio que hace lugar al requerimiento de citación a juicio, no cumple con el requisito de impugnabilidad objetiva prevista por el art. 455 CPP, por cuanto . . . Ver
60/16ACCIÓN DE AMPARO- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EXTRÍNSECOS- ADMISIBILIDAD FORMAL DE LA ACCIÓN.Corresponde declarar formalmente procedente la acción de amparo interpuesta, pues a diferencia de los casos tramitados por Exptes. N° 005/16, 020/16 y 013/16, en los que la Mayoría de éste Cuerpo resolvió denegar la procedencia formal de las acciones incoadas con fundamento en las deficiencias incurridas por la representación técnica de los amparistas , en el caso se encuentra justificada la . . . Ver
14/18Acción de inconstitucionalidad y accesoria de repetición- Competencia de la Corte- Cuestión Impositiva- Naturaleza excepcional de la acción- Creación jurisprudencial- Art. 203, inc. 2º de la C.P.- Carácter declarativo- Finalidad preventiva- Ineptitud de la vía elegida- Inadmisibilidad de la acción principal y la accesoria.Corresponde declarar formalmente inadmisible la acción de inconstitucionalidad interpuesta, y en consecuencia, su accesoria de repetición, pues la naturaleza excepcional de la acción directa de inconstitucionalidad deducida en autos, incorporada por vía jurisprudencial a la competencia de este Tribunal en el entendimiento de que la misma se encuentra implícitamente legislada en el Art.203, inc.2º, . . . Ver
47/16RECURSO DE CASACIÓN- APLICACIÓN DE INTERESES MORATORIOS- FÁCTICA Y PROCESAL AJENA A LA VÍA CASATORIA- AGRAVIOS: ARBITRARIEDAD Y ERRÓNEA APLICACIÓN DEL DERECHO- INSUFICIENCIA DE FUNDAMENTACIÓN AUTÓNOMA- RECHAZO DEL RECURSO.Corresponde declarar formalmente inadmisible el recurso interpuesto, pues conforme la doctrina legal de éste Tribunal, la cuestión de intereses establecidos en las instancias ordinarias constituye, en principio, materia ajena a éste recurso extraordinario provincial, por cuanto su aplicación constituye una cuestión fáctica y procesal, reservada a los jueces de grado y, a más de ello, los vicios . . . Ver
19/20Cuestiones de competencia- Denuncia de dos hechos similares- Prescripción de la acción penal- Tribunal competenteCorresponde aplicar el art. 43 del CPP cuando una persona fuera denunciada por 2 hechos supuestamente ilícitos similares, como en el caso, y la declaración formal en las presentes, de la prescripción de la acción penal con relación al hecho más antiguo, no compromete razonablemente la regla según la cual quien debe intervenir es el tribunal de turno a la fecha de esa presunta comisión . . . Ver