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Nro SentVocesTextoMateria 
17/18Recurso de casación- Pedido de nulidad del fallo impugnado- Inexistencia de incongruencia y vulneración del derecho de defensa- Reiteración de argumentos en la instancia de casación- Improcedencia del agravio.Del voto del Dr. Cippitelli. La nulidad de la sentencia que pretende el recurrente, por considerar que el tribunal ha vulnerado el principio de congruencia y su derecho de defensa, al haberse modificado en la resolución la fecha de comisión del hecho contenido en la acusación, pues desde el inicio de la causa en su contra, el decreto de determinación del hecho fija como fecha el 22 de mayo de . . . Ver
17/18Recurso de casación- Prueba indiciaria- Valoración conjunta- Delitos contra la integridad sexual- Dificultad probatoria- Importancia de la declaración de la víctima- Aplicación de la sana crítica racional en el fallo impugnado- desestimación del agravioDel voto del Dr. Cippitelli. El grado de convencimiento exigido a los juzgadores según la etapa del proceso de que se trate puede obtenerse a partir de indicios, y en tal sentido esta Corte tiene dicho que no hay óbice para fundar una condena en prueba indirecta, en la medida en que los indicios meritados sean unívocos y no anfibológicos y, a su vez, sean valorados en conjunto y no en forma . . . Ver
02/18Recurso de Casación- Beneficios laborales- Denuncia penal contra el trabajador- Sobreseimiento por prescripción- Improcedencia de pago de salarios- Complejidad del caso- Costas por el orden causado.Del voto del Dr. Cippitelli (por la mayoría). Más allá de lo opinable del tema originado, por cuanto la norma que rige la cuestión no contempla el caso puntual del sobreseimiento por prescripción, considero contradictorio y por ende arbitrario que en este caso en particular, que si la suspensión fue generada por la mismas situación que luego motiva y justifica el despido por falta de confianza, . . . Ver
02/18Acción Contencioso-Administrativa de Ilegitimidad y Plena Jurisdicción- Proceso contencioso-administrativo- Requisitos de habilitación de instancia- Correcto agotamiento de la vía- Error en la forma de la demanda- Omisión de impugnación del decreto con propiedad para causar estado- Rechazo de la acción.Del voto del Dr. Cippitelli (adhesión de la Dra. Sesto de Leiva). El acto administrativo objeto de impugnación proviene de autoridad competente y de última instancia, es una decisión definitiva, que llega a este estadio firme y consentido y todo ello como consecuencia de haber omitido el ocurrente impugnar en esta instancia judicial, el Decreto H. y F. N° 484/13 por el cual se rechazó el recurso . . . Ver
09/18Denegación del pedido de suspensión de elevación a juicio- Declaración de improcedencia de convenio entre partes- Recurso de casación- Imposibilidad de conciliación en delitos sexuales- Compatibilidad entre la sentencia y el criterio de la Corte- Normativa internacional- Contradicción entre el avenimiento y la Ley 26.485- Irrenunciabilidad de los derechos humanos de la mujer-Del voto del Dr. Cáceres. Resulta acertado el razonamiento del tribunal, en tanto el instituto del avenimiento, cuya aplicación al caso pretende el recurrente, resulta inconciliable con las convenciones y los tratados internacionales incorporados a nuestra Constitución Nacional, razón que determinó su derogación mediante ley nº 26.738 que prohíbe expresamente la utilización de este tipo . . . Ver
02/18Acción Contencioso-Administrativa de Ilegitimidad y Plena Jurisdicción- Proceso contencioso-administrativo- Requisitos de habilitación de instancia- Decreto rechazando impugnación- Acto administrativo firme y consentido- Imposibilidad de habilitación jurisdiccional- Imposibilidad de control de legitimidad del actuar administrativo.- Del voto del Dr. Cáceres. A los fines de la interposición del recurso contencioso administrativo resulta necesario que exista el acto administrativo con la calificación especial de que cause estado, es decir una resolución denegatoria, irreversible administrativamente, que vulnera derechos administrativos o intereses legítimos y cuya recurribilidad deba hacerse en un breve plazo, pues de lo . . . Ver
02/18Recurso de Casación- Beneficios laborales- Denuncia penal contra el trabajador- Persona denunciante: empleador o tercero- Suspensión del trabajador- Pago de salarios caídos- Norma aplicable: 2° parr. Art. 224 LCT- Carácter alimentario del salario- Relación directa entre el hecho denunciado y la labor efectiva del trabajador- Mera disconformidad con las conclusiones del fallo- Deficientes argumentos impugnaticios- Rechazo del recurso interpuesto por la demandada.Del voto del Dr. Cáceres (en disidencia). Corresponde rechazar el recurso de casación en contra de la sentencia de Cámara que admite el recurso de apelación deducido por el actor, haciendo lugar al reclamo relativo a los haberes caídos durante el lapso de tiempo en que duró la suspensión de la relación laboral, más los intereses correspondientes, ordenando la entrega en forma, del certificado . . . Ver
04/19Recurso de queja por casación denegada- Inminencia de la prescripción de la acción-Carácter definitivo de la resolución impugnada- Retrogradación del proceso: Falta de fundamentación- Admisibilidad de la queja.Del voto de los Dres. Molina, Sesto de Leiva, Cippitelli y Cáceres Resulta equiparable a definitiva la resolución que declara inadmisible la casación interpuesta y revoca la citación a juicio, toda vez que conduce a tener por extinguida por prescripción la acción penal emergente del hecho de la causa, según lo admiten los jueces por la mayoría, y por ello reviste la trascendencia que le . . . Ver
64/18Principio “Solve et Repete”- Constitucionalidad- Morigeración en su aplicación- Requisitos- Del voto de los Dres. Figueroa Vicario y Sesto de Leiva (en disidencia). El principio "solve et repete" para acceder a la instancia judicial es constitucional, excepto cuando el depósito previo exigido afecte la capacidad económica del interesado, quien está obligado a demostrarla. La C.S.J.N. no registra la no aplicación del principio solve et repete por ser inconstitucional y vulnerar garantías . . . Ver
64/18Principio “Solve et Repete”- Tutela jurisdiccional- Derechos de acceso a la justicia y defensa en juicio- Criterio de la Corte de Justicia- Excesivo rigorismo formal- Improcedencia de su aplicación.Del voto de los Dres. Cippitelli, Molina y Cáceres (por la mayoría) La regla solve et repete carece de sustento constitucional y resulta impropia de un sistema republicano y democrático de gobierno por violación del principio de la tutela jurisdiccional, y así lo ha entendido ésta Corte de Justicia, que en consonancia con la permanente actualización de la dinámica procesal se ha apartado . . . Ver