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Nro SentVocesTextoMateria 
Nº44/21 2. Bajo la óptica del derecho, los intereses, son aumentos que las deudas pecuniarias devengan en forma paulatina durante un tiempo dado, sea como precio por el uso de un dinero ajeno o como indemnización por el retardo en el cumplimiento de la obligación dineraria. En el primer caso serán compensatorios o retributivos, susceptibles de ser convenidos por las partes (art. 767 C.C. y C.) y cuyo . . . Ver
73/21 3- No hay elementos de prueba que prima facie revelen la imposibilidad cierta de asumir la prestación pues, aún cuando en el marco del proceso de fijación de los alimentos definitivos se pueda obtener mayor certitud sobre los ingresos del progenitor y la puesta en práctica de esta medida provisoria, lo cierto es que el agravio redunda –en definitiva- en la falta de contradicción procesal . . . Ver
79/21 Daños y perjuicios. Accidente de tránsito. Citación del Municipio en calidad de codemandado. Pericia accidentológica producida luego de trabarse la litis.  Ver
14/18 Recurso de casación- Inidoneidad de las críticas sobre la pena- Escaso desarrollo argumental- Simple desacuerdo- Fallo debidamente fundado- Inexistencia de arbitrariedad- Merituación de los atenuantes- Impertinencia de los precedentes invocados- Improcedencia del recurso.Del voto de la Dra. Molina. El recurso interpuesto no es procedente, pues las críticas escuetamente enunciadas en su presentación, sin mayor desarrollo argumental en la oportunidad procesal prevista a tal efecto (art. 460 del CPP), carecen de idoneidad a los fines de hacer variar lo decidido sobre la cantidad de pena impuesta al condenado, y la arbitrariedad que se invoca no han podido demostrarla, . . . Ver
91/21 Alimentos Alimentos. Incremento cuota al 25% ingresos del alimentante. Régimen de comunicación. Orden de homologar acuerdo de las partes.  Ver
98/21 CADUCIDAD EN SEGUNDA INSTANCIA - DESISTIMIENTO DEL RECURSO.- 1. Se plantea la caducidad respecto del recurso de apelación deducido en contra de la Sentencia Interlocutoria Nº 281/18 dictada en autos.-  Ver
16/17 DEL VOTO DE LA DRA. MOLINA AL QUE ADHIERE LA DRA. SESTO DE LEIVA. ACCIÓN DE AMPARO- ACTO ADMINISTRATIVO- SOLICITUD DE NULIDAD PARCIAL- CARENCIA DE PERSONERÍA- INCUMPLIMIENTO DE LA LEY N° 23551- OMISIÓN DE ACREDITACIÓN DE AUTIZACIÓN POR ESCRITO DE LOS SUPUESTOS REPRESENTADOS- POSIBLE AFECTACIÓN DE DERECHOS DE TERCEROS- DESESTIMACIÓN DE LA ACCIÓN. Corresponde desestimar la acción de amparo interpuesta, pues examinados los antecedentes de la causa, resulta que la Sra. Rita Mónica Agüero Berrondo, no presentó la documentación que acredite el carácter de representante de UDA, por lo que efectivamente carece de personería para promover la presente acción en nombre de esa entidad sindical. Además no menciona el nombre de las personas . . . Ver
1/19 Delito de Peculado- Condena por Hurto- Recurso de Casación- Procedencia Parcial Corresponde declarar formalmente admisible y hacer lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por el Sr. Fiscal de Cámara de Segunda Nominación, y consecuentemente disponer el cambio de calificación de Hurto Simple por la figura de Peculado en Concurso Ideal con Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público pues las críticas del recurrente basadas en la vulneración del principio . . . Ver
Nº 32/21 FALSEDAD IDEOLÓGICA – ART. 395 CPCC- EXTEMPORANEIDAD DEL PLANTEO - PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN - RECHAZO DEL RECURSO 1. La parte, en su impugnación, plantea también la falsedad ideológica de la escritura pública objeto del hecho nuevo denunciado por la contraria.El Juzgado provee la impugnación y señala que, conforme lo establece el art. 395 del CPCC, para la redargución de falsedad planteada deberá ocurrir por la vía que corresponda. A consecuencia de tal decreto, la parte actora insta un recurso . . . Ver
Nº 8/21 HORAS EXTRAS – REPROCHE INSUFICIENTE - PRESCIPCIÓN DE DIFERENCIAS SALARIALES – COSTAS EN PRIMERA INSTANCIA 1- El actor apela el rechazo de las horas extras reclamadas, la base de cálculo definida para las indemnizaciones, la prescripción dispuesta respecto de las diferencias salariales reclamadas para el período febrero/noviembre de 2009, el rechazo del incremento indemnizatorio previsto en el art. 8 de la Laey24013 y la distribución de las costas definida por la instancia de grado.-  Ver