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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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26/16 | Casación: Crítica concreta y razonada: Ausencia. – Rechazo del recurso. | a) Las manifestaciones del impugnante se limitan a expresar su mera discrepancia con la sentencia en crisis, omitiendo efectuar una crítica concreta y razonada de sus argumentos (art. 265 CPCC); crítica que implica un ataque directo y pertinente al esqueleto jurídico que da fundamento al fallo, requiriéndose para ello una elaboración analítica, objetiva, fundada con alto poder de demostración, . . . | ||
26/16 | Casación: Causales: Arbitrariedad y errónea aplicación o interpretación de la ley: No configuración - | a) Para que se configure la arbitrariedad, el casacionista debe acreditar la existencia de vicios graves en la resolución impugnada, consistentes en razonamientos groseramente ilógicos o contradictorios, apartamiento palmario de las circunstancias del proceso, omisión de consideración de hechos o pruebas decisivas o carencia absoluta de fundamentación. Las alegaciones formuladas en autos evidencian . . . | ||
26/16 | Casación: Cuestiones de hecho y prueba: Aplicación del principio general- Lesión: Art. 954 Código Civil. | a) Las cuestiones de hecho y prueba competen a los jueces de grado, siendo ajenas a la instancia extraordinaria de la casación, salvo el supuesto del absurdo. Es decir, el principio general cede cuando, por ejemplo, existe ausencia de razonabilidad en la valoración de la prueba conllevando al dictado de una sentencia arbitraria, todo lo cual, en el caso de autos, no se ha configurado. (Del voto del . . . | ||
26/16 | CONDENA PENAL- RECURSO EXTRAORDINARIO RECHAZADO-NOTIFICACIÓN AL CONDENADO:NULIDAD POR FALTA DE DETERMINACIÓN DE LA HORA DE LA NOTIFICACIÓN-IMPROCEDENCIA -FALTA DE DETERMINACIÓN DEL VICIO Y DEL PERJUICIO-FALTA DE DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE CONOCIMIENTO DEL ACTO Y DEL VICIO PARA FIJAR LA TEMPORANEIDAD -DEMORA JUDICIAL EN PROVEER COPIAS PARA EL RECURSO DE QUEJA-FALTA DE RELACIÓN CON EL PEDIDO DE NULIDAD PLANTEADO | CONDENA PENAL- RECURSO EXTRAORDINARIO RECHAZADO-NOTIFICACIÓN AL CONDENADO:NULIDAD POR FALTA DE DETERMINACIÓN DE LA HORA DE LA NOTIFICACIÓN-IMPROCEDENCIA -FALTA DE DETERMINACIÓN DEL VICIO Y DEL PERJUICIO-FALTA DE DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE CONOCIMIENTO DEL ACTO Y DEL VICIO PARA FIJAR LA TEMPORANEIDAD -DEMORA JUDICIAL EN PROVEER COPIAS PARA EL RECURSO DE QUEJA-FALTA DE RELACIÓN CON EL PEDIDO . . . | ||
26/16 | INTEGRACIÓN DE NUEVO TRIBUNAL POR PREVIA INTERVENCIÓN DE LA CORTE TITULAR | INTEGRACIÓN DE NUEVO TRIBUNAL POR PREVIA INTERVENCIÓN DE LA CORTE TITULAR | ||
26/16 | PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-SENTENCIA ESTIMATORIA-RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL INTERPUESTO POR EL ESTADO PROVINCIAL-RECHAZO POR INADMISIBILIDAD FORMAL-COSTAS AL RECURRENTE-APODERADO DE LA ACTORA-ACTUACIÓN EN EL RECURSO-REGULACIÓN DE HONORARIOS-BASE DE REGULACIÓN-MONTO REGULADO EN EL EXPEDIENTE PRINCIPAL-LEY DE ARANCELES PARA ABOGADOS-ART.33-DIEZ POR CIENTO | PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-SENTENCIA ESTIMATORIA-RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL INTERPUESTO POR EL ESTADO PROVINCIAL-RECHAZO POR INADMISIBILIDAD FORMAL-COSTAS AL RECURRENTE-APODERADO DE LA ACTORA-ACTUACIÓN EN EL RECURSO-REGULACIÓN DE HONORARIOS-BASE DE REGULACIÓN-MONTO REGULADO EN EL EXPEDIENTE PRINCIPAL-LEY DE ARANCELES PARA ABOGADOS-ART.33-DIEZ POR CIENTO | ||
26/17 | HOMICIDIO CULPOSO-PENA DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO- RECURSO DE CASACIÓN DENEGADO- RECURSO EXTRAORDINARIO- INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LA ACORDADA N° 04/2007- FALTA DE CORRESPONDENCIA ENTRE LA CARÁTULA Y EL DESARROLLO ARGUMENTAL DEL ESCRITO RECURSIVO- PLANTEO DE CUESTIONES DE DERECHO COMÚN AJENOS A LA VÍA INTERPUESTA- FALTA DE CONFIGURACIÓN DEL EXCESO RITUAL MANIFIESTO ALEGADO- INJUSTIFICADA SOLICITUD DE REVISIÓN- INSUFICIENCIA DE LA MERA DISCREPACIA - IMPROCEDENCIA DEL RECURSO. | El remedio federal interpuesto por el defensor del imputado, en contra de la Sentencia dictada por éste Tribunal por la que no hace lugar al recurso de casación deducido y confirma la resolución del Juzgado Correccional de Primera Nominación que condenó penalmente al imputado como autor del delito de homicidio culposo, a sufrir la pena de tres años de prisión, de cumplimiento efectivo, . . . | ||
26/17 | HOMICIDIO CULPOSO-PENA DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO- RECURSO DE CASACIÓN DENEGADO- RECURSO EXTRAORDINARIO- PONDERACIÓN DEL TRIBUNAL DE LA FALTA DE ANTECEDENTES CONJUNTAMENTE CON TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO- RAZONABILIDAD DE LA CONDENA- AUSENCIA DE CRÍTICA CONCRETA A LOS FUNDAMENTOS DEL FALLO- | El agravio del recurrente fundado en que en la sentencia impugnada se omitió considerar la falta de antecedentes penales del imputado a los fines del cálculo de la pena sólo expresa la discrepancia del recurrente con el criterio adoptado al respecto en la resolución, la que es insuficiente a los fines pretendidos, toda vez que lo que hizo el tribunal de juicio fue ponderar dicho extremo . . . | ||
26/17 | HOMICIDIO CULPOSO-PENA DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO- RECURSO DE CASACIÓN DENEGADO- RECURSO EXTRAORDINARIO- INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN ENTRE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA Y LOS PRECEDENTES PROVINCIALES INVOCADOS- INEXISTENCIA DE ARBITRARIEDAD INSUFICIENCIA DE LA TRANSCRIPCIÓN DE FALLOS PARA JUSTIFICAR LA INTERVENCIÓN EXCEPCIONAL DE LA CSJN. | Carecen de fundamentación suficiente la supuesta contradicción entre la resolución que se impugna y lo decidido en los precedentes provinciales citados en el recurso (casos “Chuña Condorí”, “Bazán” y “Casas”), debido a que el recurrente no demuestra que las circunstancias de esta causa sean idénticas o semejantes a las verificadas en dichos precedentes; ni que lo resuelto en . . . | ||
26/18 | BENEFICIOS LABORALES. IN DUBIO PRO OPERARIO. SUBORDINACION. RECURSO DE CASACION. VIABILIDAD FORMAL. REQUISITOS | La sentencia de primera instancia rechaza la demanda por beneficios laborales fundada en que los testimonios presentados por la actora son imprecisos e insuficientes para acreditar la existencia de relación laboral ni el elemento fundamental que es la subordinación jurídica, técnica y económica en relación a la demandada. La Cámara de Apelaciones revoca la misma en todas sus partes y acoge . . . |
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