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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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26/17 | HOMICIDIO CULPOSO-PENA DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO- RECURSO DE CASACIÓN DENEGADO- RECURSO EXTRAORDINARIO- INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LA ACORDADA N° 04/2007- FALTA DE CORRESPONDENCIA ENTRE LA CARÁTULA Y EL DESARROLLO ARGUMENTAL DEL ESCRITO RECURSIVO- PLANTEO DE CUESTIONES DE DERECHO COMÚN AJENOS A LA VÍA INTERPUESTA- FALTA DE CONFIGURACIÓN DEL EXCESO RITUAL MANIFIESTO ALEGADO- INJUSTIFICADA SOLICITUD DE REVISIÓN- INSUFICIENCIA DE LA MERA DISCREPACIA - IMPROCEDENCIA DEL RECURSO. | El remedio federal interpuesto por el defensor del imputado, en contra de la Sentencia dictada por éste Tribunal por la que no hace lugar al recurso de casación deducido y confirma la resolución del Juzgado Correccional de Primera Nominación que condenó penalmente al imputado como autor del delito de homicidio culposo, a sufrir la pena de tres años de prisión, de cumplimiento efectivo, . . . | ||
26/17 | HOMICIDIO CULPOSO-PENA DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO- RECURSO DE CASACIÓN DENEGADO- RECURSO EXTRAORDINARIO- INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN ENTRE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA Y LOS PRECEDENTES PROVINCIALES INVOCADOS- INEXISTENCIA DE ARBITRARIEDAD INSUFICIENCIA DE LA TRANSCRIPCIÓN DE FALLOS PARA JUSTIFICAR LA INTERVENCIÓN EXCEPCIONAL DE LA CSJN. | Carecen de fundamentación suficiente la supuesta contradicción entre la resolución que se impugna y lo decidido en los precedentes provinciales citados en el recurso (casos “Chuña Condorí”, “Bazán” y “Casas”), debido a que el recurrente no demuestra que las circunstancias de esta causa sean idénticas o semejantes a las verificadas en dichos precedentes; ni que lo resuelto en . . . | ||
26/16 | Casación: Admisibilidad formal: Revisión posterior- Jurisprudencia de la Corte de Justicia de Catamarca- | a) Es jurisprudencia sentada de la Corte de Justicia de Catamarca que la declaración prima facie de admisibilidad formal del recurso de casación no causa estado, lo que autoriza a examinar, al momento de dictar sentencia, de manera exhaustiva el cumplimiento de los requisitos para su admisión definitiva. (CJ, “Expte. Corte nº 006/13, “Zelenskyj, Teodoro Enrique c/ Catamarca-Rioja Refrescos . . . | ||
26/16 | INTEGRACIÓN DE NUEVO TRIBUNAL POR PREVIA INTERVENCIÓN DE LA CORTE TITULAR | INTEGRACIÓN DE NUEVO TRIBUNAL POR PREVIA INTERVENCIÓN DE LA CORTE TITULAR | ||
26/16 | Cesión de derechos – Art. 954 Código Civil: Desproporción en las prestaciones - Configuración- | La indeterminación de prestaciones coloca al cesionario como amo y señor de la relación jurídica porque no está sujeto a ningún plazo para el pago del precio, ni se encuentra sujeto a término alguno para iniciar el juicio de prescripción, pudiendo manipular la relación jurídica según su conveniencia y en forma manifiestamente unilateral. Las circunstancias lesivas que vician el contrato . . . | ||
26/16 | Casación: Arbitrariedad de la sentencia - Cuestiones de hecho y prueba – Principio General: Irrevisibilidad en la instancia casatoria – Excepción: Absurdo. | a) Doctrina y jurisprudencia han coincidido en forma monocorde, por vía de principio, que los jueces de grado son soberanos en la fijación de los hechos litigiosos y en la valoración de las pruebas, por lo que esta temática queda por regla excluida del control casatorio, salvo que los Magistrados incurran en absurdo. (Del voto de la Dra. Sesto). b) El absurdo es el error grave y manifiesto que . . . | ||
26/16 | CONDENA PENAL- RECURSO EXTRAORDINARIO RECHAZADO-NOTIFICACIÓN AL CONDENADO:NULIDAD POR FALTA DE DETERMINACIÓN DE LA HORA DE LA NOTIFICACIÓN-IMPROCEDENCIA -FALTA DE DETERMINACIÓN DEL VICIO Y DEL PERJUICIO-FALTA DE DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE CONOCIMIENTO DEL ACTO Y DEL VICIO PARA FIJAR LA TEMPORANEIDAD -DEMORA JUDICIAL EN PROVEER COPIAS PARA EL RECURSO DE QUEJA-FALTA DE RELACIÓN CON EL PEDIDO DE NULIDAD PLANTEADO | CONDENA PENAL- RECURSO EXTRAORDINARIO RECHAZADO-NOTIFICACIÓN AL CONDENADO:NULIDAD POR FALTA DE DETERMINACIÓN DE LA HORA DE LA NOTIFICACIÓN-IMPROCEDENCIA -FALTA DE DETERMINACIÓN DEL VICIO Y DEL PERJUICIO-FALTA DE DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE CONOCIMIENTO DEL ACTO Y DEL VICIO PARA FIJAR LA TEMPORANEIDAD -DEMORA JUDICIAL EN PROVEER COPIAS PARA EL RECURSO DE QUEJA-FALTA DE RELACIÓN CON EL PEDIDO . . . | ||
26/16 | PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-SENTENCIA ESTIMATORIA-RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL INTERPUESTO POR EL ESTADO PROVINCIAL-RECHAZO POR INADMISIBILIDAD FORMAL-COSTAS AL RECURRENTE-APODERADO DE LA ACTORA-ACTUACIÓN EN EL RECURSO-REGULACIÓN DE HONORARIOS-BASE DE REGULACIÓN-MONTO REGULADO EN EL EXPEDIENTE PRINCIPAL-LEY DE ARANCELES PARA ABOGADOS-ART.33-DIEZ POR CIENTO | PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-SENTENCIA ESTIMATORIA-RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL INTERPUESTO POR EL ESTADO PROVINCIAL-RECHAZO POR INADMISIBILIDAD FORMAL-COSTAS AL RECURRENTE-APODERADO DE LA ACTORA-ACTUACIÓN EN EL RECURSO-REGULACIÓN DE HONORARIOS-BASE DE REGULACIÓN-MONTO REGULADO EN EL EXPEDIENTE PRINCIPAL-LEY DE ARANCELES PARA ABOGADOS-ART.33-DIEZ POR CIENTO | ||
26/16 | Casación: Carácter autónomo – No configuración – Insuficiencia técnica del libelo – Rechazo del recurso. | a) El carácter autónomo del remedio casatorio exige al recurrente que en su memorial relate los antecedentes fundamentales de la causa, a través de una crítica clara, precisa y circunstanciada a efectos que su sola lectura permita tomar conocimiento acabado de las actuaciones labradas y de ese modo conocer cuál es la problemática del litigio, los puntos cuestionados y la secuela del juicio. Concretamente, . . . | ||
26/16 | Casación: Crítica concreta y razonada: Ausencia. – Rechazo del recurso. | a) Las manifestaciones del impugnante se limitan a expresar su mera discrepancia con la sentencia en crisis, omitiendo efectuar una crítica concreta y razonada de sus argumentos (art. 265 CPCC); crítica que implica un ataque directo y pertinente al esqueleto jurídico que da fundamento al fallo, requiriéndose para ello una elaboración analítica, objetiva, fundada con alto poder de demostración, . . . |
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