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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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46/15 | CONDENA POR ABUSO SEXUAL-RECURSO DE REVISION POR RECTIFICACIÓN DE LA VÍCTIMA SOBRE LA OCURRENCIA DE LOS HECHOS BASE DE LA CONDENA EN ESCRITURA PÚBLICA-VALORACIÓN COMO HECHO NUEVO:IMPROCEDENCIA-HECHOS YA INCORPORADOS AL JUICIO –INVALIDEZ DE SU CATEGORIZACIÓN COMO HECHO NUEVO | El Tribunal de Sentencia en lo Criminal condenó a LAN como autor penalmente responsable del delito de Abuso Deshonesto en forma continuada (art. 127 en función del 122 de la ley anterior, 54 y 2º del CP), condenándolo a sufrir la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo. Contra esa Sentencia es interpuesto este recurso por el motivo previsto en el art. 476 inc 4º del Código Penal . . . | ||
46/15 | CONDENA POR ABUSO SEXUAL-RECURSO DE REVISION POR RECTIFICACIÓN DE LA VÍCTIMA SOBRE LA OCURRENCIA DE LOS HECHOS BASE DE LA CONDENA EN ESCRITURA PÚBLICA-VALORACIÓN COMO HECHO NUEVO:REQUISITOS:NOVEDAD Y DIRIMENCIA-INCUMPLIMIENTO-RECTIFICACIÓN YA PRACTICADA POR LA VÍCTIMA DURANTE EL DEBATE-VALORACIÓN DE DICHA PRUEBA POR EL TRIBUNAL- INEXISTENCIA DE NOVEDAD | El Tribunal de Sentencia en lo Criminal condenó a LAN como autor penalmente responsable del delito de Abuso Deshonesto en forma continuada (art. 127 en función del 122 de la ley anterior, 54 y 2º del CP), condenándolo a sufrir la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo. Contra esa Sentencia es interpuesto este recurso por el motivo previsto en el art. 476 inc 4º del Código Penal . . . | ||
46/15 | CONDENA POR ABUSO SEXUAL-RECURSO DE REVISION POR RECTIFICACIÓN DE LA VÍCTIMA SOBRE LA OCURRENCIA DE LOS HECHOS BASE DE LA CONDENA EN ESCRITURA PÚBLICA-VALORACIÓN COMO HECHO NUEVO:REQUISITOS:NOVEDAD Y DIRIMENCIA-INCUMPLIMIENTO-RECTIFICACIÓN YA PRACTICADA POR LA VÍCTIMA DURANTE EL DEBATE-VALORACIÓN DE DICHA PRUEBA POR EL TRIBUNAL- INEXISTENCIA DE NOVEDAD-INIDONEIDAD DE LA ESCRITURA PÚBLICA PARA ACREDITAR LA FALSEDAD DEL TESTIMONIO PRESTADO EN DEBATE | El Tribunal de Sentencia en lo Criminal condenó a LAN como autor penalmente responsable del delito de Abuso Deshonesto en forma continuada (art. 127 en función del 122 de la ley anterior, 54 y 2º del CP), condenándolo a sufrir la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo. Contra esa Sentencia es interpuesto este recurso por el motivo previsto en el art. 476 inc 4º del Código Penal . . . | ||
32/09 | PROCEDIMIENTO ORDINARIO DE SEGUNDA INSTANCIA-POTESTADES DEL TRIBUNAL DE ALZADA-RECURSO DE APELACION-ANALISIS DE ADMISIBILIDAD: OPORTUNIDAD-DICTADO DE LA SENTENCIA DEFINITIVA- RESOLUCION QUE DECLARA MAL CONCEDIDO EL RECURSO DE APELACION: FUNDAMENTO- FALTA DE APLICACIÓN DE LEY ESPECIAL AL CASO: IMPROCEDENCIA; FUNDAMENTO-VALIDEZ DEL TRAMITE IMPRESO A LA CAUSA EN PRIMERA INSTANCIA-RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA-REVOCACION DE LA SENTENCIA | El Tribunal de Alzada puede pronunciarse sobre la admisibilidad de los recursos hasta el momento del acuerdo respectivo, sin que la obliguen en sentido contrario las providencias de mero trámite que permitieron su sustanciación (art. 276, Cód. Procesal). Pues de otro modo se tendría que admitir que las decisiones del presidente obligan al tribunal. En el caso, la facultad revisora ejercida por . . . | ||
3/13 | JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO- FALTA DE RESPUESTA AL RECLAMO ADMINISTRATIVO-PRONTO DESPACHO ADMINISTRATIVO-SILENCIO DE LA ADMINISTRACION-AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION:PROCEDENCIA;FUNDAMENTO-DEMORA OBJETIVA EN EL DICTADO DEL ACTO EXPRESO-EMPLAZAMIENTO A LA ADMINISTRACION-COSTAS DEL PROCESO | El titular del beneficio previsional interpone Acción de Amparo por Mora de la Administración en contra de la Administración General de Asuntos Provisionales. Ingresando a la relación de hechos de la causa la ocurrente expone que con fecha 03/10/11 solicitó ante el ente administrativo requerido el reconocimiento de deuda generada, según su criterio, por la incorrecta liquidación de sus haberes . . . | ||
17/10 | EMPLEO PUBLICO-DERECHO AL SUELDO- PRESTACION DE SERVICIOS-AGENTE MUNICIPAL DE PLANTA PERMANENTE-OMISION DE PAGO DE HABERES- ALEGACION DE ABANDONO DE SERVICIOS: IMPROCEDENCIA-BUENA FE PROCESAL-CARGAS PROBATORIAS DINAMICAS-ACCION DE AMPARO: PROCEDENCIA-ARBITRARIEDAD E ILEGALIDAD MANIFIESTAS-FUNDAMENTO | El sueldo constituye la contrapartida de la obligación del agente de prestar servicios; en consecuencia, para que nazca el derecho del funcionario o empleado a percibir el sueldo se requiere de parte de ellos el ejercicio efectivo de la función, y cuando los servicios no son efectivamente prestados, dentro de la mecánica contractual, esa retribución no puede exigirse pues no funciona el nexo recíproco . . . | ||
02/10 | JURISDICION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-EMPLEO PUBLICO-VACACIONES NO GOZADAS-COMPENSACION DINERARIA: LA IMPROCEDENCIA COMO REGLA-PRECEDENTE FAVORABLE DE LA CORTE DE JUSTICIA-INAPLICABILIDAD AL CASO-FUNDAMENTO | El sub lite, la situación difiere sin duda de aquellos otros supuestos que citó el recurrente en apoyo de su pretensión, en los que se procedió a reconocer la compensación económica ante la extinción del contrato de trabajo y con ello la pérdida de la posibilidad del efectivo goce de licencias adeudadas. En efecto, en autos Corte Nº83/01 “Oliva, Livio René c/ Municipalidad de la Puerta- . . . | ||
44/18 | Hechos: | El Sr. José Patricio Rivarola, por derecho propio y en su carácter de jubilado por retiro voluntario, promueve acción contenciosa administrativa de ilegitimidad y de plena jurisdicción en contra de la Provincia de Catamarca; persiguiendo la declaración de ilegitimidad de la denegatoria tacita del reclamo administrativo, a través del cual solicitó el reconocimiento, liquidación y pago desde . . . | ||
1/12 | Sobreseimiento- Equiparación a la absolución- Supuestos. | El sobreseimiento definitivo puede ser equiparado a la absolución, pero solo bajo la circunstancia de que aquel se sustente en la inexistencia del hecho o en la falta de autoría. | ||
7/12 | SISTEMA PREVISIONAL NACIONAL-GARANTÍA DE MOVILIDAD SALARIAL- RÉGIMEN NACIONAL-NECESIDAD DE LEYES COMPLEMENTARIAS PARA SU OPERATIVIDAD-DELIMITACION DEL DERECHO CONSTITUCIONAL-DIFERENCIAS CON EL SISTEMA LOCAL: PROHIBICION DE LA REGULACION LEGISLATIVA DISCRECIONAL DEL CONTENIDO DE LA MOVILIDAD PREVISIONAL -GARANTÍA EN LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL-PAUTAS:MOVILIDAD,PROPORCIONALIDAD E IRREDUCTIBILIDAD | El sistema previsional nacional tiene un carácter jurídico abierto y programático, expuesto a la regulación discrecional del legislador, donde solo se prevé la movilidad de la prestación conforme al Art. 14 de la Constitución Nacional, razón por la cual requiere para su configuración de la asistencia de la ley, de allí que ley en este sistema sirva de complemento, pues es necesario delimitar concretamente . . . |
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