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Nro SentVocesTextoMateria 
24/17Amparo por Mora de la Administración- Pedido de Cambio de Reagrupamiento y Recategorización- Competencia Originaria del Tribunal- Art.204 C.P.- Naturaleza Jurídica del instituto- Necesidad de la Observancia de la situación actual- Respuesta de la Administración- Causa sin materia judiciable. La competencia de este Tribunal para entender en la acción de Amparo por Mora, no está dada por la Ley Nº 4795 y su modificatoria Nº 4850, por cuanto la competencia originaria surge de la dación expresa de la Constitución, en este caso del Art.204. En tal sentido se ha pronunciado éste Tribunal en causa Expte. Corte Nº 14/00 - VISÑOVEZCHY Carmelo Arturo c/ Poder Ejecutivo y Recursos Humanos . . . Ver
24/17Amparo por Mora de la Administración- Cuestión devenida Abstracta- Necesidad de promover acción del actor- Costas a la parte demandada.Respecto de las costas discrepo con el primer voto y adhiero a la mayoría porque considero que deben ser impuestas a la parte demandada, por cuanto no obstante que la cuestión principal devino abstracta, en el caso cabe aplicar el principio general consagrado en la primera parte del Art.14 de la ley 4795, en razón de que la parte demandada al pronunciarse con posterioridad al requerimiento del . . . Ver
24/17Amparo por Mora de la Administración- Sentencia Abstracta- Necesidad de promoción de la acción del actor- Costas a la parte demandada.El acto que motivo la presente acción de Amparo por Mora, fue consumado el 12 de Junio de 2017 fecha posterior a la notificación de la Administración requerida, practicada con fecha 08 de Junio de2017, y aunque la sentencia haya devenido abstracta, las costas deben ser impuestas a la Administración demandada puesto que, el Administrado, se vio obligado a promover la acción para finalmente así, . . . Ver
24/18AMPARO - ACCION DE AMPARO POR MORA EN LA ADMINISTRACION Acción de Amparo por Mora en la Administración, en contra del Poder Ejecutivo - Secretaria General de la Gobernación - Subsecretaria de Recursos Humanos y Gestión Pública. Solicita se ordene a los requeridos, se pronuncie sobre el Recurso Jerárquico, concedido. Informe de los antecedentes del caso Finalidad del amparo por mora. En la vía recursiva, el vencimiento del término de 90 días corridos . . . Ver
24/18Acción de Amparo por Mora de la Administración- Provisión de medicamentos- Derecho a la salud- Obra Social de la Provincia- Deber de cobertura integral del afiliado- Solicitud de medida cautelar- Carácter de excepción- Requisitos- Cumplimiento- Procedencia de la acción y la cautelar peticionadas. Resulta procedente la acción impetrada por la afiliada de la Obra Social de los Empleados Públicos, por la que persigue se ordene la cobertura total y la provisión inmediata del medicamento imprescindible para atender la dolencia que padece, el que debió abonar de su propio peculio ante la negativa del organismo a la entrega del mismo, toda vez que la acción regulada en el Art.40 de la Constitución . . . Ver
24/18Art. 300 del C.P.C.- Alcance de la exención- Improcedencia de la pretensión de exención del depósito.No procede eximir al recurrente del depósito exigido por el art. 300 del C.P.C., por cuanto la exención sólo comprende a la parte que reclama beneficios laborales y no al empleador.  Ver
24/18Recurso de Casación- Recaudos formales- Acordada 4070/08- Incumplimiento- Inadmisibilidad Resulta manifiestamente inadmisible el recurso de casación deducido por el demandado en contra de la Sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Minas y del Trabajo de Segunda Nominación, toda vez que no se respetó el número de renglones establecido como límite para cada página; que en la carátula no se menciona la causal o causales sobre las que se pretende . . . Ver
24/18BENEFICIOS LABORALES. RECURSO DE CASACION. MEMORIAL DE AGRAVIOS- REQUISITOS FORMALES. CONTENIDO. VIABILIDAD FORMAL. APRECIACION DE LA PRUEBA.Para la viabilidad del recurso se exigen requisitos formales y que el tema propuesto a revisión se encuentre dentro de la órbita propia del recurso extraordinario de casación.- Es reiterada la doctrina de este Tribunal que el memorial de agravios debe bastarse a sí mismo, y estar debidamente fundado, rebatiéndose adecuadamente los argumentos sobre los que asienta el fallo puntualizándose concretamente . . . Ver
24/19DECLARANDO PERENCION DE INSTANCIADECLARANDO PERENCION DE INSTANCIA  Ver
24/19ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. DOMICILIO CONTRACTUAL. NOTIFICACIONES. VALIDEZ. VIA RECURSIVA. RECURSOS. COMPUTO DEL PLAZO DE INTERPOSICION. ACTO ADMINISTRATIVO FIRME. INIMPUGNABILIDAD. FALTA DE AGOTAMIENTO DE LA VIA ADMINISTRATIVA.Pretende el recurrente se deje sin efecto el Decreto N° 996/14 y las Resoluciones Ministeriales que lo precedieron, en particular la Resolución N° 139/14, mediante la cual se dejó sin efecto el convenio suscripto el 26/04/2013, entre la Provincia de Catamarca, la empresa Task Solutions S.A. y la Municipalidad de la Ciudad Capital, con el objeto de radicar en esta ciudad Capital, un centro . . . Ver