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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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12/18 | Acción Contencioso-Administrativa- Requisitos extrínsecos de admisibilidad- Cumplimiento- Cuestión impositiva- Regla Solve te Repete- Vigencia- Supuestos de Morigeración de su aplicación- Procedencia del planteo de eximición de pago solicitada- Competencia de la Corte. | Corresponde declarar la jurisdicción y competencia de la Corte para entender en la acción interpuesta por el apoderado de la actora en contra de los decretos dictados por la Administración por el cual se denegaron los recursos deducidos por la parte impugnando la determinación de deuda en concepto de impuesto sobre los Ingresos Brutos e imposición de multa realizada por aquella, en función . . . | ||
14/18 | Acción de inconstitucionalidad y accesoria de repetición- Competencia de la Corte- Cuestión Impositiva- Naturaleza excepcional de la acción- Creación jurisprudencial- Art. 203, inc. 2º de la C.P.- Carácter declarativo- Finalidad preventiva- Ineptitud de la vía elegida- Inadmisibilidad de la acción principal y la accesoria. | Corresponde declarar formalmente inadmisible la acción de inconstitucionalidad interpuesta, y en consecuencia, su accesoria de repetición, pues la naturaleza excepcional de la acción directa de inconstitucionalidad deducida en autos, incorporada por vía jurisprudencial a la competencia de este Tribunal en el entendimiento de que la misma se encuentra implícitamente legislada en el Art.203, inc.2º, . . . | ||
19/18 | Acción Contencioso-Administrativa- Competencia de la Corte- Requisitos. Agotamiento de la vía administrativa- Recaudo imprescindible- Incumplimiento en el caso- Inadmisibilidad de la acción interpuesta. | Corresponde declarar formalmente inadmisible la demanda interpuesta en contra de la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca, ya que de acuerdo a lo dispuesto por los Arts.5, 6 y 7 del CCA, que determinan la competencia del Tribunal, se exige la acreditación del agotamiento de la vía administrativa previa a la interposición de la acción jurisdiccional, consistente en la reclamación . . . | ||
24/18 | Acción de Amparo por Mora de la Administración- Provisión de medicamentos- Derecho a la salud- Obra Social de la Provincia- Deber de cobertura integral del afiliado- Solicitud de medida cautelar- Carácter de excepción- Requisitos- Cumplimiento- Procedencia de la acción y la cautelar peticionadas. | Resulta procedente la acción impetrada por la afiliada de la Obra Social de los Empleados Públicos, por la que persigue se ordene la cobertura total y la provisión inmediata del medicamento imprescindible para atender la dolencia que padece, el que debió abonar de su propio peculio ante la negativa del organismo a la entrega del mismo, toda vez que la acción regulada en el Art.40 de la Constitución . . . | ||
31/18 | Acción de amparo- Relación contractual- Locación de servicios- Incompetencia de la Corte de Justicia- Materia civil regida por el Código Civil- Ausencia de la participación del Estado en el convenio inter-partes- Extemporaneidad de la impugnación- Inadmisibilidad de la acción. | La materia traída a conocimiento y decisión jurisdiccional resulta ajena a la competencia originaria y exclusiva de esta Corte de Justicia, en función de que analizada la pretensión a la luz de la prueba incorporada a la causa se desprende que la relación contractual con la empresa accionada, data del 01/Oct/15, sin que exista alguna prueba en la que conste la alegada vinculación preexistente . . . | ||
37/18 | Acción Contencioso-Administrativa- Deficiencias procesales en la presentación- Ausencia de Prueba Documental- Imposibilidad material de control de agotamiento de la vía administrativa e interposición en tiempo hábil de la acción impetrada- Improponibilidad subjetiva de la demanda- Carencia de personalidad jurídica propia del Poder Judicial para estar en litigio- Teoría del Órgano- Rechazo in limine | Debe rechazarse “in limine” la acción interpuesta en contra del Poder Judicial Provincial, por la cual se persigue la revocación de la Resolución que rechaza el recurso de reposición interpuesto en contra de otra, ambas emitidas por la Secretaría de Sumarios de la Corte de Justicia de la Provincia, pues del simple análisis de las constancias de autos surgen manifiestas deficiencias procesales . . . | ||
01/18 | Acción de Amparo por Mora de la Administración- Caracteres- Finalidad- Situación objetiva de retardo- Procedencia de la acción- | La finalidad del amparo por mora es obtener el pronto despacho judicial, del actuar administrativo que se estima demorado, y para que proceda basta la falta de repuesta expresa frente a un pedido concreto de quien se encuentra legitimado para ser parte en un procedimiento administrativo, y abarca tanto a los actos resolutorios como a los de mero trámite con el objetivo de impulsar la inactividad . . . | ||
02/18 | Acción Contencioso-Administrativa de Ilegitimidad y Plena Jurisdicción- Proceso contencioso-administrativo- Ausencia de impugnación de todos los actos administrativos precedentes- Derecho a la estabilidad en el empleo- Incumplimiento del plazo su efectividad- Inexistencia de arbitrariedad del acto impugnado- Acto administrativo jurídico válido e irrevocable- Incompetencia del Tribunal- Desestimación de la acción. | Si bien la presente acción se interpuso dentro de los plazos previstos en el Art.7 del CCA, contados a partir de que el impugnante tuvo conocimiento del Decreto H y F Nº 484/13, por el que se rechaza el recurso de reconsideración interpuesto por su parte; decreto emitido con posterioridad a la acción de amparo por mora, que dedujo, no surge del escrito inaugural cuestionamiento alguno a dicho . . . | ||
02/18 | Acción Contencioso-Administrativa de Ilegitimidad y Plena Jurisdicción- Proceso contencioso-administrativo- Incompetencia del Tribunal- Falta de agotamiento de la vía administrativa- Acto administrativo dictado de oficio- Obligatoriedad de recurrir en sede administrativa- Recurso de reconsideración- Planteamiento extemporáneo- Imposibilidad de revisión judicial- Rechazo de la demanda. | Del voto del Dr. Figueroa Vicario. Corresponde rechazar la demanda interpuesta por el accionante, en función de resultar incompetente éste Tribunal para tratar la cuestión sometida a análisis, por no haberse agotado correctamente la vía administrativa, por lo que estamos en presencia de un acto firme y consentido que goza de la presunción de legitimidad, identificado como Decreto Nº 216/12, . . . | ||
02/18 | Acción Contencioso-Administrativa de Ilegitimidad y Plena Jurisdicción- Proceso contencioso-administrativo- Requisitos de habilitación de instancia- Correcto agotamiento de la vía- Error en la forma de la demanda- Omisión de impugnación del decreto con propiedad para causar estado- Rechazo de la acción. | Del voto del Dr. Cippitelli (adhesión de la Dra. Sesto de Leiva). El acto administrativo objeto de impugnación proviene de autoridad competente y de última instancia, es una decisión definitiva, que llega a este estadio firme y consentido y todo ello como consecuencia de haber omitido el ocurrente impugnar en esta instancia judicial, el Decreto H. y F. N° 484/13 por el cual se rechazó el recurso . . . |
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