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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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Nº 10/20 | 5.- La atención primordial al interés superior del niño apunta a dos finalidades básicas: constituirse en pauta de decisión ante un conflicto de intereses del niño con los adultos que lo tienen bajo su cuidado, y un criterio para la intervención institucional destinada a proteger al menor. Y es precisamente persiguiendo el objetivo de priorizar ese interés al momento de resolver el . . . | |||
Nº 42/21 | 6)Conteste a ello, como el valor del inmueble denunciado 48 y vta. asciende a $ 2.500.000 (fs. 66/67), y reviste la calidad de ganancial, el valor que se transmiten es de pesos un millón doscientos cincuenta mil ($1.250.000) y, por otro lado, el bien que corresponden al cónyuge supérstite, asciende también a la suma de pesos un millón doscientos cincuenta mil ($1.250.000). En consecuencia, . . . | |||
Nº 13/21 | A tenor de lo expuesto, resuelve que, al no haberse acreditado el primero de los extremos requeridos para la procedencia del interdicto, no corresponde analizar la violencia o clandestinidad, por ello confirma la sentencia dictada a fs., en todo cuanto ha sido materia de recurso. | |||
Nº 01/21 | ACUERDO LIBERATORIO- NULIDAD- NO CUENTA CON LOS REQUISITOS QUE EXIGE EL ART. 12. CONCORDANCIA DE LOS ARTS. 15 y 58 DE LA LCT. MULTA DEL ART. 2 LEY 25.323 | Al respecto manifiesta que se acredito que la relación se extinguió por la renuncia del trabajador. Sostiene que no existió vicio ni lesión al momento de la firma de la carta de liberación, tampoco se acreditó el dolo o violencia en el acto de celebración, destaca la ausencia de desproporción de las prestaciones; como tampoco se produjo infracción al orden publico laboral; ni hubo . . . | ||
15/21 | Alimentos | Alimentos. Fijación de cuota para menor con discapacidad (Síndrome de Asperger) conviviente con la progenitora. | ||
Nº 01/21 | ACUERDO LIBERATORIO- NULIDAD- NO CUENTA CON LOS REQUISITOS QUE EXIGE EL ART. 12. CONCORDANCIA DE LOS ARTS. 15 y 58 DE LA LCT. MULTA DEL ART. 2 LEY 25.323 | Apela el demandado denunciando como injustificada la declaración de nulidad del modo de extinción de la relación laboral, por constituir un despido directo encubierto. Solicita, además, dispensa de la multa prevista por el art. 2 Ley 25.323 | ||
Nº 48/21 | Caducidad apelación subsidiaria planteada por la parte recurrida-Transcurso del plazo durante el año 2020 descontadas las suspensiones extraordinarias de los términos. | |||
Nº 39/21 | Caducidad de instancia | Caducidad de instancia-Declaración de oficio en Primera Instancia-Confirmación de la Cámara de Apelaciones-Sin imposición de costas | ||
Nº 13/21 | Coincidiendo el Tribunal con lo manifestado por el juez aquo, sostuvo no se encuentra probado que el accionante, al momento de la turbación—enero de 2.018— tuviera la tenencia o posesión efectiva clara e indudable del inmueble objeto del presente proceso. Entendiendo que no se puede, por medio de esta acción, obtener la restitución de la posesión o su tenencia cuando ésta no estuvo . . . | |||
189/16 | ACCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA- PEDIDO DE RECUSACIÓN FUNDADO EN EL ART. 30 DEL C.P.C.C- INEXISTENCIA EN EL CASO DE LA CAUSAL ALEGADA- NECESIDAD DE LA PRESERVACIÓN DEL JUEZ NATURAL- RECHAZO DEL PLANTEO REALIZADO. | Con fundamento en la necesidad de velar por el juez natural, corresponde rechazar el planteo recusatorio interpuesto, pues respecto a la recusación por la causal prevista en el Art.30 del CPCC, este Tribunal tiene resuelto que no constituyen adelanto de opinión las consideraciones vertidas por los jueces en otros procesos y en ejercicio de las funciones que le son propias, pues ese pronunciamiento . . . |
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