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Nro SentVocesTextoMateria 
23/17Acción Contencioso Administrativa- Personal Policial Cuestionamientos a las evaluaciones psicológicas- Procedencia del retiro por invalidez- Convalidación del proceder de la administración- No afectación del derecho de defensa – Inexistencia de arbitrariedad en el fallo en crisis- Improcedencia de la acción.La acción articulada por la actora no resulta procedente toda vez que las razones que la sustentan no son atendibles. En efecto, el personal de la fuerza de seguridad se encuentra sometido a la Ley Nº 2.444 y sus modificatorias y la Ley Nº 3.137 de Retiros y Pensiones de la Policía de Catamarca. La accionante hizo uso de licencia por razones de salud -síndrome depresivo permaneciendo en tal situación . . . Ver
24/17Amparo por Mora de la Administración- Pedido de Cambio de Reagrupamiento y Recategorización- Competencia Originaria del Tribunal- Art.204 C.P.- Naturaleza Jurídica del instituto- Necesidad de la Observancia de la situación actual- Respuesta de la Administración- Causa sin materia judiciable. La competencia de este Tribunal para entender en la acción de Amparo por Mora, no está dada por la Ley Nº 4795 y su modificatoria Nº 4850, por cuanto la competencia originaria surge de la dación expresa de la Constitución, en este caso del Art.204. En tal sentido se ha pronunciado éste Tribunal en causa Expte. Corte Nº 14/00 - VISÑOVEZCHY Carmelo Arturo c/ Poder Ejecutivo y Recursos Humanos . . . Ver
24/17Amparo por Mora de la Administración- Sentencia Abstracta- Necesidad de promoción de la acción del actor- Costas a la parte demandada.El acto que motivo la presente acción de Amparo por Mora, fue consumado el 12 de Junio de 2017 fecha posterior a la notificación de la Administración requerida, practicada con fecha 08 de Junio de2017, y aunque la sentencia haya devenido abstracta, las costas deben ser impuestas a la Administración demandada puesto que, el Administrado, se vio obligado a promover la acción para finalmente así, . . . Ver
24/17Amparo por Mora de la Administración- Cuestión devenida Abstracta- Necesidad de promover acción del actor- Costas a la parte demandada.Respecto de las costas discrepo con el primer voto y adhiero a la mayoría porque considero que deben ser impuestas a la parte demandada, por cuanto no obstante que la cuestión principal devino abstracta, en el caso cabe aplicar el principio general consagrado en la primera parte del Art.14 de la ley 4795, en razón de que la parte demandada al pronunciarse con posterioridad al requerimiento del . . . Ver
25/17Amparo por Mora- Reclamo por Suministro de Agua-Jurisdicción y Competencia de la Corte-Informe tardío de la Dirección de Riego- Cuestión Abstracta- Declaración. Sin perjuicio de que corresponde a la jurisdicción y competencia del Tribunal entender en la presente causa, la acción de Amparo por Mora de la Administración interpuesta por el actor en contra de la Dirección de la Administración de Riego -Secretaría de Recursos Hídricos- Ministerio de Obras Públicas de la Provincia y Estado Provincial, a fin de obtener respuesta al reclamo relacionado con . . . Ver
25/17Amparo por Mora- Reclamo por Suministro de Agua-Jurisdicción y Competencia de la Corte-Informe tardío de la Dirección de Riego- Costas a la demandada.Sin perjuicio de que la Sentencia devino abstracta, considero que las costas deben ser impuestas a la Administración demandada en razón de que, el Administrado se vio obligado a promover esta Acción para finalmente así obtener la respuesta a su reclamo, porque como bien dice la doctrina, "…se debe impedir, en cuanto sea posible, que la necesidad de servirse del proceso para la defensa del derecho . . . Ver
25/17Amparo por Mora- Reclamo por Suministro de Agua-Jurisdicción y Competencia de la Corte- Cuestión abstracta-Costas. No aplicación.Toda vez que la Administración ha comparecido y acreditado el dictado del acto administrativo cuya emisión fue reclamado por la pretensora en la presente acción judicial, el cual data de fecha 25-julio-2017 es decir durante la sustanciación de la causa, cuyo llamado de autos fue dispuesto a fs.106 con fecha 05-agosto-2017, y que expresamente la normativa provincial Ley Nº 4795 ha previsto en el . . . Ver
12/17Recusación con causa- Desestimación- Recurso de Casación- Carencia de Definitividad de la Sentencia Impugnada-Resolución dictada dentro de un juicio en trámite- Cuestión Procesal ajena a la Vía Casatoria- Inexistencia de Arbitrariedad y de Gravedad Institucional- Para la determinación de la admisibilidad del recurso de casación intentado en contra de la Sentencia Interlocutoria Nº 127/16 dictada por la Cámara de Apelación Civil, Comercial, Laboral y de Minas de Segunda Nominación, en la que se resuelve no hacer lugar a la recusación con causa deducida en contra del Sr. Juez de Control y Garantías, Laboral y Menores de la Segunda Circunscripción Judicial, . . . Ver
12/17Recurso de Casación- Pedido de reintegro del depósito – Art. 300C.P.C.- Cuestiones ambientales- Exención de pago- Procedencia de la solicitud.-Corresponde la restitución del depósito exigido por el Art. 300 del C.P.C., conforme lo solicitado por el recurrente, en función de que las acciones que involucren la tutela jurisdiccional frente a un posible daño ambiental deberán quedar exentas de tasas contribuciones, depósito para recurrir, y de toda otra imposición económica que pueda obstruir el avance del pleito, la consecución de una . . . Ver
12/17Recusación con causa- Desestimación- Recurso de Casación- Carencia de Definitividad de la Sentencia Impugnada- Inexistencia de Gravedad Institucional- Ausencia de crítica razonada y concreta del fallo- Mera discrepancia- Extemporaneidad del planteo recusatorio- Rechazo del recurso. Procedencia del reintegro del depósito. La recusación con causa del Señor Magistrado de la Ciudad de Andalgalá, en manera alguna pone fín al pleito y tampoco hace imposible su continuación, es más el justiciable tendrá la posibilidad de tutelar sus derechos ulteriormente, por lo que no existe gravedad institucional que amerite la apertura de esta instancia extraordinaria para establecer la procedencia de la recusación.- Asimismo . . . Ver