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CORTE DE JUSTICIA • HEZZE AGUIAR, Mauricio Bruno y Otros c. PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo • 10-07-2015
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-PROCEDENCIA-EMPLEADOS PÚBLICOS-SOLICITUD DE PAGO DE ADICIONAL DE REMUNERACIÓN MEDIANTE AMPARO-INADMISIBILIDAD FORMAL DE LA ACCIÓN-FUNDAMENTO-LIQUIDACIÓN DE HABERES-FACULTADES DEL PODER ADMINISTRADOR- INEXISTENCIA DE ARBITRARIEDAD O ILEGALIDAD MANIFIESTAS- NECESIDAD DE MAYOR DEBATE Y PRUEBA-EXISTENCIA DE OTRAS VÍAS DE DISCUSIÓN-

CORTE DE JUSTICIA • REALES, Carlos David (En representanción de su hija discapacitada Reales María del Valle) - c. OBRA SOCIAL DE LOS EMPLADOS PÚBLICOS (OSEP)- s/ Acción de Amparo • 10-07-2015
Admisibilidad Formal de la Acción. Admisibilidad de la Cautelar (Orden a la Obra Social de los Empleados Públicos para que provea a la amparista discapacitada el implante cloquear solicitado y ordene la posterior intervención quirúrgica)

CORTE DE JUSTICIA • Delgadino, Facundo Jorge Edgardo y otros c. ------------- s/ RECURSO DE CASACIÓN interpuesto - ss.as. Secuestro coactivo, etc. • 30-07-2015
La Cámara Penal de Primera Nominación absolvió a R. C. V., por el delito que le había sido atribuido, de Secuestro coactivo, agravado por la edad de la víctima (menor de 18 años) y por el número de personas intervinientes (tres o más personas), en los términos de los arts. 142 bis, primer párrafo, primer supuesto, incs. 1) y 6) y 45 del Código Penal. Los querellantes particulares, con . . .

CORTE DE JUSTICIA • Delgadino, Facundo Jorge Edgardo y otros c. ------------- s/ RECURSO DE CASACIÓN interpuesto - ss.as. Secuestro coactivo, etc. • 30-07-2015
La Cámara Penal de Primera Nominación absolvió a R. C. V., por el delito que le había sido atribuido, de Secuestro coactivo, agravado por la edad de la víctima (menor de 18 años) y por el número de personas intervinientes (tres o más personas), en los términos de los arts. 142 bis, primer párrafo, primer supuesto, incs. 1) y 6) y 45 del Código Penal. Los querellantes particulares, con . . .

CORTE DE JUSTICIA • Fernández, Juan Rodolfo c. ------------- s/ s.a. Lesiones Leves • 31-07-2015
El Juzgado Correccional declaró culpable como autor penalmente responsable del delito de Lesiones Leves (art. 89 del CP) a F. y lo condenó a la pena de tres meses de prisión, de cumplimiento en suspenso. Contra esa sentencia, la Defensora Penal Oficial, en representación de la persona condenada, interpone este recurso, por inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica . . .

CORTE DE JUSTICIA • Soberón Cáceres, Matías Eduardo c. ------------- s/ s.a. Abuso sexual simple continuado calificado por la situación de convivencia preexistente (hecho Nº 1), Abuso sexual con acceso carnal continuado por la situación de convivencia preexistente (hecho Nº 2) ambos en concurso real en calidad de autor • 31-07-2015
La Cámara en lo Criminal, por unanimidad, declaró la nulidad de la declaración de la menor y de todos lo actos consecutivos que de ellos dependan conforme art. 185 y concordantes del CPP. Contra esta resolución, el Sr. Defensor Penal Oficial, asistente técnico del imputado C., interpone el presente recurso. Más allá de lo expuesto, y remitiéndome en un todo a lo desarrollado ut supra en . . .

CORTE DE JUSTICIA • Soberón Cáceres, Matías Eduardo c. ------------- s/ s.a. Abuso sexual simple continuado calificado por la situación de convivencia preexistente (hecho Nº 1), Abuso sexual con acceso carnal continuado por la situación de convivencia preexistente (hecho Nº 2) ambos en concurso real en calidad de autor • 31-07-2015
La Cámara en lo Criminal, por unanimidad, declaró la nulidad de la declaración de la menor y de todos lo actos consecutivos que de ellos dependan conforme art. 185 y concordantes del CPP. Contra esta resolución, el Sr. Defensor Penal Oficial, asistente técnico del imputado C., interpone el presente recurso. El segundo agravio esgrimido por el recurrente, cuestiona la declaración de nulidad . . .

CORTE DE JUSTICIA • Soberón Cáceres, Matías Eduardo c. ------------- s/ s.a. Abuso sexual simple continuado calificado por la situación de convivencia preexistente (hecho Nº 1), Abuso sexual con acceso carnal continuado por la situación de convivencia preexistente (hecho Nº 2) ambos en concurso real en calidad de autor • 31-07-2015
La Cámara en lo Criminal, por unanimidad, declaró la nulidad de la declaración de la menor y de todos lo actos consecutivos que de ellos dependan conforme art. 185 y concordantes del CPP. Contra esta resolución, el Sr. Defensor Penal Oficial, asistente técnico del imputado C., interpone el presente recurso. Estimo pertinente recordar que otras razones de entidad similar concurren en el caso . . .

CORTE DE JUSTICIA • Soberón Cáceres, Matías Eduardo c. ------------- s/ s.a. Abuso sexual simple continuado calificado por la situación de convivencia preexistente (hecho Nº 1), Abuso sexual con acceso carnal continuado por la situación de convivencia preexistente (hecho Nº 2) ambos en concurso real en calidad de autor • 31-07-2015
La Cámara en lo Criminal, por unanimidad, declaró la nulidad de la declaración de la menor y de todos lo actos consecutivos que de ellos dependan conforme art. 185 y concordantes del CPP. Contra esta resolución, el Sr. Defensor Penal Oficial, asistente técnico del imputado C., interpone el presente recurso. No obstante lo expuesto, que ya basta para dar acogida favorable al presente agravio, . . .

CORTE DE JUSTICIA • Soberón Cáceres, Matías Eduardo c. ------------- s/ s.a. Abuso sexual simple continuado calificado por la situación de convivencia preexistente (hecho Nº 1), Abuso sexual con acceso carnal continuado por la situación de convivencia preexistente (hecho Nº 2) ambos en concurso real en calidad de autor • 31-07-2015
La Cámara en lo Criminal, por unanimidad, declaró la nulidad de la declaración de la menor y de todos lo actos consecutivos que de ellos dependan conforme art. 185 y concordantes del CPP. Contra esta resolución, el Sr. Defensor Penal Oficial, asistente técnico del imputado C., interpone el presente recurso. Corresponde consignar también que los escasos fundamentos brindados en la resolución . . .