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Nro Sent | Caratula | Texto | Actora | Demandada | |
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22/13 | SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia - c/ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración | SENTENCIA DEFINITIVA NÚMERO: Veintidós.- San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de Septiembre de 2013.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº032/2013 "SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia - c/ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración", llamándose autos para Sentencia a fs.61vta.- - - - - - - - - - En este estado . . . | SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia | MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA | |
86/16 | autos Corte Nº 032/2013 "SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia - c/ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, C. Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración" | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Ochenta y Seis.- San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de junio de 2016.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 032/2013 "SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia - c/ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, C. Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración", y- Que a fs.88/88vta. comparece la parte actora, por derecho propio, presentando . . . | SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia | MINISTERIO DE EDUCACIÓN, C. Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA - | |
65/15 | autos Corte Nº 032/2013 "SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia c/MINISTERIO DE EDUCACIÓN C. Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA -s/Acción de Amparo por Mora de la Administración" | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Sesenta y cinco.- San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de abril de 2015 Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 032/2013 "SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia c/MINISTERIO DE EDUCACIÓN C. Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA -s/Acción de Amparo por Mora de la Administración", y CONSIDERANDO: 1- Que a fs.75/75vta. comparece la parte actora, mediante letrado . . . | SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia | MINISTERIO DE EDUCACIÓN C. Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA | |
220/16 | autos Corte Nº 032/2013 "SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia - c/ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, C. Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración" | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Doscientos veinte.- San Fernando del Valle de Catamarca, 04 de noviembre de 2016.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 032/2013 "SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia - c/ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, C. Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración", traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación . . . | SAINT CLAIR, Claudia Lucrecia | MINISTERIO DE EDUCACIÓN, C. Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA | |
28/20 | “Recurso requeja interpuesto por los apoderados de las familias Sal y Castiglione –querellantes particulares- c/ auto interl. nº 58/20 de expte. nº 78/20” | AUTO INTERLOCUTORIO Nº: VEINTIOCHO San Fernando del Valle de Catamarca, seis de octubre de dos mil veinte. VISTOS: Estos autos Expte. Corte nº 055/2020, caratulados “Recurso requeja interpuesto por los apoderados de las familias Sal y Castiglione –querellantes particulares- c/ auto interl. nº 58/20 de expte. nº 78/20”; y CONSIDERANDO: I). Que el Sr. Ministro Dr. . . . | Sal y Castiglione | ------------------- | |
32/20 | autos, Expte. Corte nº 055/20, caratulados: “Recurso de queja interpuesta por los apoderados de las familias Sal y Castiglioni-querellantes particulares-c/ Auto Interl. nº 58/20 de expte. nº 78/20” | AUTO INTERLOCUTORIO NÚMERO: TREINTA Y DOS San Fernando del Valle de Catamarca, veinte de octubre de dos mil veinte. Y VISTOS: Estos autos, Expte. Corte nº 055/20, caratulados: “Re-curso de queja interpuesta por los apoderados de las familias Sal y Cas-tiglioni-querellantes particulares-c/ Auto Interl. nº 58/20 de expte. nº 78/20”. DE LOS QUE RESULTA QUE: En lo que aquí interesa, . . . | Sal y Castiglioni | ------------------- | |
57/12 | Salas Bulacios, Julio Daniel s/salidas transitorias –Capital - RECURSO EXTRAORDINARIO interpuesto por la Def Penal Nº 5, Dra. Mariana Vera en contra de la Sentencia Nº 42/12 en Expte. Corte Nº 26/12 - Recurso de Casación (…) en Expte. Nº 512/2011 - | AUTO INTERLOCUTORIO Nº: CINCUENTA Y SIETE San Fernando del Valle de Catamarca, doce de diciembre de dos mil doce. VISTOS: Estos autos, Expte. Corte Nº 99/12, caratulado: “RECUR-SO EXTRAORDINARIO interpuesto por la Def Penal Nº 5, Dra. Mariana Vera en contra de la Sentencia Nº 42/12 en Expte. Corte Nº 26/12 - Recurso de Casación (…) en Expte. Nº 512/2011 - Salas Bulacios, Julio Daniel . . . | Salas Bulacios, Julio Daniel | --- | |
10/13 | SALAS BULACIOS, Julio Daniel | AUTO INTERLOCUTORIO Nº: DIEZ San Fernando del Valle de Catamarca, once de abril de dos mil trece VISTO: El Expte. Corte Nº 117/12, caratulado: “SALAS BULA-CIOS, Julio Daniel” (Expte. “S” Nº 26137/12 de Casa de Gobierno de Cata-marca); y CONSIDERANDO: Que el trámite del pedido de reducción de pena formulado por Julio Daniel Salas Bulacios ante la Secretaria Privada de la Gobernación, . . . | SALAS BULACIOS, Julio Daniel | --- | |
16/16 | SALAS BULACIOS, Julio Daniel s/ salida transitoria - Recurso de Casación interpuesto por la Dra. Mariana Vera, Defensora Penal Nº 5 en contra del decreto de fs. 423, de fecha 29 de septiembre de 2015, en Expte. Nº 512/2015, caratulado | AUTO INTERLOCUTORIO Nº: DIECISEIS San Fernando del Valle de Catamarca, treinta y uno de marzo de dos mil dieciséis. . . . | SALAS BULACIOS, Julio Daniel | --- | |
113/18 | autos Corte Nº 041/2018 SALAS MARTINEZ, Roque A. c/ ESTADO PROVINCIAL, MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS DE LA PROVINCIA s/ Acción de Amparo por Mora | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: CIENTO TRECE San Fernando del Valle de Catamarca, 12 de octubre del 2018 Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 041/2018 "SALAS MARTINEZ, Roque A. c/ ESTADO PROVINCIAL, MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS DE LA PROVINCIA s/ Acción de Amparo por Mora", y CONSIDERANDO: 1- Que a fs. 09/11 comparece la parte actora, Sr. Roque A. Salas Martínez, a través de . . . | SALAS MARTINEZ, Roque A. | ESTADO PROVINCIAL, MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS DE LA PROVINCIA |
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