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Nro SentCaratulaTextoActoraDemandada 
35/15CANGIOSO, Héctor Ricardo. S.a. Homicidio culposo agravado por conducción imprudente y antirreglamentaria de vehículo automotor - Recurso Extraordinario deducido por el Dr. Pedro Justiniano Vélez, defensor de Héctor R. Cangiaso, en contra de la sentencia Nº 23/15 de Expte. Corte Nº 55/15 Recurso de Casación (…)AUTO INTERLOCUTORIO Nº: TREINTA Y CINCO San Fernando del Valle de Catamarca, veintidós de diciembre de dos mil quince. VISTOS: Estos autos, Expte. Corte Nº 69/15 caratulados: “Recurso Extraordinario deducido por el Dr. Pedro Justiniano Vélez, defensor de Héctor R. Cangiaso, en contra de la sentencia Nº 23/15 de Expte. Corte Nº 55/15 Recurso de Casación (…) “Cangiaso, Héctor . . .CANGIOSO, Héctor Ricardo. ---Ver
23/15autos Expte. Corte Nº 55/15, caratulado: “RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por el Dr. Pedro J. Vélez en Expte. 171/12 “Cangiaso, Héctor Ricardo s.a. Homicidio Culposo Agravado p/ conducción imprudente y antirreglamentaria de vehículo automotor - Sumalao - Valle Viejo”.SENTENCIA NÚMERO: VEINTITRÉS En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los diez días del mes de Julio de dos mil quince, la Corte de Justicia de Catamarca, integrada por los señores Ministros doctores José Ricardo Cáceres -Presidente-, Luis Raúl Cippitelli y Amelia del Valle Sesto de Leiva, se reúne en acuerdo para entender en el Recurso de Casación deducido en autos Expte. Corte . . .Cangiaso, Héctor Ricardo-------------Ver
22/17“RECURSO DE CASACIÓN en c/ de la Sentencia Nº 31/16 de Expte. Nº 171/12 - Cangiaso, Héctor Ricardo p.s.a. Homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de vehículo automotor - Dpto. Valle Viejo - Catamarca” TEXTO COMPLETO. SENTENCIA NÚMERO: VEINTIDOS En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los quince días del mes de junio de dos mil diecisiete, la Corte de Justicia de Catamarca, integrada por los señores Ministros doctores Luis Raúl Cippitelli -Presidente-, Amelia del Valle Sesto de Leiva, Vilma Juana Molina, Carlos Miguel Figueroa Vicario y José Ricardo Cáceres, reunida . . .Cangiaso, Héctor Ricardo-Ver
40/17caratulados “Rec Extraordinario c/ sent. nº 22/17 de Expte Corte nº 60/16 - Rec. de Casac. (...) causa Cangiaso, Héctor Ricardo - homic culp agrav, etc - Valle Viejo” TEXTO COMPLETO. AUTO INTERLOCUTORIO NUMERO: CUARENTA San Fernando del Valle de Catamarca, diecinueve de octubre de dos mil diecisiete VISTOS: Estos autos, Expte. Corte Nº 065/17, caratulados “Rec Extraordinario c/ sent. nº 22/17 de Expte Corte nº 60/16 - Rec. de Casac. (...) causa Cangiaso, Héctor Ricardo - homic culp agrav, etc - Valle Viejo”. DE LOS QUE RESULTA QUE: I) En lo que . . .Cangiaso, Héctor Ricardo-Ver
07/18autos Corte Nº 022/17 “CANCINOS, Pedro Antolín y Otros c/ MAITA, Trinidad - s/Reivindicación- s/ RECURSO DE CASACION”SENTENCIA DEFINITIVA NÚMERO: Siete.- En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a los 14 días del mes de Junio de dos mil dieciocho, se reúne en Acuerdo la Corte de Justicia de la Provincia, integrada en estos autos por los Señores Ministros titulares Dres. LUIS RAÚL CIPPITELLI, VILMA JUANA MOLINA, CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO, JOSE RICARDO CACERES y AMELIA . . .CANCINOS, Pedro Antolín y Otros MAITA, Trinidad Ver
10/09CANCINOS, Juan Marcelo p.s.a. Abuso Sexual con Acceso Carnal Agravado – Santa María - RECURSO DE CASACION interpuesto por el Dr. Víctor Guillermo Castro y EL Dr. Matias Olmos en contra de la Sentencia Nº 03/09 en Causa Expte. Nº 09/08Corte de Justicia de Catamarca AUTO INTERLOCUTORIO N°: DIEZ San Fernando del Valle de Catamarca, seis de Marzo de dos mil nueve.- VISTOS: Estos autos Corte N° 05/09, caratulados “RECURSO DE CASACION interpuesto por el Dr. Víctor Guillermo Castro y EL DR. MATIAS OLMOS en contra de la Sentencia Nº 03/09 en Causa Expte. Nº 09/08: ‘Cancinos, Juan Marcelo p.s.a. Abuso Sexual con Acceso . . .CANCINOS, Juan Marcelo---Ver
87/18autos Corte Nº 006/2018 CANALS SALVATIERRA Constanza y Otros - c/ ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - s/ Acción de AmparoSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: OCHENTA y SIETE San Fernando del Valle de Catamarca, 12 de julio de 2018.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 006/2018 "CANALS SALVATIERRA Constanza y Otros - c/ ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - s/ Acción de Amparo", y CONSIDERANDO: 1- Que a fs.67/85 vta. comparece la parte actora, integrada por cinco personas: Sres. Lorenza Chaile, María Isabel . . .CANALS SALVATIERRA Constanza y OtrosENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOSVer
1/14CAMPROVÍN, Eduardo Antonio c/ EMPRESA de TRANSPORTE GENERAL URQUIZA y Otros –s/ Daños y Perjuicios - s/RECURSO de CASACIONSENTENCIA DEFINITIVA NÚMERO: Uno.- En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a los 18 días del mes de Febrero de dos mil catorce, se reúne en Acuerdo la Corte de Justicia de la Provincia, integrada en estos autos por los Señores Ministros titulares Dres. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA, JOSÉ RICARDO CÁCERES y LUÍS RAÚL CIPPITELLI, bajo la presidencia de la Dra. SESTO de LEIVA; . . .CAMPROVÍN, Eduardo AntonioEMPRESA de TRANSPORTE GENERAL URQUIZA y OtrosVer
36/15autos Expte. Corte Nº 69/14, caratulados: “Recurso de casación interpuesto por el Dr. Víctor García en contra de la sentencia Nº 39/14 dictada en Expte. Letra “C” Nº 52/14- Campos, Enrique s.a. Estafa-Estelionato-capital-Catamarca”SENTENCIA NÚMERO: TREINTA Y SEIS En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los once días del mes de septiembre de dos mil quince, la Corte de Justicia de Catamarca, integrada por los señores Ministros doctores José Ricardo Cáceres -Presidente-; Luis Raúl Cippitelli y Amelia del Valle Sesto de Leiva, se reúne en acuerdo para entender en el Recurso de Casación deducido en autos . . .Campos, Enrique -------------Ver
02/09CAMPI, Rafael N. c/ RADOSTA, Gladis - s/ Disoluc. y Liquid. Soc. de Hecho - s/ Rec. CasaciónSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Dos.- San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de enero de 2009.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 002/08: “CAMPI, Rafael N. c/ RADOSTA, Gladis - s/ Disoluc. y Liquid. Soc. de Hecho - s/ Rec. Casación”, y CONSIDERANDO: (Voto de los Dres. Cippitelli y Herrera) . . .CAMPI, Rafael N.RADOSTA, GladisVer