Ver Resolución 3508 • Acuerdo Extraordinario Nº 821 ordenar una readecuación general de las remuneraciones vigentes en la planta de Magistrados • 21-09-2010

Descripción Que también este Tribunal ha analizado la solicitud presentada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios, en referencia a que se aplique en sus asociados el mismo método de cálculo que se utiliza para los Empleados del Poder Judicial en la liquidación del rubro salarial denominado Adicional por Título, considerándose así como base del porcentaje pertinente el concepto Asignación de la Categoría (Sueldo Básico más Compensación Jerárquica), toda vez que en la actualidad se aplica el mismo únicamente sobre el primero de ellos.¬ Por ello,
Resolución“2.010 Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo”
Corte de Justicia de Catamarca
San Fernando del Valle de Catamarca, 21 de Septiembre de 2010.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo Extraordinario Nº 821, se ha evaluado la posibilidad de ordenar una readecuación general de las remuneraciones vigentes en la planta de Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial, con el fin de atenuar el deterioro que se produce en la capacidad adquisitiva de sus haberes, como consecuencia del constante incremento de los precios de bienes y servicios, todo ello previsto en un marco de prudencia, responsabilidad y racionalidad de la ejecución presupuestaria de las partidas asignadas para el funcionamiento de la Administración de Justicia.
Que también este Tribunal ha analizado la solicitud presentada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios, en referencia a que se aplique en sus asociados el mismo método de cálculo que se utiliza para los Empleados del Poder Judicial en la liquidación del rubro salarial denominado Adicional por Título, considerándose así como base del porcentaje pertinente el concepto Asignación de la Categoría (Sueldo Básico más Compensación Jerárquica), toda vez que en la actualidad se aplica el mismo únicamente sobre el primero de ellos.¬
Por ello,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Otorgar a partir del 1° de Septiembre de 2.010 un incremento salarial del 9% sobre las remuneraciones vigentes que perciben por todo concepto los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial.¬
ARTÍCULO 2°: Instruir a la Secretaría Contable, que haga extensivo a partir del 1 ° de Septiembre de 2.010 a Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, el mismo método de cálculo que se usa para los
Empleados, a los fines de determinar la liquidación del rubro denominado Adicional por Título, aplicándose en consecuencia el porcentaje pertinente sobre el concepto Asignación de la Categoría (Sueldo Básico más Compensación Jerárquica).¬
ARTÍCULO 3°: Protocolícese, Regístrese y Archívese.¬

Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
PRESIDENTE
CORTE DE JUSTICIA


Dra. AMELIA DEL V. SESTO DE LEIVA Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES
MINISTRO MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA CORTE DE JUSTICIA


Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO
SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA
INSTITUCIONAL
CORTE DE JUSTICIA
FirmantesDr. LUIS RAUL CIPPITELLI, Dra. AMELIA DEL V. SESTO DE LEIVA, Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES, Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO