Ver Acordada 4385 • OTORGAMIENTO DE LICENCIA PARA CONCURSAR ANTE EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA • 28-03-2018

DescripcionEstablecer que el Artículo 29 inc “C” de la Acordada 3979/06 quedará redactado en los siguientes términos: Para participar de concursos que permitan el acceso a cargo de mayor jerarquía (Consejo de la Magistratura), se otorgará dos (2) días corridos por concurso con un máximo de veinte días por año calendario. -
AcuerdoACORDADA Nº 4385
28MAR2018
SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 28 de Marzo de 2018

VISTO :
Lo dispuesto en Acuerdo Plenario Nº 1075, respecto del plazo dispuesto de licencia para rendir exámenes establecida en Acordada Nº 3979 (14/07/2006) Capítulo II, Art. 29 inc. “C”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Y CONSIDERANDO:
I) Que, la Acordada Nº 3979/2006, regula entre los derechos de los agentes; beneficiarios según Art. 1 de la misma; el derecho a usufructuar licencias ordinarias, extraordinarias y la justificación de inasistencias.
Que el Art. 29 de la mencionada Acordada dispone la concesión de licencias con goce de haberes para rendir exámenes, estableciendo en su inc “c” el otorgamiento de cinco (5) días corridos con un máximo de veinte días por año calendario, cuando el motivo de tal solicitud se justifique en la participación de concursos para el acceso a cargo de mayor jerarquía.
Que, puesta a consideración, la existencia de las convocatorias realizadas por el Consejo de la Magistratura y, la multiplicidad de licencias que con motivo de la misma pueden generarse dentro del ámbito del Poder Judicial, a la luz de lo dispuesto por la Acordada en cuestión, corresponde expresar que la necesidad de modificación de la misma en la parte pertinente surge imperiosa. Pues, corresponde expresar que, las motivaciones personales y funcionales que generan la presentación por parte de los agentes judiciales, y la concesión por parte de la administración la licencia solicitada, nunca deben operar en detrimento de un estricto y correcto desenvolvimiento del servicio de justicia, resultando en consecuencia la motivación y anhelo de superación personal congruente con la responsabilidad y el compromiso asumido en la asignación de las tarea judicial a su cargo, resultando su participación en el concurso la expresión de la oportunidad para demostrar la trayectoria adquirida en su carrera, capacidades, conocimiento y habilidades.
Por lo expuesto,

LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
ACUERDA

I) Dejar sin efecto lo dispuesto en Acordada Nº 3979/06, Art. 29 inc “C”. -
II) Establecer que el Artículo 29 inc “C” de la Acordada 3979/06 quedará redactado en los siguientes términos: Para participar de concursos que permitan el acceso a cargo de mayor jerarquía (Consejo de la Magistratura), se otorgará dos (2) días corridos por concurso con un máximo de veinte días por año calendario. -
III) La medida, comenzará a regir a partir del día primero 1º de Abril del corriente año. -
IV) Protocolícese, y Notifíquese.-


Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
PRESIDENTE
CORTE DE JUSTICIA



DR. JOSÉ RICARDO CÁCERES Dra. VILMA JUANA MOLINA
MINISTRO MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA CORTE DE JUSTICIA




DRA. AMELIA DEL V SESTO DE LEIVA
MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA



Dra MARIA FERNANDA VIAN
SECRETARIO PENAL
A/C SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA
INSTITUCIONAL
CORTE DE JUSTICIA







FirmantesDR LUIS RAUL CIPITELLI PRESIDENTE Dra VILMA JUANA MOLINA JOSE RICARDO CACERES MINISTRO Dra AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA MINISTRO ANTE MI Dra MARIA FERNANDA VIAN