Ver Acordada 4082 • PUESTA EN FUNCIONAMIENTO Y TURNO DE LA CAMARA CRIMINAL DE TERCERA NOMINACION MODIFICA A ACORDADA Nº 3996 • 11-12-2008

DescripcionPUESTA EN FUNCIONAMIENTO Y TURNO DE LA CAMARA CRIMINAL DE TERCERA NOMINACION
AcuerdoSan Fernando del Valle de Catamarca, 11 de Diciembre de 2008.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que ante la puesta en funcionamiento del la Cámara en lo Criminal de Tercera Nominación, con asiento en esta ciudad Capital, resulta necesario regular el régimen de distribución de causas elevadas a juicio por las distintas circunscripciones judiciales que conforman este Poder Judicial.
1) En esa tarea, corresponde determinar la eximición del turno de las Cámaras de Primera y Segunda Nominación, hasta el 31 de Marzo de 2009 en todas las causas, las que serán elevadas a la Cámara de Tercera Nominación, con excepción de aquellas en las que dos de sus integrantes, hubieran actuado en calidad de Fiscal de Instrucción o Juez de Control de Garantías, dictando resoluciones que podrían configurar motivos de apartamiento, con el objeto de evitar demora en el trámite, en salvaguarda del derecho de los imputados de obtener un juicio en tiempo razonable. En tal caso, las causas serán remitidas conforme el régimen establecido por la acordada Nº 1493 inc. 2º, es decir, que primeros quince días del mes, la Cámara de Primera Nominación y los días restantes del mes la Cámara de Segunda Nominación.-
Vencida la fecha establecida en el párrafo precedente, los turnos se fijarán de la siguiente manera: Desde el 1 al 10 de cada mes, la Cámara de Primera Nominación; desde el 11 hasta el 20, la Cámara de Segunda Nominación y desde el 21 en adelante, la Cámara de Tercera Nominación. Para ello, deberá tenerse en cuenta la fecha de comisión del ilícito contenido en la Requisitoria de elevación de la causa a juicio o en auto de elevación a juicio; o la fecha de la denuncia en el caso que aquella sea incierta.
2) Que también se torna necesario fijar nuevas normas para la integración de la Corte de Justicia en los casos excusación o recusación de los Ministros y del Procurador General, modificando lo establecido en la Acordada 1494/69. La integración se realizará de la siguiente manera: durante los meses de enero, abril, julio y octubre, por los integrantes de la Cámara 1.; febrero, mayo, agosto y noviembre, por la Cámara Nº 2 y marzo, junio, septiembre y diciembre por la cámara 3, de acuerdo al siguiente orden: del 1 al 10 de cada mes con el Presidente, del 11 al 20 con el decano y del 21 al último día del mes con el vice decano del tribunal en turno.
3) Asimismo, en atención a la gran cantidad de causas que se tramitan en la Cámara Criminal de Primera Nominación, con detenidos próximos a cumplir los dos años de prisión preventiva o con prórroga excepcional, las que están concluidas y en estado de fijar fecha para debate, y, en aras de resguardar la garantía de los imputados de ser juzgados en un tiempo razonable, respetando los pactos internacionales (arts. 75 inc.22 de la C.N. y 7 inc. 5 y 8 inc.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos) , resulta procedente disponer la remisión de las causas que se encuentren en la situación mencionada- según informe remitido por la secretaría de la Cámara Nº 1-para su tratamiento y resolución por la Cámara Penal de Tercera Nominación. El pase de expedientes -que se detallan en el anexo 1 que forma parte de la presente- se realizará por las Secretarías respectivas en el término de TRES (3) días de notificada la presente.
Con el alcance expuesto en párrafos precedentes y de conformidad a lo establecido por los arts. 8 inc. 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y art. 4 del Código Procesal Penal,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
ACUERDA

1) Disponer el turno permanente de la Cámara Criminal de Tercera Nominación desde el día posterior a la puesta en funcionamiento y hasta el 31 de marzo de 2008.
2) Que la los integración de la Corte de Justicia en los casos excusación o recusación de los Ministros y del Procurador General serán subrogados de la siguiente manera: durante los meses de enero, abril, julio y octubre, por la Cámara 1. Febrero, mayo, agosto y noviembre, por la Cámara Nº 2 y Marzo, junio, septiembre y diciembre por la cámara 3, y de acuerdo al siguiente orden: del 1 al 10 de cada mes con el Presidente, del 11 al 20 con el decano y del 21 al último día del mes con el vice decano del tribunal en turno.
3) las causas con detenidos próximos a cumplir los dos años de prisión preventiva o con prórroga excepcional, que estén concluidas y en estado de fijar fecha y que se mencionan en el anexo 1 que adjunta, serán remitidas para su tratamiento y resolución, a la Cámara Penal de Tercera Nominación.
4) Protocolícese, Comuníquese y Archívese.-

Dr. JOSE RICARDO CACERES
PRESIDENTE
CORTE DE JUSTICIA

Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA
Dra. AMELIA DEL V.SESTO DE LEIVA MINISTRO
CORTE DE JUSTICIA

Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO
SECRETARIO DE SUPERINTENDENCIA
INSTITUCIONAL
CORTE DE JUSTICIA
FirmantesDR. JOSE RICARDO CACERES, Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI, Dra. AMELIA SESTO DE LEIVA, Dr. LUCAS ARMANDO TADDEO