Ver Acordada 3548 • Todas las causas que por ejercicio de la acción de amparo se inicien en esta Primera Circunscripción Judicial, deberán ser presentadas por ante Mesa de Entradas Unica • 19-06-1996

DescripcionTodas las causas que por ejercicio de la acción de amparo se inicien en esta Primera Circunscripción Judicial, deberán ser presentadas por ante Mesa de Entradas Unica
AcuerdoACORDADA Nº 3548
19-06-96
SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 19 de Junio de 1996.-

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que de la experiencia recogida desde la sanción y promulgación de la Ley 4642, parece conveniente introducir modificaciones en el modo de distribuir las causas que por ejercicio de la Acción de Amparo, se inicien en los distintos Juzgados de Primera Instancia de esta Primera Circunscripción Judicial, a fin de lograr una mas equitativa distribución del trabajo que redundará, en definitiva, en mejorar la administración de justicia. Que por lo expresado precedentemente, cuando el art. 4 de la mencionada Ley esta¬blece que:"Será competente para conocer de la acción de amparo el Juez de Primera Instancia, con Jurisdicción en el lugar en que el acto se exteriorice, o tuviere o pudiere tener efecto, cualquiera fuese su competencia, por materia y que esté de turno.-...." y considerándose que con la adopción del sistema de Mesa de Entradas Unica, de hecho han quedado "fuera de turno" todos los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, lo que lleva a la imposibilidad prácti¬ca de incorporarlo de tal modo a la previsión legal, por lo que quedaría sin razón valedera excluidos de la misma.-
Que a fin de dar cumplimiento debidamente a la norma legal transcripta, debe conciliarse tal situación de hecho, por lo que,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
A C U E R D A

1*) Determinar que a partir del 01 de Julio del corriente año, todas las causas que por ejercicio de la acción de amparo se inicien en esta Primera Circunscripción Judicial, deberán ser presentadas por ante Mesa de Entradas Unica, donde se practicará de inmediato un sorteo entre todos los Juzgados de Primera Instancia, cualquiera fuese su compe¬tencia, para determinar su radicación.-
2*) Salvo el número de Juzgados y la inmediatez del Juzgado, este se efectuará en un todo conforme a las disposi¬ciones de la Acordada N* 3194 (Reglamento de Mesa de Entradas Unica).-
3*) Remítase copia de la presente al Colegio de Aboga¬dos.-
4*) Protocolícese y Hágase saber.-

FIRMADO:
DR. CESAR ERNESTO OVIEDO
PRESIDENTE
DR. JOSE RICARDO CACERES
MINISTRO DECANO
DR. OSCAR GUILLERMO DIAZ
MINISTRO VICEDECANO
MARCELO JOAQUIN PONFERRADA
SECRETARIO DE SUPERINTEDENCIA

FirmantesDR. CESAR ERNESTO OVIEDO PRESIDENTE DR. JOSE RICARDO CACERES MINISTRO DECANO DR. OSCAR GUILLERMO DIAZ MINISTRO VICEDECANO MARCELO JOAQUIN PONFERRADA SECRETARIO DE SUPERINTEDENCIA