Ver Resolución 8707 • Art. 200 Comunicado al gobernador sobre el Dr. Carlos Horacio Brizuela • 14-04-2026
| Descripción | Art. 200 Comunicado al gobernador sobre el Dr. Carlos Horacio Brizuela |
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| Resolución | San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de abril de 2026 VISTO: La nota remitida por el Sr. Gobernador de la Provincia de Catamarca Lic. Raúl A. Jalil. Y CONSIDERANDO: En dicha presentación solicita el informe previsto en el Art. 200 de la Constitución de la Provincia, respecto del Dr. Carlos Horacio Brizuela DNI N.º 30.676.337, a los fines de la cobertura del cargo de Juez de Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos para la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Catamarca. Que el Dr. Carlos Horacio Brizuela reúne los requisitos exigidos por la Constitución de la Provincia y normas legales vigentes para la designación en el cargo al cual se lo propone, en cuanto a edad y ejercicio de la profesión. Por ello y atento a las facultades conferidas en Ley N.º 2337, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1°) Hacer saber -con copia de la presente- al Sr. Gobernador de la Provincia de Catamarca, que el postulado Dr. Carlos Horacio Brizuela DNI N.º 30.676.337, cumple con los requisitos exigidos por la Constitución de la Provincia -en cuanto a edad y ejercicio de la profesión- y que esta Corte nada tiene que objetar para que el mismo ocupe el cargo de Juez de Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos para la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Catamarca. 2°) Protocolícese, comuníquese y archívese. |
| Firmantes | Pdte:Dr Néstor H Martel;Mtros:Dra Fabiana E Gómez,Dra Rita V Saldaño,Dr Jorge R Bracamonte,Dr José R Cáceres,Dra María F Rosales Andreotti,Dr Carlos M Figueroa Vicario;Sec:Dr Lucas A Taddeo |