Ver Resolución 8089 • Art. 200 Comunicado al gobernador sobre el Dr Ricardo Andrés Córdoba Andreatta • 13-08-2024
Descripción | Comunicar al Gobernador que el Dr. Ricardo Andrés Córdoba Andreatta cumple los requisitos del Art. 200 |
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Resolución | SAN FDO. DEL VALLE DE CATAMARCA, 13 de agosto de 2024 VISTO: La nota remitida por el Sr. Gobernador de la Provincia de Catamarca Lic. Raúl A. Jalil, mediante la cual solicita el informe previsto en el Art. 200 de la Constitución de la Provincia, respecto del Dr. Ricardo Andrés Córdoba Andreatta, DNI nº 31.814.481, a los fines de la cobertura del cargo de Fiscal de Primera Instancia de Instrucción Penal de Cuarta Nominación de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Catamarca, Y CONSIDERANDO: Que el Dr. Ricardo Andrés Córdoba Andreatta, reúne los requisitos exigidos por la Constitución de la Provincia y normas legales vigentes para la designación en el cargo al cual se lo propone, en cuanto a edad y ejercicio de la profesión-. Por ello y atento a las facultades conferidas en Ley Nº 2337, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE 1º) Hacer saber -con copia de la presente- al Sr. Gobernador de la Provincia de Catamarca, que el postulado el del Dr. Ricardo Andrés Córdoba Andreatta, DNI nº 31.814.481, cumple con los requisitos exigidos por la Constitución de la Provincia -en cuanto a edad y ejercicio de la profesión- y que esta Corte nada tiene que objetar para que el mismo ocupe el cargo de Fiscal de Primera Instancia de Instrucción Penal de Cuarta Nominación de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Catamarca 2º) Protocolícese, comuníquese y archívese. - |
Firmantes | Pdta:Dra María F. Rosales Andreotti;Mtros:Dr Carlos M. Figueroa Vicario,Dra Fabiana E. Gómez,Dr José R. Cáceres,Dra Rita V. Saldaño,Dr Nestor H. Martel;Sec: Dr. Lucas A. Taddeo |