Ver Acordada 4856 • Compensación de causas para los Juzgados de Control de Garantías • 06-10-2026
| Descripcion | Compensación de causas para los Juzgados de Control de Garantías |
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| Acuerdo | San Fernando del Valle de Catamarca, 06 de octubre de 2026 VISTO: La necesidad de establecer una pauta general, objetiva y uniforme para la asignación de causas en los supuestos en los que algún magistrado o magistrada a cargo del Juzgado de Control de Garantías al que corresponda intervenir se encuentre impedido/a de hacerlo por inhibición o recusación que implique su apartamiento. Y CONSIDERANDO: La necesidad de contar con un mecanismo general de distribución que permita determinar, de manera objetiva, el juzgado que deberá intervenir cuando aquel al que originalmente corresponda la causa se encuentre imposibilitado de hacerlo. En tal sentido, se considera adecuado que la determinación del Juzgado que deba actuar se efectúe mediante sorteo entre los Juzgados de Control de Garantías, garantizando así un mecanismo objetivo de asignación y evitando que el apartamiento de uno de ellos determine anticipadamente cuál de los restantes deberá asumir competencia. A fin de preservar una distribución equitativa de la carga de trabajo entre los Juzgados de Control de Garantías, las causas que sean asignadas mediante el mecanismo establecido deberán ser objeto de compensación con la intención de evitar que el incremento desproporcionado de procesos recaiga en un mismo Tribunal. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1º) Establecer como pauta general de distribución que, cuando cualquiera de los magistrados o magistradas a cargo de los Juzgados de Control de Garantías de la Primera Circunscripción Judicial se encuentre impedido/a de intervenir en una causa por inhibición o recusación, la causa será asignada mediante sorteo entre los restantes Juzgados de Control de Garantías. 2º) El sorteo deberá realizarse conforme al mecanismo habilitado al efecto, dejando debida constancia de su resultado a los fines de la compensación de causas. 3º) Protocolícese, notifíquese a los Juzgados de Control de Garantías de la Primera Circunscripción Judicial y a las dependencias que correspondan, comuníquese y archívese. |
| Firmantes | Pdte: Dr Nestor H Martel; Ministros: Dra Fabiana E Gómez, Dra Rita V Saldaño, Dr Jorge R Bracamonte, Dr José R Cáceres, Dra María F Rosales Andreotti, Dr Carlos M Figueroa Vicario; Sec: Lucas A Taddeo |