Ver Acordada 4843 • Remisión de expedientes digitalizados a Cámaras de Sentencia Penal y a Juzgados Correccionales • 18-08-2026
| Descripcion | Remisión de expedientes digitalizados a Cámaras de Sentencia Penal y a Juzgados Correccionales |
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| Acuerdo | San Fernando del Valle de Catamarca, 18 de agosto de 2026 VISTO: La implementación progresiva del sistema de Expediente Digital (SED), conforme las facultades otorgadas a esta Corte de Justicia por la ley N°5658 de Digitalización Integral de la Justicia. Y CONSIDERANDO: Que, la ley N.º 5658 dispuso la implementación gradual y progresiva de un sistema de digitalización de expedientes judiciales y de herramientas de notificaciones electrónicas. En este contexto, mediante la Acordada N.º 4716, se aprobó el Reglamento General del Expediente Digital para el fuero penal, lo que dio inicio a la implementación progresiva del Sistema de Expediente Digital del Fuero Penal (SED Penal) y del Portal de Causas Judiciales Penales, en las Fiscalías de Instrucción de la Primera Circunscripción, Unidades Judiciales de todos los distritos, así como en la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos y en los Juzgados de Control de Garantías de la Primera Circunscripción Judicial. No obstante ello, la implementación del SED Penal aún se encuentra pendiente en los órganos jurisdiccionales competentes para la etapa de juicio, esto es, en los Juzgados Correccionales y en las Cámaras de Sentencia en lo Criminal. En consecuencia, resulta necesario establecer un procedimiento que permita la remisión de los expedientes en formato digital a los órganos jurisdiccionales que intervienen en esa instancia, garantizando la continuidad del trámite en formato digital y el adecuado acceso a la documentación que integra el expediente, evitando en la práctica, la impresión de los expedientes en soporte papel. Por todo ello, en uso de las facultades conferidas, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA ACUERDA: 1°) Disponer que, la remisión de expedientes digitalizados a los Juzgados Correccionales y Cámaras de Sentencia en lo Criminal se realice conforme el procedimiento que se detalla a continuación. a) Dictado el decreto o resolución que disponga la elevación o remisión del expediente digital, se vinculará en el Sistema de Expediente Digital del Fuero Penal (SED Penal) al usuario del tribunal al que se remite a los fines de la visualización de las actuaciones. b) A requerimiento del tribunal interviniente se remitirá, mediante correo electrónico institucional el archivo PDF del expediente digital. 2°) Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese. |
| Firmantes | Pdte:Dr Néstor H. Martel;Mtros:Dra Fabiana E. Gómez,Dra Rita V. Saldaño,Dr Jorge R. Bracamonte,Dr José R. Cáceres,Dra María F. Rosales Andreotti,Dr Carlos. M. Figueroa Vicario;Sec:Dr Lucas A Taddeo |